RESOLUCIÓN 198 2026 SECRETARIA GESTION Y DESARROLLO URBANO
Síntesis:
APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO TÉCNICO DEL CÓDIGO DE EDIFICACIÓN RT-020119-010400-00 - DECLARACIÓN DE INICIO, AVANCE Y FINALIZACIÓN DE OBRAS - CÓDIGO DE EDIFICACIÓN - REGLAMENTO TÉCNICO - MODIFICACIÓN DE REGLAMENTACIÓN TÉCNICA - DECLARACIÓN DE INICIO DE OBRAS - DECLARACIÓN DE AVANCE DE OBRAS - DECLARACIÓN DE FINALIZACIÓN DE OBRAS - PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TRAMITACIÓN DE OBRAS - ACTIVIDAD CONSTRUCTIVA - CONTROL DE OBRAS - FISCALIZACIÓN DE OBRAS - DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS - DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO - SECRETARÍA DE GESTIÓN Y DESARROLLO URBANO - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - REGISTRO DE REGLAMENTACIÓN TÉCNICA
Publicación:
19/08/2026
Sanción:
18/08/2026
Organismo:
SECRETARIA GESTION Y DESARROLLO URBANO
VISTO: El Código de Edificación (aprobado por Ley N° 6.100 y su modificatoria N°
6.438), los Decretos Nros. 58/19, 138/21, 265/25 y 58/26, el Expediente Electrónico N°
EX-2026-35320799-GCABA-SECGDU; y,
CONSIDERANDO:
Que el Código de Edificación (Ley N° 6.100 y su modificatoria N° 6.438) establece en
su Artículo 1.1.8 que "(...) El presente Código es complementado por Reglamentos
Técnicos, dictados por la Subsecretaría de Registro, Interpretación y Catastro o la que
en el futuro la reemplace. Dichos Reglamentos Técnicos incluirán soluciones técnicas
y soluciones técnicas alternativas generadas por los interesados";
Que el Decreto N° 58/19, en su Artículo 1°, ha designado a la Subsecretaría de
Registros, Interpretación y Catastro u organismo que en el futuro la reemplace, como
Autoridad de Aplicación del Código de Edificación aprobado por la Ley N° 6.100;
Que asimismo el precitado Decreto, en su Artículo 2°, confirió a la aludida
Subsecretaría la facultad de confeccionar los reglamentos técnicos del Código de
Edificación;
Que el Decreto N° 138/21 modificó parcialmente la estructura del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establecida por el Decreto N° 463/19,
sustituyendo la denominación de Subsecretaría de Registros, Interpretación y
Catastro, por la de Subsecretaría de Gestión Urbana;
Que por Decreto N° 265/25, se modificó la denominación y la dependencia funcional la
que pasó a denominarse Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Urbano y,
posteriormente, por Decreto N° 58/26 se suprimió la Subsecretaría de Gestión y
Desarrollo Urbano, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros y se creó la
Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano, dependiente de la Jefatura de Gabinete de
Ministros;
Que el Decreto ut supra referido establece entre las responsabilidades primarias de la
Secretaría las de "Intervenir en la reglamentación del Código Urbanístico y del Código
de Edificación (...)", entre otras;
Que, asimismo, el precitado Decreto establece entre las responsabilidades primarias
de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro dependiente de esta
Secretaría las de "Disponer e informar en lo relativo a la aplicación del Código de
Edificación, las normativas constructivas y de aquellas normas que lo complementen"
y "Proponer la reglamentación técnica correspondiente al Código de Edificación", entre
otras;
Que los reglamentos técnicos del Código de Edificación comprenden y describen un
conjunto de procedimientos administrativos reglamentarios para la tramitación de
cualquier gestión vinculada a la construcción, a las instalaciones y exigencias
comprendidas en el Código de Edificación, y a las soluciones técnicas admitidas, de
carácter enumerativo y no excluyente, que pueden ser aplicadas por los profesionales
de la construcción, y que satisfacen los parámetros y principios exigidos por el
mencionado Código;
Que la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras dependiente de la
Agencia Gubernamental de Control propició para su aprobación el Reglamento
Técnico del Código de Edificación: RT-020119-010400-00 -DECLARACIÓN DE
INICIO, AVANCE Y FINALIZACIÓN DE OBRAS (IF-2026-37113813-GCABA-
DGFYCO);
Que deviene necesario derogar el Reglamento Técnico del Código de Edificación IF-
2025-47635924-GCABA-SSGDU;
Que en virtud de lo expuesto, resulta menester emitir el acto administrativo que
disponga la aprobación de la modificación del Reglamento Técnico del Código de
Edificación antes descripto y la pertinente derogación.
Por ello, y en virtud de las facultades que le fueron conferidas por los Decretos Nros.
58/19 y 58/26,
Artículo 1°.- Aprobar la modificación del Reglamento Técnico del Código de Edificación
RT-020119-010400-00 -DECLARACIÓN DE INICIO, AVANCE Y FINALIZACIÓN DE
OBRAS (IF-2026-37113813-GCABA-DGFYCO), el que forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Derogar el Reglamento Técnico del Código de Edificación Nro. IF-2025-
47635924-GCABA-SSGDU aprobado por Resolución N° 86-SSGDU/25, de acuerdo a
lo resuelto por el Art. 1° de la presente.
Artículo 3°.- Encomendar a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro
dependiente de esta Secretaría para que lleve el registro de la Reglamentación
Técnica que por la presente Resolución se aprueba, manteniendo su actualización en
orden a sus sucesivas versiones.
Artículo 4°.- Establecer que la presente Resolución entrará en vigencia a partir de su
publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro dependiente de
esta Secretaría y a la Dirección General Fiscalización y Control de obras dependiente
de la Agencia Gubernamental de Control. Cumplido, archívese. Olivero Majdalani