RESOLUCIÓN 2796 2024 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

NUEVO REGLAMENTO ESCOLAR COMIENZA A A REGIR A PARTIR DEL CICLO LECTIVO 2025 - DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 4776-MEGC/06 - APRUEBA - REGLAMENTO ESCOLAR DE LA EDUCACIÓN OBLIGATORIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

10/01/2025

Sanción:

27/12/2024

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional

26206 y sus modificatorias, la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), el Decreto

387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 4776-MEGC/06 sus modificatorias y

complementarias y 1602-GCABA-MEDGC/24, el Expediente Electrónico 48243781-

GCABA-SSPIE/24, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que así también asegura la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso,

permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo y promueve el más alto nivel

de calidad de la enseñanza y asegura políticas sociales complementarias que

posibiliten el efectivo ejercicio de aquellos derechos;

Que la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias, establece en su artículo 4° la

responsabilidad principal e indelegable del Estado Nacional y de las jurisdicciones

locales de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los

habitantes de la Nación;

Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe de Gobierno

es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y

responsabilidades que les confiere dicha Ley;

Que en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación entre

otras facultades, la de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y

programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de

contribuir al desarrollo individual y social;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose a este Ministerio de Educación, y bajo su dependencia a las

Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del Aprendizaje y a la

Dirección General Educación de Gestión Privada;

Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, tiene dentro de sus

responsabilidades primarias, la de planificar, diseñar y promover procesos de mejora

continua de las políticas y programas educativos para todos los niveles y modalidades

de la educación formal y no formal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

proponer, diseñar y coordinar los planes estratégicos para la mejora de los

aprendizajes y promover su implementación, entre otros;

Que por su parte, la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje, tiene entre sus

responsabilidades primarias, diseñar, promover, implementar y supervisar las políticas

y programas educativos para contribuir al desarrollo individual y social de la

comunidad, así como diseñar, promover y supervisar las políticas a efectos de la

optimización de las condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje, en pos de

mejorar la calidad educativa;

Que la Dirección General Educación de Gestión Privada, administra, supervisa,

coordina y acompaña el Subsistema de Educación de Gestión Privada de la

jurisdicción, conforme con las políticas de este Ministerio, a la vez que establece

mecanismos de articulación, participación y asistencia con otras áreas del mismo, para

contribuir a la definición e implementación de estrategias que conlleven a un sistema

educativo único e integrado, respetando las particularidades de ambos subsistemas,

entre otras responsabilidades primarias;

Que oportunamente, por la Resolución 4776-MEGC/06 y sus modificatorias, se aprobó

el Reglamento Escolar para el Sistema Educativo de Gestión Oficial dependiente del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el cual regula la organización y

funcionamiento de los establecimientos educativos;

Que, en la Ciudad de Buenos Aires se han venido implementando diversas políticas

educativas orientadas a favorecer los aprendizajes y a promover una educación de

calidad para todos los estudiantes de la jurisdicción;

Que en este marco mediante la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el

Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", con el fin de dar respuesta a los desafíos de

aprendizaje que deben ser abordados en las áreas de prácticas del lenguaje,

matemática y habilidades socioemocionales, en base a la evidencia recabada;

Que el referido Plan, propone como eje central y prioritario de los próximos años, la

mejora de los aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos, en un ambiente

que promueva el bienestar integral de quienes conforman la comunidad educativa, por

lo que se requiere para su implementación, la colaboración y el trabajo articulado de la

comunidad educativa en su conjunto;

Que asimismo, resulta un objetivo general de dicho Plan, garantizar que todos los

niños, niñas, jóvenes y adultos logren los aprendizajes necesarios para desarrollar su

máximo potencial velando por su bienestar socioemocional y creando experiencias

significativas para su vida;

Que puntualmente, tiene como objetivos específicos la mejora de los aprendizajes

fundacionales de Lengua y Matemática a través de nuevas estrategias, un mayor

acompañamiento y tiempo de enseñanza, asistencia sostenida y continua en el

establecimiento educativo en un ambiente que promueva el bienestar socioemocional,

la inclusión y la atención a la diversidad;

Que asimismo, también se propone impulsar nuevas maneras de enseñar y aprender

que permitan alcanzar los objetivos de aprendizajes fundacionales y avanzar hacia el

desarrollo de las capacidades que posibiliten a los estudiantes vivir y trabajar en un

mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las tareas pedagógicas y

administrativas de los establecimientos educativos, a través de la incorporación de

nuevas funciones y potencialidades que brinda la tecnología;

Que es parte fundamental del Plan Estratégico la modernización del sistema educativo

tanto en la forma de enseñar de los equipos docentes, como en el funcionamiento de

los establecimientos educativos;

Que, en atención a la implementación del mencionado Plan, resulta necesario y

oportuno proporcionar a la comunidad educativa un Reglamento Escolar que

acompañe los objetivos propuestos en la jurisdicción, dando respuesta al contexto

actual, organizando el funcionamiento de los establecimientos educativos,

promoviendo la mejora de los aprendizajes;

Que asimismo, en virtud de los constantes cambios que atraviesa el mundo, resulta

necesario que el Reglamento Escolar se adapte a las nuevas realidades sociales,

culturales, tecnológicas y pedagógicas, con el fin de responder de manera efectiva a

los desafíos y necesidades del siglo XXI;

Que en este orden de ideas, resulta menester incorporar herramientas innovadoras

como las nuevas tecnologías y procesos ágiles y eficaces, contemplando el interés

superior de los y las estudiantes y su derecho a la educación;

Que asimismo, deviene necesario que el Reglamento Escolar acompañe a los equipos

docentes y directivos en su función pedagógica, administrativa y patrimonial,

fomentando la optimización de su desempeño;

Que atento lo expuesto, la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa

propicia la aprobación de un nuevo Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para la comunidad educativa de Gestión

Estatal y Privada;

Que conforme surge del informe (IF-2024-48331277-GCABA-SSPIE), a los fines de la

elaboración del Reglamento Escolar propuesto, se ha llevado a cabo un amplio

proceso de consulta y participación, en el que han brindado sus aportes y colaboración

las distintas áreas competentes de este Ministerio, así como diversos actores de la

comunidad educativa;

Que entre las instancias participativas llevadas a cabo, se resaltan la participación de

directores, supervisores, docentes, referentes de programas educativos y áreas del

Ministerio de Educación, así como también diversas consultas efectuadas a

especialistas en educación y en áreas curriculares;

Que atento lo expuesto, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución 4776-

MEGC/06 y sus modificatorias, y aprobar el Reglamento Escolar de la Educación

Obligatoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme lo previsto

en el Anexo (IF-2024-48483198-GCABA-SSPIE);

Que por otro lado, resulta imprescindible sistematizar el Reglamento Escolar a los

fines de brindar a la comunidad educativa una herramienta digital y dinámica, que

facilite el acceso y lectura del mismo de manera integral, consolidando y recopilando

las normas que lo actualicen, modifiquen y/o complementen que sucedan a futuro;

Que en consecuencia, deviene necesario el dictado del acto administrativo

correspondiente, en el sentido precedentemente expuesto;

Que han tomado intervención en el marco de sus respectivas competencias, las

Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa, Gestión del Aprendizaje,

Tecnología Educativa y Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos,

y las Direcciones Generales Educación de Gestión Privada, Educación de Gestión

Estatal, Personal Docente y no Docente y Sistema de Formación Docente, y la Unidad

de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional tomó debida

intervención en el trámite.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución 4776-MEGC/06 y sus modificatorias.

Artículo 2°.- Aprobar el Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como Anexo (IF-2024-48483198-GCABA-

SSPIE), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Establecer que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, en

articulación con la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional, será la

encargada de digitalizar el Reglamento Escolar, aprobado en el artículo 2°, a fin de

garantizar la disponibilidad de un documento actualizado para la consulta de toda la

comunidad educativa.

Artículo 4°.- El Reglamento Escolar aprobado en el artículo 2° de la presente

empezará a regir a partir del ciclo lectivo 2025.

Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa, Gestión del Aprendizaje,

Tecnología Educativa y Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos,

y las Direcciones Generales de Educación de Gestión Privada, Educación de Gestión

Estatal, Personal Docente y no Docente, y Sistema de Formación Docente y a la

Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa. Cumplido, archivar.

Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7035

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion 194-MEDGC-25 sustituye el artículo 75 Capítulo VII: Prohibiciones del Personal Docente del Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria del Gobierno de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires aprobado por Resolución 2796-GCABA-MEDGC/24, </p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 2796-MEDGC/24 deja sin efecto la Resolución 4776-MEGC/06.</p>