RESOLUCIÓN 385 2026 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA - POLÍTICA EDUCATIVA SER DOCENTE - MINISTERIO DE EDUCACION - BUENOS AIRES APRENDE - FORMACIÓN DOCENTE INICIAL - CARRERA DOCENTE - INSTITUTOS DE FORMACIÓN DOCENTE - EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DOCENTE - RESIDENCIAS DOCENTES - DISEÑOS CURRICULARES JURISDICCIONALES - ASCENSO A CARGOS DE CONDUCCIÓN - DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE
Publicación:
22/04/2026
Sanción:
25/03/2026
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional
26.206 y su modificatoria, las Ley 5.049, 6.053, 6.684 (textos consolidados por Ley
6.764) y su modificatoria 6.581, el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las
Resoluciones 1602/MEDGC/24, 616/MEDGC/25, el Expediente EX-2026-14280774- -
GCABA-SSGDA, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que la Ciudad
reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la
ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad
justa y democrática;
Que, en idéntico sentido, el citado cuerpo normativo establece que la Ciudad crea y
reconoce, bajo su dependencia, institutos educativos con capacidad de otorgar títulos
académicos y habilitantes en todos los niveles; fomenta la vinculación de la educación
con el sistema productivo, capacitando para la inserción y reinserción laboral y tiende
a formar personas con conciencia crítica y capacidad de respuesta ante los cambios
científicos, tecnológicos y productivos;
Que la Ley Nacional de Educación 26.206 en su artículo 74 establece que, entre otras
cuestiones, corresponde al Ministerio de Educación y al Consejo Federal de Educación
acordar los lineamientos para la organización y administración del sistema de
formación docente, y los parámetros de calidad que orienten los diseños curriculares;
Que la Ley 6.053 define los lineamientos de la política educativa para la formación
docente del sistema educativo de la Ciudad de Buenos Aires, a fin de jerarquizar y
revalorizar la formación docente, garantizando el derecho constitucional, personal y
social a la educación, asegurando la mejora continua de la calidad y equidad del
sistema educativo;
Que mediante la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, correspondiendo al Ministerio de Educación diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social, así como promover la formación y jerarquización profesional del personal
docente;
Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires estableciéndose las responsabilidades primarias, acciones correspondientes y
competencias de los organismos bajo la órbita de este Ministerio;
Que entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje
se encuentran la de coordinar y supervisar el desarrollo de las acciones pedagógicas y
administrativas de los establecimientos educativos para los niveles inicial, primario,
secundario y nivel superior de formación docente;
Que la Dirección General Sistema de Formación Docente, dependiente de la
Subsecretaría Gestión del Aprendizaje, tiene entre sus atribuciones las de
implementar, gestionar y supervisar las políticas y programas educativos del nivel
superior para el sistema de formación docente de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (Ley 6.053) en función de los lineamientos establecidos por la Subsecretaría de
Planeamiento e Innovación Educativa, además de coordinar y supervisar el desarrollo
de acciones pedagógicas y administrativas de los Institutos de Formación Docente
(Instituto de Enseñanza Superior N°1 "Alicia Moreau de Justo", Instituto de Enseñanza
Superior N°2 "Mariano Acosta", Instituto Superior de Educación Física N°1 "Dr.
Enrique Romero Brest", Instituto Superior de Educación Física N°2 "Prof. Federico
William Dickens", Instituto Superior de Profesorado "Dr. Joaquín Víctor González" e
Instituto Superior de Profesorado de Educación Especial) de los Institutos Superiores
de Profesorados y de las Instituciones dependientes de la Dirección de Escuelas
Normales Superiores y de la Dirección de Educación Artística;
Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa tiene entre sus
responsabilidades primarias, la de diseñar y promover las políticas educativas
innovadoras para optimizar las condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje
y mejorar la calidad educativa, entender en la administración del personal docente y no
docente del ámbito del Ministerio, en función de las necesidades del sistema educativo
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y supervisar la gestión del sistema de
cobertura de los cargos docentes en todos sus niveles;
Que bajo su órbita se encuentra la Dirección General Carrera Docente que tiene a su
cargo supervisar el accionar y desarrollo de las áreas y procesos encargados de la
cobertura de cargos docentes en todos sus niveles y generar e implementar
propuestas de mejora para la gestión del proceso de cobertura de los cargos
docentes;
Que la Dirección General Personal Docente y No Docente, bajo la mencionada
Subsecretaría, tiene entre sus responsabilidades primarias las de gestionar
administrativamente la Planta Orgánico Funcional de los establecimientos educativos y
la dotación de las áreas centrales del Ministerio, e implementar políticas relacionadas
a la administración del personal docente y no docente;
Que la Dirección General Escuela de Maestros tiene entre sus responsabilidades
primarias la de planificar, implementar y monitorear acciones de formación docente
continua, proponiendo espacios de especialización y formación sistemática para los
docentes y directivos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como diseñar,
ejecutar e implementar acciones de formación para el ascenso a cargos de
desempeño en el aula, de coordinación de trayectorias escolares, de conducción y de
supervisión;
Que, por su parte, la Dirección General Educación de Gestión Privada administra,
supervisa, coordina y acompaña el Subsistema de Educación de Gestión Privada de la
jurisdicción, conforme con las políticas de este Ministerio, a la vez que establece
mecanismos de articulación, participación y asistencia con otras áreas del mismo, para
contribuir a la definición e implementación de estrategias que conlleven a un sistema
educativo único e integrado, respetando las particularidades de ambos subsistemas,
entre otras responsabilidades primarias;
Que mediante la Ley 5.049 se creó la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y
Equidad Educativa como ente descentralizado en el ámbito del Ministerio de
Educación, con el objeto de diseñar, desarrollar y coordinar la evaluación integral del
sistema educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a tal fin, tiene entre sus
funciones elaborar instrumentos, definir metodologías y planificar los procesos de
evaluación, así como producir, examinar, almacenar y analizar información
proveniente de los distintos procesos administrativos, pedagógicos y académicos, con
el objeto de realizar estudios e investigaciones que sustenten la toma de decisiones
basadas en evidencia;
Que, mediante la Resolución 1602/MEDGC/24, se aprobó el Plan Estratégico "Buenos
Aires Aprende" con el fin de dar respuesta a los desafíos de aprendizaje que se
presentan en la actualidad;
Que uno de los ejes del mentado plan consiste en la "Planificación de la formación y
carrera docente" el cual contempla promover iniciativas que mejoren la calidad de la
enseñanza y la eficiencia de las instituciones de formación docente, acercar la práctica
docente durante los años de cursada y potenciar el desarrollo profesional docente,
especialmente durante los primeros años de ejercicio de la docencia;
Que en el marco de dicho plan resulta necesario consolidar un enfoque integral que
articule las distintas propuestas vinculadas con la formación inicial, el ingreso a la
docencia y el desarrollo profesional docente, promoviendo trayectorias formativas
coherentes con las necesidades del sistema educativo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que el rol docente constituye un factor determinante para la mejora de la calidad
educativa, en tanto son actores centrales en la construcción de propuestas de
enseñanza que garanticen aprendizajes significativos para todos los estudiantes a lo
largo de su trayectoria educativa;
Que asimismo, una política con enfoque integral de la formación y carrera docente
permite consolidar un marco estratégico que articula las distintas iniciativas de dicho
campo, favoreciendo la mejora continua de las prácticas de enseñanza y
contribuyendo al fortalecimiento del sistema educativo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que, en consecuencia, resulta oportuno aprobar la Política Educativa "Ser Docente" de
conformidad con lo dispuesto en el Anexo I (IF-2026-14289191-GCABA-DGSFD) y en
virtud de lo establecido en el Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende";
Que han tomado intervención en el marco de sus competencias las Subsecretarías
Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación Educativa, las Direcciones
Generales Educación de Gestión Privada, Educación de Gestión Estatal, Sistema de
Formación Docente, Personal Docente y No Docente, Carrera Docente y la Unidad de
Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa;
Que, a su vez, la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que
le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar la Política Educativa "Ser Docente" de conformidad con lo
dispuesto en el Anexo I (IF-2026-14289191-GCABA-DGSFD) el que a todos sus
efectos forma parte integrante de esta Resolución.
Artículo 2°.- Encomendar a las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje, Planeamiento
e Innovación Educativa, la Dirección General Educación de Gestión Privada y la
Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa el dictado de las
normas complementarias para el cumplimiento de lo establecido por la presente
Resolución.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje, Planeamiento e Innovación Educativa, a
las Direcciones Generales Educación de Gestión Privada, Sistema de Formación
Docente, Carrera Docente, Personal Docente y No Docente, Escuela de Maestros y a
la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa. Cumplido,
archivar. Miguel