RESOLUCIÓN 1284 2026 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA EL MARCO GENERAL PARA LA CULTURA DEL CUIDADO Y LOS DOCUMENTOS SOBRE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS Y CUIDADO EDILICIO EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - CULTURA DEL CUIDADO - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - APROBACIÓN DE MARCO GENERAL - GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS - CUIDADO EDILICIO - EQUIPAMIENTO EDUCATIVO - COMUNIDAD EDUCATIVA - CLIMA ESCOLAR - BIENESTAR INTEGRAL - CONVIVENCIA ESCOLAR - EDUCACIÓN AMBIENTAL INTEGRAL - DESARROLLO SUSTENTABLE - PRÁCTICAS DE CUIDADO - CORRESPONSABILIDAD - USO RESPONSABLE DE RECURSOS - GESTIÓN DE RESIDUOS - PATRIMONIO EDUCATIVO - INFRAESTRUCTURA ESCOLAR - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE GESTIÓN ESTATAL - PROYECTO ESCUELA - ACUERDOS DE CONVIVENCIA - IMPLEMENTACIÓN DE POLÍTICAS EDUCATIVAS - SUBSECRETARÍA GESTIÓN DEL APRENDIZAJE - SUBSECRETARÍA GESTIÓN ADMINISTRATIVA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
31/08/2026
Sanción:
27/08/2026
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley 6.684 (textos
consolidados por Ley 6.764) y su modificatoria 6.851, el Decreto 387/23 y sus
modificatorias, las Resoluciones 1.602/MEDGC/24 y 2.796/MEDGC/24, el Expediente
EX-2026-38472854-GCABA-SSGDA, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por
los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere
dicha Ley;
Que, conforme a la mencionada norma, le corresponde al Ministerio de Educación,
"diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social";
Que por Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente del
Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose bajo la
órbita del mencionado Ministerio a la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje, la
Subsecretaría Gestión Administrativa;
Que la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje, tiene entre sus responsabilidades
primarias, entre otras, las de diseñar, promover, implementar y supervisar las políticas
y programas educativos para contribuir al desarrollo individual y social de la
comunidad, así como también desarrollar, articular e implementar actividades de
educación y gestión ambiental, en los ámbitos de la educación formal y no formal, que
promuevan y consoliden la educación ambiental integral como eje prioritario del
desarrollo sustentable, de forma transversal en las unidades organizativas del
Ministerio, los establecimientos educativos y los actores de la comunidad educativa,
junto a la Dirección General de Educación de Gestión Privada y otras áreas
competentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que bajo su órbita se encuentra la Gerencia Operativa Educación para la
Sustentabilidad, que tiene a su cargo establecer una política educativa ambiental de
forma transversal para contribuir a la construcción de un modelo de sociedad basado
en los principios de la sustentabilidad, en coordinación con las áreas competentes;
Que por su parte, la Subsecretaría Gestión Administrativa tiene entre sus
responsabilidades primarias, la de planificar y administrar el mantenimiento y
recuperación de la infraestructura edilicia de los establecimientos educacionales;
Que a través de la Resolución 1.602/MEDGC/24, se aprobó el Plan Estratégico
"Buenos Aires Aprende", el que propone como eje central y prioridad de los próximos
años la mejora de los aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos, en un
ambiente que promueva el bienestar integral de quienes conforman la comunidad
educativa;
Que mediante la Resolución 2.796/MEDGC/24 se aprobó el Reglamento Escolar de la
Educación Obligatoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el TÍTULO III: Clima Escolar, Bienestar Socioemocional y Convivencia del citado
Reglamento Escolar, establece que el clima institucional constituye un factor
determinante en el desarrollo integral de los estudiantes, en tanto las conductas,
relaciones y prácticas de los miembros de la comunidad educativa resultan esenciales
para generar un entorno seguro, respetuoso y propicio para el aprendizaje;
Que la construcción y sostenimiento de ambientes cuidados, seguros y respetuosos
para quienes integran la comunidad educativa constituye una condición necesaria para
el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje y para el bienestar integral
de sus integrantes;
Que el cuidado se concibe como una dimensión constitutiva y necesaria para la
formación integral de los estudiantes, así como para la consolidación de comunidades
educativas responsables, comprometidas con el bien común y capaces de impulsar y
preservar condiciones óptimas para el aprendizaje;
Que, en este sentido, resulta necesario promover una cultura institucional del cuidado
que involucre a todos los integrantes de la comunidad educativa y se integre en el
Proyecto Escuela, los acuerdos de convivencia y las prácticas pedagógicas de cada
establecimiento educativo, favoreciendo prácticas cotidianas basadas en la
corresponsabilidad, el respeto por los espacios compartidos y el patrimonio educativo,
la gestión responsable de los recursos, los residuos y el ambiente;
Que, asimismo, la gestión adecuada de los residuos constituye una dimensión
relevante de las prácticas de cuidado en las instituciones educativas, en tanto
contribuye a la reducción del impacto ambiental, al uso responsable de los recursos y
a la construcción de hábitos sustentables en la comunidad educativa;
Que, del mismo modo, el cuidado y uso responsable de los edificios y del
equipamiento educativo resultan fundamentales para preservar las condiciones
adecuadas de funcionamiento de los establecimientos educativos, prevenir su
deterioro y favorecer el desarrollo de las actividades educativas en espacios seguros y
apropiados;
Que en virtud de ello resulta oportuno aprobar el "Marco general para la cultura del
cuidado en establecimientos educativos de la Ciudad de Buenos Aires" y los
documentos "Gestión integral de residuos en establecimientos educativos de la Ciudad
de Buenos Aires" y "Cuidado edilicio y del equipamiento en establecimientos
educativos de gestión estatal";
Que las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje, Gestión Administrativa y Tecnología
Educativa, las Direcciones Generales Educación Gestión Estatal, Sistema Formación
Docente, Educación de Gestión Privada, Agencia Habilidades para el Futuro, y Mejora
y Cuidado de Edificios Escolares, han tomado intervención en el marco de sus
respectivas competencias;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos, tomó debida intervención en el trámite.
Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el "Marco general para la cultura del cuidado en establecimientos
educativos de la Ciudad de Buenos Aires" que como Anexo I (IF-2026-38527854-
GCABA-SSGAD) forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Aprobar el documento "Gestión integral de residuos en establecimientos
educativos de la Ciudad de Buenos Aires" que como Anexo II (IF-2026-38527587-
GCABA-SSGAD) forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Aprobar el documento "Cuidado edilicio y del equipamiento en
establecimientos educativos de gestión estatal" que como Anexo III (IF-2026-
38527087-GCABA-SSGAD) forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Encomendar a las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Gestión
Administrativa el dictado de los actos que resulten necesarios a los fines de la
implementación de lo dispuesto en la presente Resolución en el ámbito de sus
respectivas competencias.
Artículo 5°- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje, Gestión Administrativa y Tecnología
Educativa, a las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Formación
Docente, Educación de Gestión Privada, Agencia Habilidades para el Futuro y Mejora
y Cuidado de Edificios Escolares, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido,
archivar. Miguel