DECRETO 793 2006
Síntesis:
MODIFICA ÍNDICES DE ASIGNACIÓN DE CARGO DEL ADICIONAL SUELDO BÁSICO DEL ANEXO I DEL DECRETO N° 1.567-04 Y SU MODIFICATORIO DECRETO N° 483-05 - ADICIONALES - DOCENTES - AUMENTOS DE HABERES - SUELDOS
Publicación:
04/07/2006
Sanción:
26/06/2006
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Ordenanza N° 40.593 (B.M. N° 17.590) y sus modificatorias, el Decreto N° 1.567/04 (B.O. N° 2016), el Decreto N° 203/05 (B.O. N° 2139), el Decreto N° 483/05 (B.O. N° 2175), el Expediente N° 90.595/05, y
CONSIDERANDO:
Que es responsabilidad del Gobierno asegurar y financiar la educación pública en los términos establecidos en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo una de sus funciones primordiales la de procurar la capacitación y la calidad educativa, las que constituyen herramientas fundamentales en la construcción de una sociedad más justa e integrada;
Que por medio del Decreto N° 1.567/04 (B.O. N° 2016) se otorgó desde el 1° de agosto de 2004, al personal docente dependiente de la entonces Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un adicional sueldo básico;
Que el Decreto N° 483/05 (B.O. N° 2175) en su artículo 5° modifica parcialmente a partir del 1° de marzo de 2005 los índices de asignación de cargo del adicional sueldo básico del Anexo I del Decreto N° 1.567/04 (B.O. N° 2016) y su modificatorio, Decreto N° 203/05 (B.O. N° 2139), en los cargos directivos con la finalidad de jerarquizar la carrera docente;
Que siendo un objetivo de esta Administración propender a la mejora progresiva en las condiciones laborales de los docentes, resulta pertinente y ajustado a derecho modificar nuevamente el adicional sueldo básico otorgado por el Decreto N° 1.567/04 (B.O. N° 2016) en los cargos directivos de los Centros Educativos de Nivel Secundario (CENS) del Área de la Educación del Adulto y Adolescente y los cargos de Secretario y Prosecretario de todas las Áreas de Educación, a partir del 1° de marzo de 2006;
Que resulta necesario continuar el proceso de ordenamiento salarial iniciado en el año 2004 por el decreto que ahora se modifica para los cargos antes mencionados;
Que en consecuencia deviene necesario el dictado de la norma pertinente;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1° - Modifícase parcialmente a partir del 1° de marzo de 2006 los índices de asignación de cargo del adicional sueldo básico del Anexo I del Decreto N° 1.567/04 (B.O. N° 2016) y su modificatorio, Decreto N° 483/05 (B.O. N° 2175), en los cargos y condiciones que se detallan en el Anexo I, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 2° - Es de aplicación lo estatuido en el artículo 8° del Decreto N° 1.203-MCBA/93 (B.M. N° 19.619) y el artículo 12 del Decreto N° 1.567/04 (B.O. N° 2016) en lo que respecta a la absorción de los beneficios salariales.
Artículo 3° - Establécese la jornada laboral de los cargos que se detallan en el Anexo II, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Educación y de Hacienda.
Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a los Ministerios de Educación y de Hacienda, y a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.
ANEXO