RESOLUCIÓN 307 2026 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN 286/AGC/21 Y DELEGA LA EJECUCIÓN DE TODAS LAS ACCIONES PARA EL DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN  CAPACITACIÓN ASIGNACIÓN DEL PERSONAL CONTRATADO BAJO EL RÉGIMEN DE LOCACIÓN DE SERVICIOS EN LA UNIDAD COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL E INSTRUYE A DICHO ORGANISMO EL DESARROLLO DE LA FORMACIÓN CONTINUA DEL PERSONAL EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL -  AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - UNIDAD COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA - DELEGACIÓN DE FACULTADES - REGIMEN DE LOCACION DE SERVICIOS - SELECCIÓN DE PERSONAL - CAPACITACIÓN DEL PERSONAL - FISCALIZACIÓN Y CONTROL - INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA - FORMACIÓN CONTINUA 

Publicación:

13/08/2026

Sanción:

07/08/2026

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624


VISTO: Las Leyes 2.624, 6.101, los Decretos 165/08, 466/22, 91/24, la Resolución

286/AGC/21, el Expediente EX-2026-33400908-GCABA-AGC, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 2.624 se creó esta Agencia Gubernamental de Control como

entidad autárquica en el ámbito del entonces Ministerio de Justicia y Seguridad del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se determinó su organización y

competencia;

Que dentro de las competencias asignadas a este Organismo se encuentran las de

controlar, fiscalizar y regular, en ejercicio del poder de policía, lo que respecta a la

seguridad, salubridad e higiene alimentaria de los establecimientos públicos y

privados, como así también en materia de las habilitaciones de todas aquellas

actividades comprendidas en el código respectivo, que se desarrollan en la Ciudad;

Que de esta manera el ejercicio del poder de policía previsto en el artículo 104, inciso

11, de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se materializa

mediante funciones de fiscalización y contralor, desarrolladas por personal que debe

reunir condiciones de idoneidad y capacitación acordes con las responsabilidades que

le son encomendadas;

Que en esa línea conforme el Decreto 165/08, se delegó en el Director Ejecutivo de la

Agencia Gubernamental de Control la elaboración y aprobación del régimen de

selección y capacitación del personal de inspección que actúe bajo su órbita;

Que por otra parte, la Ley 6.101, Ley Marco de Actividades Económicas de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires establece los principios y pautas generales que rigen las

autorizaciones para el desarrollo de actividades económicas y su posterior

fiscalización;

Que en particular, los artículos 23 y 24 de la Ley aludida regulan las funciones

inspectivas, en las que se establece que las tareas de verificación del cumplimiento de

la normativa vigente son ejercidas por inspectores, en el marco del poder de policía,

quienes desarrollan funciones de fiscalización en materia de funcionamiento,

salubridad, seguridad, e higiene;

Que en tal sentido, esta Agencia Gubernamental de Control desarrolla diversas

acciones destinadas a fortalecer y optimizar los procesos de fiscalización y control, de

manera que se procure un desarrollo de las funciones inherentes al Organismo con

mayor eficiencia, eficacia y calidad institucional;

Que a modo representativo, en el marco de los Decretos 466/22 y 91/24 se

encomendó a la Agencia Gubernamental de Control las responsabilidades primarias

en materia de fiscalización de actividades de control, inspección y vigilancia en materia

de emisión de ruidos como así la del control y la fiscalización sobre la cartelería y

publicidad simple y lumínica, conforme las Leyes 1.540 y 2.936 respectivamente;

Que por ello, mediante la Resolución 286/AGC/21 se instruyó en la Unidad

Coordinación Administrativa la ejecución de todas las acciones necesarias para el

desarrollo e implementación de los procesos de capacitación y asignación de

funciones del personal vinculado bajo el régimen de locación de servicios a fin de

realizar tareas de fiscalización y control;

Que ahora bien, atento al tiempo transcurrido desde la aprobación de la mencionada

Resolución, deviene necesario actualizar la norma a efectos de extender los términos

de la capacitación a todo el personal que se encuentre en la órbita de la Agencia

Gubernamental de Control, sin importar la modalidad contractual y/o situación de

revista que posean;

Que en este orden, el Titular de la Unidad Coordinación Administrativa por medio de

Providencia PV-2026-34540463-GCABA-CAAGC entendió que: "corresponde

establecer un nuevo marco normativo que regule los procesos de selección,

capacitación en materia de fiscalización y control, asignación y desempeño del

personal afectado a dichas tareas, garantizando que cuente con la formación y las

herramientas necesarias para el adecuado ejercicio de las funciones que le sean

encomendadas, de conformidad con las competencias y responsabilidades

actualmente vigentes ... extender los términos de la mencionada resolución a efectos

de incluir en los procesos de capacitación y formación en materia de Fiscalización y

Control a todo el personal que desempeñe funciones";

Que así las cosas, el ejercicio efectivo de aquellas competencias asignadas a la

Agencia Gubernamental de Control por la normativa vigente, como cualquier otra que

pueda ser asignada a este Organismo en el futuro, implica personal calificado e idóneo

que posea los conocimientos suficientes para el ejercicio de las funciones asignadas a

este Organismo;

Que en función de ello, ante la necesidad de establecer mecanismos de formación y

selección claros y eficaces que garanticen el correcto funcionamiento de esta Agencia,

deviene necesario instruir a la Unidad Coordinación Administrativa de la Agencia

Gubernamental de Control para la ejecución de todas las acciones necesarias para el

desarrollo e implementación de los procesos de selección y capacitación para el

personal que desempeñe funciones en este Organismo, sin importar su modalidad

contractual y/o situación de revista;

Que asimismo, resulta pertinente delegar en dicha Unidad la asignación del personal

contratado bajo el régimen de Locación de Servicios que haya cumplimentado dichos

procesos, y la determinación de las tareas específicas que, de acuerdo a las

necesidades relevadas, deberán desarrollar en el área que aquella estime

corresponder;

Que en base a las consideraciones expuestas, corresponde el dictado del acto

administrativo pertinente;

Que la Dirección General Legal y Técnica dependiente de la Agencia Gubernamental

de Control tomó debida intervención de su competencia.

Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Ley 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución 286/AGC/21.

Artículo 2°.- Delegar en la Unidad Coordinación Administrativa de esta Agencia

Gubernamental de Control, la ejecución de todas las acciones necesarias para el

desarrollo e implementación del proceso de selección, capacitación, asignación del

personal contratado bajo el Régimen de Locación de Servicios, a fin de realizar las

tareas de fiscalización y control inherentes a este Organismo.

Artículo 3°.- Instruir a la Unidad Coordinación Administrativa de esta Agencia

Gubernamental de Control, la ejecución de todas las acciones necesarias para el

desarrollo e implementación de los procesos de formación y capacitación del personal,

independientemente de su modalidad contractual y/o situación de revista, en materia

de fiscalización y control inherentes a este Organismo.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la

Unidad de Coordinación Administrativa de esta Agencia Gubernamental de Control

para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, Archivar. Ramos

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>El artículo 2° de la Resolución 307/AGC/26 delega en la Unidad Coordinación Administrativa de esta Agencia  Gubernamental de Control, la ejecución de todas las acciones necesarias para el desarrollo e implementación del proceso de selección, capacitación, asignación del personal contratado bajo el Régimen de Locación de Servicios en el marco del Decreto 165/08.</p>
DEROGA
<p>El artículo 1° de la Resolución 307/AGC/26 deja sin efecto la Resolución 286/AGC/21</p>