DECRETO 653 2006
Síntesis:
DETERMINA REMUNERACIONES DENTRO DE LA UNIDAD DE ORGANIZACIÓN DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS SUDAMERICANOS ODESUR 2006 -
Publicación:
14/06/2006
Sanción:
06/06/2006
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 9/05, la Ley N° 1.924, el Decreto N° 167/06 y el Expediente N° 27.372/06, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto de necesidad y urgencia citado en el visto se creó la Unidad de Organización de los Juegos Deportivos Sudamericanos Odesur 2006, que tiene a su cargo la organización, administración y ejecución de las acciones y emprendimientos necesarios para la celebración de los VIII Juegos Deportivos Sudamericanos Odesur 2006, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el mes de noviembre del corriente año;
Que por el artículo 8° del citado decreto de necesidad y urgencia se establece que dicha unidad de organización tendrá vigencia ininterrumpida hasta el cierre del Ejercicio Presupuestario 2006, pudiendo el Poder Ejecutivo ampliar el mencionado plazo a los efectos de dar término a su liquidación;
Que la Unidad de Organización de los Juegos Deportivos Sudamericanos Odesur 2006 se encuentra a cargo del Director Ejecutivo, profesor Jorge Rosental, quien ha sido designado mediante Decreto N° 167/06, de fecha 3 de febrero de 2006, conforme los términos del artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 9/05;
Que corresponde establecer las remuneraciones a asignar al Sr. Director Ejecutivo de la unidad, así como a los Coordinadores Generales que lo acompañan en la organización, administración y ejecución de las acciones necesarias para la celebración de los Juegos Deportivos Sudamericanos Odesur 2006, estimando propicio equipararlas a la remuneración establecida para los Subsecretarios del Poder Ejecutivo y para los Directores Generales con función crítica alta, respectivamente, en los términos que surgen del artículo 4° del Decreto N° 350/06;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Determínase que la remuneración mensual del Director Ejecutivo de la Unidad de Organización de los Juegos Deportivos Sudamericanos Odesur 2006 será equivalente a la establecida para los Subsecretarios del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Determínase que la remuneración mensual de los Coordinadores Generales de la Unidad de Organización de los Juegos Deportivos Sudamericanos Odesur 2006 será equivalente a la establecida para los Directores Generales con función crítica alta del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3° - El Ministerio de Hacienda arbitrará los medios necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.
Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda.
Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Deportes, a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.