RESOLUCIÓN 1164 2026 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA EL PROYECTO EDUCATIVO DOCENTES EMBAJADORES EN INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN EL MARCO DEL PLAN DE BIALFABETIZACIÓN - PROYECTO EDUCATIVO DOCENTES EMBAJADORES EN INTELIGENCIA ARTIFICIAL - PLAN DE BIALFABETIZACIÓN - PLAN INTEGRAL DE EDUCACIÓN DIGITAL - PLAN ESTRATÉGICO BUENOS AIRES APRENDE - INTELIGENCIA ARTIFICIAL - FORMACIÓN DOCENTE - CAPACITACIÓN DOCENTE - COMPETENCIAS DIGITALES DOCENTES - CIUDADANÍA DIGITAL - PRÁCTICAS PEDAGÓGICAS - PROFESORADOS DOCENTES - SUBSECRETARÍA PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA - SUBSECRETARÍA GESTIÓN DEL APRENDIZAJE - DIRECCIÓN GENERAL ESCUELA DE MAESTROS - DIRECCIÓN GENERAL SISTEMAS DE FORMACIÓN DOCENTE - DIRECCIÓN GENERAL EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA - GERENCIA OPERATIVA EDUCACIÓN DIGITAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
12/08/2026
Sanción:
07/08/2026
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 6.684 (texto
consolidado por Ley 6.764) y su modificatoria 6.851, el Decreto 387/23 y sus
modificatorios, las Resoluciones 4271/MEGC/17 y sus modificatorias,
1602/MEDGC/24, 858/MEDGC/25, el Expediente EX-2026-34770966-GCABA-
DGESM, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que mediante la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, correspondiendo al Ministerio de Educación diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social, así como promover la formación y jerarquización profesional del personal
docente;
Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires estableciéndose las responsabilidades primarias, acciones correspondientes y
competencias de los organismos bajo la órbita de este Ministerio;
Que, dentro de dicho marco, la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa
tiene entre sus responsabilidades primarias: "Planificar, diseñar y promover procesos
de mejora continua de las políticas y programas educativos para todos los niveles y
modalidades de la educación formal y no formal de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires", así como "diseñar y promover políticas educativas innovadoras para optimizar
las condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje y mejorar la calidad
educativa", "proponer, diseñar y coordinar los planes estratégicos para la mejora de los
aprendizajes y promover su implementación", y "promover las políticas, proyectos y
programas educativos relacionados con la educación digital";
Que, por su parte, la Dirección General Escuela de Maestros, dependiente de la
Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, tiene entre sus
responsabilidades primarias: "Supervisar la implementación de los proyectos y
programas establecidos por la Gerencia Operativa de Educación Digital" y
"acompañar, planificar e implementar, conjuntamente con la Subsecretaría y la
Gerencia Operativa de Educación Digital, la adquisición, desarrollo y fortalecimiento de
competencias digitales docentes, de conformidad con los contenidos y el enfoque del
diseño curricular de la jurisdicción";
Que, a su vez, la Gerencia Operativa Educación Digital, dependiente de dicha
Dirección General, tiene entre sus acciones: "Diseñar e implementar el Plan Integral de
Educación Digital en todos los niveles y modalidades educativas, conjuntamente con la
Subsecretaría y la Dirección General" y "promover procesos de alfabetización
dinámicos e integrales, contemplando las múltiples alfabetizaciones (digital,
informacional, entre otras), la ciudadanía digital, el pensamiento computacional, la
programación, la robótica y la inteligencia artificial, en las prácticas de enseñanza con
y sobre tecnologías digitales", e "incentivar el desarrollo de capacidades que
favorezcan la formación de ciudadanos/as digitales plenos";
Que, por su parte, la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje tiene entre sus
responsabilidades primarias: "diseñar, promover y supervisar las políticas educativas
optimizando las condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje, con el objetivo
de mejorar la calidad educativa", y "supervisar las innovaciones y políticas educativas
referidas al bienestar socioemocional y su impacto en los procesos de aprendizaje de
los/as estudiantes";
Que mediante la Resolución 4271/MEGC/17 se creó el Programa "Plan Integral de
Educación Digital" (PIED), el cual tiene como objetivo principal integrar los procesos de
enseñanza y de aprendizaje de las instituciones educativas a la cultura digital;
Que por la Resolución 1602/MEDGC/24, se aprobó en el ámbito de esta jurisdicción, el
Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", cuyos objetivos específicos, comprenden
mejorar los aprendizajes fundacionales de Lengua y Matemática a través de nuevas
estrategias, un mayor acompañamiento, la ampliación del tiempo de enseñanza y
asistencia sostenida y continua a las escuelas, en un entorno que promueva el
bienestar socioemocional, la inclusión y la atención a la diversidad, así como impulsar
nuevas maneras de enseñar y aprender que faciliten el desarrollo de las capacidades
necesarias para que los estudiantes puedan vivir y trabajar en un mundo dinámico,
global y cambiante, y fortalecer las tareas pedagógicas y administrativas de las
escuelas a través de la incorporación de nuevas funciones y potencialidades que
brinda la tecnología;
Que en el marco de dicho Plan se propicia generar espacios que promuevan la calidad
educativa mediante la integración de proyectos y experiencias innovadoras que
incluyan la enseñanza y el aprendizaje vinculado con la cultura digital, de acuerdo a
los lineamientos del Programa "Plan Integral de Educación Digital";
Que posteriormente por Resolución 858/MEDGC/25 se aprobó el "Plan de
Bialfabetización" en el marco del Programa "Plan Integral de Educación Digital",
mediante el cual se propone un nuevo enfoque híbrido de enseñanza y aprendizaje,
que integra las potencialidades tanto del soporte de lectura físico como del digital;
Que, en un contexto caracterizado por la creciente presencia de sistemas algorítmicos
y herramientas de inteligencia artificial en distintos ámbitos de la vida social, la escuela
enfrenta el desafío de formar estudiantes capaces de comprender, utilizar y analizar
críticamente estas tecnologías;
Que la incorporación de la inteligencia artificial en la enseñanza se presenta como una
oportunidad para ampliar las posibilidades de análisis, producción de conocimiento,
personalización del aprendizaje y acompañamiento de las trayectorias educativas,
promoviendo su uso con criterio pedagógico, didáctico y ético;
Que el aprovechamiento del potencial educativo de las tecnologías digitales exige
fortalecer las capacidades institucionales y profesionales del sistema educativo,
promoviendo prácticas de enseñanza innovadoras y el desarrollo de competencias
para la ciudadanía digital;
Que, a tal efecto, la Dirección General Escuela de Maestros, a través de la Gerencia
Operativa Educación Digital, propicia la creación del Proyecto Educativo "Docentes
Embajadores en Inteligencia Artificial", orientado a acompañar y fortalecer a docentes
y futuros docentes interesados en integrar herramientas y tecnologías basadas en
inteligencia artificial en sus prácticas, así como consolidar una comunidad que
favorezca el intercambio profesional y la construcción colectiva de conocimientos
pedagógicos;
Que, en tal sentido, el Proyecto prevé instancias de formación diferenciadas para
docentes en ejercicio y estudiantes de profesorados docentes que se encuentren
realizando las prácticas profesionales, acompañadas de certificaciones progresivas
que articulan formación, implementación pedagógica y reflexión profesional;
Que las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa, y Gestión del
Aprendizaje, las Direcciones Generales Escuela de Maestros, Sistemas de Formación
Docente, Educación de Gestión Privada y la Gerencia Operativa Educación Digital han
tomado intervención en el marco de las competencias que les son propias;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó debida intervención en el trámite.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el Proyecto Educativo "Docentes Embajadores en Inteligencia
Artificial", en el marco del "Plan de Bialfabetización", en el ámbito de la Subsecretaría
Planeamiento e Innovación Educativa, de conformidad con los lineamientos
establecidos en el Anexo (IF-2026-35645495-GCABA-DGESM), que forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Encomendar a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa el
dictado de las normas complementarias y operativas necesarias para la
implementación de los lineamientos aprobados por el Artículo 1° de la presente
Resolución.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa, Gestión del Aprendizaje, a
las Direcciones Generales Escuela de Maestros, Educación de Gestión Privada,
Sistemas de Formación Docente, y a la Gerencia Operativa de Educación Digital.
Cumplido, archivar. Miguel