RESOLUCIÓN 354 2026 SECRETARIA DE SEGURIDAD
Síntesis:
CREA EL SISTEMA DE CONDECORACIONES DISTINCIONES Y RECONOCIMIENTOS DEL PERSONAL DE LA POLICIA DE LA CIUDAD CON Y SIN ESTADO POLICIAL Y DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD REALIZADAS POR EL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN EN CUMPLIMIENTO DEL DEBER EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES O CON MOTIVO DE ELLAS CREA LAS CONDECORACIONES DISTINCIONES QUE PRETENDEN EXALTAR RASGOS ACTITUDINALES DEL PERSONAL MEDIANTE EVOCACIÓN Y REFLEJO COMPORTAMENTAL.APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DEL SISTEMA DE CONDECORACIONES DISTINCIONES RECONOCIMIENTOS Y RECOMPENSAS DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD SECRETARIA DE SEGURIDAD - SISTEMA DE CONDECORACIONES - DISTINCIONES Y RECONOCIMIENTOS - POLICÍA DE LA CIUDAD - CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD - PERSONAL CON ESTADO POLICIAL - PERSONAL SIN ESTADO POLICIAL - CUMPLIMIENTO DEL DEBER - FUNCIONES - RECOMPENSAS - CONDECORACIONES OFICIALES - ANEXO I - ANEXO II - APROBACIÓN REGLAMENTACIÓN - EXALTACIÓN DE CONDUCTA - REFERENCIAS HISTÓRICAS Y PERSONALIDADES ILUSTRES
Publicación:
07/07/2026
Sanción:
02/07/2026
Organismo:
SECRETARIA DE SEGURIDAD
VISTO: Las Leyes Nros. 5.688 y 6.684 (Textos consolidados según Ley N° 6.764), el
Decreto N° 391/11, el Expediente N° 27057207-GCABA-SECSEG/26, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, la cual contempla en su artículo 2°, entre los ministerios
del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Seguridad;
Que la Ley N° 5.688 regula el Sistema Integral de Seguridad Pública, estableciendo
las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 174/26 se aprobó, a partir del 4 de mayo de 2026, la nueva
estructura orgánica funcional del Ministerio de Seguridad, contemplándose, entre
otras, a la Secretaría de Seguridad, la cual posee dentro de sus Responsabilidades
Primarias las de ejercer la dirección, coordinación y supervisión de la Policía de la
Ciudad mediante la planificación, formulación y ejecución de estrategias policiales de
control del delito y la violencia y asistir al Ministro en el diseño logístico del sistema de
seguridad metropolitano, dirigiendo y coordinando con el Jefe de la Policía de la
Ciudad, la actuación y las actividades generales y específicas de la Policía de la
Ciudad; ;
Que, actualmente, resulta de aplicación el Decreto N° 391/11, que en su artículo 60
establece "Las felicitaciones y reconocimientos por razones de servicio serán las
otorgadas por instituciones oficiales de seguridad pública y por otras instituciones u
organismos públicos o privados, siempre que se encuentren debidamente acreditadas
(...)";
Que desde este ángulo, el Ministerio de Seguridad no es indiferente al accionar de un
integrante de la fuerza de seguridad, se busca así también tutelar el goce de la carrera
policial de forma integral y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, desde la formación
hasta su conclusión por diferentes contingencias;
Que, dichos esfuerzos implican la necesidad de efectuar un reconocimiento
institucional propio, al personal con y sin estado de la Policía de la Ciudad y del
Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de este Ministerio, que se destaque entre sus
pares, en hechos que ameriten un reconocimiento;
Que, en ese marco, las condecoraciones instituidas llevaran el nombre de próceres
nacionales y personalidades ilustres de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cuyos
valores, trayectorias y conductas históricas resulten coherentes y reflejen las acciones
que se procura distinguir, a fin de reforzar su sentido institucional, simbólico y
pedagógico.
Que en tal sentido, es dable generar distinciones, condecoraciones y reconocimientos
por aptitudes, capacitaciones y valores, que constituyan un premio, una distinción, en
razón de una aptitud alcanzada, una actividad realizada, una permanencia
determinada en algún destino en particular, y que se representen mediante un diseño
distintivo formando parte de la indumentaria institucional, debiendo ajustarse a lo que
se reglamente o determine por resolución de la Comisión de Uniformes de la Policía
de la Ciudad y Bomberos de la Ciudad.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Crear el Sistema de Condecoraciones, Distinciones y Reconocimientos
del personal de la Policía de la Ciudad con y sin estado policial y del Cuerpo de
Bomberos de la Ciudad, destinado a distinguir, reconocer y recompensar las acciones
de mérito, valor y heroísmo realizadas por el personal de la Institución en cumplimiento
del deber, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas.
Artículo 2°.- Crear las condecoraciones enunciadas en el ANEXO I (IF-2026-
30725522-GCABA-SECSEG) que forma parte integrante de la presente, distinciones
que pretenden exaltar rasgos actitudinales del personal mediante evocación y reflejo
comportamental concordantes con la vida y trayectoria de próceres nacionales,
citadinos y personalidades ilustres de la Ciudad Autónoma de Buenos.-
Artículo 3°.- Aprobar la Reglamentación del Sistema de Condecoraciones,
Distinciones, Reconocimientos y Recompensas de la Policía de la Ciudad, que como
ANEXO II (IF-2026-30727871-GCABA-SECSEG) forma parte integrante de la
presente, forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Jefatura y Subjefatura de la Policía de la Ciudad, a la Subsecretaría
de Emergencias, a la Jefatura del Cuerpo de Bomberos, a la Dirección General
Técnica Administrativa y Legal, a la Secretaría de Coordinación, a la Subsecretaría de
Capital Humano y a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos y
Compensaciones. Publiquese en las Ordenes del Dia de la Policía de la Ciudad y el
Cuerpo de Bomberos.- Cumplido, archívese. Piñeiro