RESOLUCIÓN 12 2026 SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
Síntesis:
APRUEBA LA IMPLEMENTACIÓN DEL EJE ESTRATÉGICO ENFOCADO EN EL FORTALECIMIENTO DE LAS RESIDENCIAS Y LA ARTICULACIÓN CON EL ACCESO AL PRIMER CARGO EN EL MARCO DE LA POLÍTICA EDUCATIVA ORIENTADA AL PERSONAL DOCENTE, A FIN DE PROMOVER EL COMPROMISO Y EL ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO DE LOS ESTUDIANTES DE FORMACIÓN INICIAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y FACILITAR SU INSERCIÓN PROFESIONAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DEL APRENDIZAJE - SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL SISTEMA DE FORMACIÓN DOCENTE - DIRECCIÓN GENERAL EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - DIRECCIÓN GENERAL PLANIFICACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS - DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN EDUCACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL CARRERA DOCENTE - ESCUELA DE MAESTROS - UNIVERSIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - POLÍTICA EDUCATIVA SER DOCENTE - PLAN ESTRATÉGICO BUENOS AIRES APRENDE - FORTALECIMIENTO DE LAS RESIDENCIAS DOCENTES - ARTICULACIÓN CON EL ACCESO AL PRIMER CARGO DOCENTE - SISTEMA DE FORMACIÓN DOCENTE - INSERCIÓN PROFESIONAL DOCENTE - DESEMPEÑO ACADÉMICO - ESTUDIANTES DE FORMACIÓN DOCENTE - SISTEMA EDUCATIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
17/07/2026
Sanción:
07/07/2026
Organismo:
SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
VISTO: las Leyes 6.053, 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764) y su modificatoria
6.581, el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 1602/MEDGC/24,
385/MEDGC/26, el Expediente EX-2026-30856278-GCABA-DGSFD , y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, correspondiendo al Ministerio de Educación diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social, así como promover la formación y jerarquización profesional del personal
docente;
Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires estableciéndose las responsabilidades primarias, acciones correspondientes y
competencias de los organismos bajo la órbita de este Ministerio;
Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa tiene entre sus
responsabilidades primarias, la de diseñar y promover las políticas educativas
innovadoras para optimizar las condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje
y mejorar la calidad educativa, entender en la administración del personal docente y no
docente del ámbito del Ministerio, en función de las necesidades del sistema educativo
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y supervisar la gestión del sistema de
cobertura de los cargos docentes en todos sus niveles;
Que entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje
se encuentran la de coordinar y supervisar el desarrollo de las acciones pedagógicas y
administrativas de los establecimientos educativos para los niveles inicial, primario,
secundario y nivel superior de formación docente;
Que la Dirección General Sistema de Formación Docente, dependiente de la
Subsecretaría Gestión del Aprendizaje, tiene entre sus atribuciones las de
implementar, gestionar y supervisar las políticas y programas educativos del nivel
superior para el sistema de formación docente de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (Ley 6.053) en función de los lineamientos establecidos por la Subsecretaría de
Planeamiento e Innovación Educativa, además de coordinar y supervisar el desarrollo
de acciones pedagógicas y administrativas de los Institutos de Formación Docente
(Instituto de Enseñanza Superior N°1 "Alicia Moreau de Justo", Instituto de Enseñanza
Superior N°2 "Mariano Acosta", Instituto Superior de Educación Física N°1 "Dr.
Enrique Romero Brest", Instituto Superior de Educación Física N°2 "Prof. Federico
William Dickens", Instituto Superior de Profesorado "Dr. Joaquín Víctor González" e
Instituto Superior de Profesorado de Educación Especial) de los Institutos Superiores
de Profesorados y de las Instituciones dependientes de la Dirección de Escuelas
Normales Superiores y de la Dirección de Educación Artística;
Que mediante la Resolución 1602/MEDGC/24, se aprobó el Plan Estratégico "Buenos
Aires Aprende" con el fin de dar respuesta a los desafíos de aprendizaje que se
presentan en la actualidad;
Que uno de los ejes del mentado plan consiste en la "Planificación de la formación y
carrera docente" el cual contempla promover iniciativas que mejoren la calidad de la
enseñanza y la eficiencia de las instituciones de formación docente, acercar la práctica
docente durante los años de cursada y potenciar el desarrollo profesional docente,
especialmente durante los primeros años de ejercicio de la docencia;
Que mediante la Resolución 385/MEDGC/26 se aprobó la Política Educativa "Ser
Docente", con un enfoque integral de la formación y carrera docente, constituyendo un
marco estratégico que articula las distintas iniciativas del sector, favoreciendo la
mejora continua de las prácticas de enseñanza y el fortalecimiento del sistema
educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la política educativa contempla a través de su Eje 3: "Fortalecimiento de las
residencias y articulación con el acceso al primer cargo" estrategias que potencien el
desempeño académico de los estudiantes de formación docente durante sus
residencias y favorezcan la finalización de sus estudios, reconociendo especialmente
aquellas trayectorias formativas que evidencien compromiso y alto desempeño
académico, así como también la articulación entre la finalización de la formación
docente y el ingreso al ejercicio profesional, promoviendo iniciativas que faciliten la
transición hacia el primer cargo;
Que la mentada Resolución encomendó a las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje
y Planeamiento e Innovación Educativa el dictado de normas complementarias para su
implementación;
Que, en consecuencia, resulta oportuno aprobar el marco de la Política Educativa "Ser
Docente", aprobada por Resolución 385/MEDGC/26, la implementación del Eje 3
"Fortalecimiento de las residencias y articulación con el acceso al primer cargo";
Que ello permitirá promover el compromiso y el alto desempeño académico de los
estudiantes de las carreras de formación docente inicial de educación primaria y
facilitar la inserción profesional de los egresados de la formación docente en el
sistema educativo de la Ciudad;
Que la presente medida cuenta con reflejo presupuestario;
Que han tomado intervención en el marco de sus competencias las Direcciones
Generales Educación de Gestión Estatal, Sistema de Formación Docente y
Planificación y Administración de Recursos, Administración de Recursos Humanos en
Educación, Carrera Docente y Escuela de Maestros;
Que, a su vez, la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que
le compete.
Por ello, y en uso de las facultades delegada por Resolución 385/MEDGC/26,
Artículo 1°.- Aprobar en el marco de la Política Educativa "Ser Docente", aprobada por
Resolución 385/MEDGC/26, la implementación del Eje 3 "Fortalecimiento de las
residencias y articulación con el acceso al primer cargo", de conformidad con lo
dispuesto en el Anexo (IF-2026-30859152-GCABA-DGSFD) el que a todos sus efectos
forma parte integrante de esta Resolución.
Artículo 2°.- Establecer que la presente resolución resultará de aplicación a partir del
Ciclo Lectivo 2027, sin perjuicio de las medidas preparatorias que resulten necesarias
para su plena implementación.
Artículo 3°.- Establecer que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en
la presente Resolución será afectado a la Jurisdicción 55 - Inciso 1.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje, Planeamiento e Innovación Educativa, a
las Direcciones Generales Sistema de Formación Docente, Educación de Gestión
Estatal, Carrera Docente, Administración de Recursos Humanos en Educación,
Escuela de Maestros y a la Universidad de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
archivar. Cruzalegui - Ghillione