RESOLUCIÓN 307 2026 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN 286/AGC/21 Y DELEGA LA EJECUCIÓN DE TODAS LAS ACCIONES PARA EL DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN CAPACITACIÓN ASIGNACIÓN DEL PERSONAL CONTRATADO BAJO EL RÉGIMEN DE LOCACIÓN DE SERVICIOS EN LA UNIDAD COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL E INSTRUYE A DICHO ORGANISMO EL DESARROLLO DE LA FORMACIÓN CONTINUA DEL PERSONAL EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - UNIDAD COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA - DELEGACIÓN DE FACULTADES - REGIMEN DE LOCACION DE SERVICIOS - SELECCIÓN DE PERSONAL - CAPACITACIÓN DEL PERSONAL - FISCALIZACIÓN Y CONTROL - INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA - FORMACIÓN CONTINUA
Publicación:
13/08/2026
Sanción:
07/08/2026
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO: Las Leyes 2.624, 6.101, los Decretos 165/08, 466/22, 91/24, la Resolución
286/AGC/21, el Expediente EX-2026-33400908-GCABA-AGC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 2.624 se creó esta Agencia Gubernamental de Control como
entidad autárquica en el ámbito del entonces Ministerio de Justicia y Seguridad del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se determinó su organización y
competencia;
Que dentro de las competencias asignadas a este Organismo se encuentran las de
controlar, fiscalizar y regular, en ejercicio del poder de policía, lo que respecta a la
seguridad, salubridad e higiene alimentaria de los establecimientos públicos y
privados, como así también en materia de las habilitaciones de todas aquellas
actividades comprendidas en el código respectivo, que se desarrollan en la Ciudad;
Que de esta manera el ejercicio del poder de policía previsto en el artículo 104, inciso
11, de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se materializa
mediante funciones de fiscalización y contralor, desarrolladas por personal que debe
reunir condiciones de idoneidad y capacitación acordes con las responsabilidades que
le son encomendadas;
Que en esa línea conforme el Decreto 165/08, se delegó en el Director Ejecutivo de la
Agencia Gubernamental de Control la elaboración y aprobación del régimen de
selección y capacitación del personal de inspección que actúe bajo su órbita;
Que por otra parte, la Ley 6.101, Ley Marco de Actividades Económicas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires establece los principios y pautas generales que rigen las
autorizaciones para el desarrollo de actividades económicas y su posterior
fiscalización;
Que en particular, los artículos 23 y 24 de la Ley aludida regulan las funciones
inspectivas, en las que se establece que las tareas de verificación del cumplimiento de
la normativa vigente son ejercidas por inspectores, en el marco del poder de policía,
quienes desarrollan funciones de fiscalización en materia de funcionamiento,
salubridad, seguridad, e higiene;
Que en tal sentido, esta Agencia Gubernamental de Control desarrolla diversas
acciones destinadas a fortalecer y optimizar los procesos de fiscalización y control, de
manera que se procure un desarrollo de las funciones inherentes al Organismo con
mayor eficiencia, eficacia y calidad institucional;
Que a modo representativo, en el marco de los Decretos 466/22 y 91/24 se
encomendó a la Agencia Gubernamental de Control las responsabilidades primarias
en materia de fiscalización de actividades de control, inspección y vigilancia en materia
de emisión de ruidos como así la del control y la fiscalización sobre la cartelería y
publicidad simple y lumínica, conforme las Leyes 1.540 y 2.936 respectivamente;
Que por ello, mediante la Resolución 286/AGC/21 se instruyó en la Unidad
Coordinación Administrativa la ejecución de todas las acciones necesarias para el
desarrollo e implementación de los procesos de capacitación y asignación de
funciones del personal vinculado bajo el régimen de locación de servicios a fin de
realizar tareas de fiscalización y control;
Que ahora bien, atento al tiempo transcurrido desde la aprobación de la mencionada
Resolución, deviene necesario actualizar la norma a efectos de extender los términos
de la capacitación a todo el personal que se encuentre en la órbita de la Agencia
Gubernamental de Control, sin importar la modalidad contractual y/o situación de
revista que posean;
Que en este orden, el Titular de la Unidad Coordinación Administrativa por medio de
Providencia PV-2026-34540463-GCABA-CAAGC entendió que: "corresponde
establecer un nuevo marco normativo que regule los procesos de selección,
capacitación en materia de fiscalización y control, asignación y desempeño del
personal afectado a dichas tareas, garantizando que cuente con la formación y las
herramientas necesarias para el adecuado ejercicio de las funciones que le sean
encomendadas, de conformidad con las competencias y responsabilidades
actualmente vigentes ... extender los términos de la mencionada resolución a efectos
de incluir en los procesos de capacitación y formación en materia de Fiscalización y
Control a todo el personal que desempeñe funciones";
Que así las cosas, el ejercicio efectivo de aquellas competencias asignadas a la
Agencia Gubernamental de Control por la normativa vigente, como cualquier otra que
pueda ser asignada a este Organismo en el futuro, implica personal calificado e idóneo
que posea los conocimientos suficientes para el ejercicio de las funciones asignadas a
este Organismo;
Que en función de ello, ante la necesidad de establecer mecanismos de formación y
selección claros y eficaces que garanticen el correcto funcionamiento de esta Agencia,
deviene necesario instruir a la Unidad Coordinación Administrativa de la Agencia
Gubernamental de Control para la ejecución de todas las acciones necesarias para el
desarrollo e implementación de los procesos de selección y capacitación para el
personal que desempeñe funciones en este Organismo, sin importar su modalidad
contractual y/o situación de revista;
Que asimismo, resulta pertinente delegar en dicha Unidad la asignación del personal
contratado bajo el régimen de Locación de Servicios que haya cumplimentado dichos
procesos, y la determinación de las tareas específicas que, de acuerdo a las
necesidades relevadas, deberán desarrollar en el área que aquella estime
corresponder;
Que en base a las consideraciones expuestas, corresponde el dictado del acto
administrativo pertinente;
Que la Dirección General Legal y Técnica dependiente de la Agencia Gubernamental
de Control tomó debida intervención de su competencia.
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Ley 2.624,
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución 286/AGC/21.
Artículo 2°.- Delegar en la Unidad Coordinación Administrativa de esta Agencia
Gubernamental de Control, la ejecución de todas las acciones necesarias para el
desarrollo e implementación del proceso de selección, capacitación, asignación del
personal contratado bajo el Régimen de Locación de Servicios, a fin de realizar las
tareas de fiscalización y control inherentes a este Organismo.
Artículo 3°.- Instruir a la Unidad Coordinación Administrativa de esta Agencia
Gubernamental de Control, la ejecución de todas las acciones necesarias para el
desarrollo e implementación de los procesos de formación y capacitación del personal,
independientemente de su modalidad contractual y/o situación de revista, en materia
de fiscalización y control inherentes a este Organismo.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la
Unidad de Coordinación Administrativa de esta Agencia Gubernamental de Control
para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, Archivar. Ramos