RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 971 2026 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Síntesis:
CREA EL REGISTRO INTERNO DE PERSONAL POSTULANTE AL FUERO DEL TRABAJO, APRUEBA SU PROCEDIMIENTO DE FUNCIONAMIENTO, DESIGNA UN COMITÉ DE EVALUACIÓN Y CONVOCA AL PERSONAL DEL PODER JUDICIAL A POSTULARSE PARA LA COBERTURA DE CARGOS EN LAS FUTURAS OFICINAS DE GESTIÓN ASOCIADA, ESTABLECIENDO EL RÉGIMEN DE SELECCIÓN, CAPACITACIÓN Y DESIGNACIÓN CORRESPONDIENTE - REGISTRO INTERNO DE PERSONAL POSTULANTE - FUERO DEL TRABAJO - OFICINAS DE GESTIÓN ASOCIADA - COMITÉ DE EVALUACIÓN DE POSTULANTES - CONVOCATORIA INTERNA - PERSONAL DEL PODER JUDICIAL - REQUISITOS DE POSTULACIÓN - CAPACITACIÓN OBLIGATORIA - ORDEN DE MÉRITO - RECATEGORIZACIÓN DE AGENTES
Publicación:
02/09/2026
Sanción:
28/08/2026
Organismo:
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
VISTO: El Artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las
Leyes N° 7 y N° 31 (texto consolidado según Ley N° 6.764) y la actuación TAE: ACT-
01-00027835-8/2026; y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo
116, entre las funciones del Consejo de la Magistratura, la de seleccionar mediante
concurso público de antecedentes y oposición a los candidatos a la magistratura y al
Ministerio Público que no tengan otra forma de designación prevista por esta
Constitución, como también la de reglamentar el nombramiento, la remoción y el
régimen disciplinario de los funcionarios y empleados, entre otras.
Que el artículo 1° de la Ley N° 31 (texto consolidado por la Ley N° 6.764) determina:
"El Consejo de la Magistratura es un órgano permanente de selección de magistrados,
gobierno y administración del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
con la función de asegurar su independencia, garantizar la eficaz prestación del
servicio de administración de justicia, promover el óptimo nivel de sus integrantes, y
lograr la satisfacción de las demandas sociales sobre la función jurisdiccional del
Estado".
Que la Ley N° 7, modificada según Ley N° 6.789, estipula en su artículo 32 la
composición y competencia de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, integrada por
seis (6) jueces y juezas y funciona dividida en dos (2) salas, de tres (3) jueces y juezas
cada una, mientras que en su artículo 39, dispone la composición y competencia de
los Juzgados de Primera Instancia del Trabajo, integrados por diez (10) juzgados que
entienden en todas las cuestiones contenciosas de conflictos individuales de derecho
del trabajo.
Que el Plenario del Consejo de la Magistratura, a través de su Resolución CM N°
234/2025, incorporó al "Reglamento General de Organización y Funcionamiento del
Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", oportunamente aprobado por
Resolución CM N° 152/1999, la figura de las Secretarías Judiciales de Gestión
Asociada, como un órgano especializado que consolidará las tareas de apoyo para la
actividad jurisdiccional, que funcione, de forma moderna y transformadora, como
herramienta idónea para organizar la tramitación de causas, la agenda de audiencias,
las notificaciones y otros servicios, aplicando criterios de innovación, calidad, claridad
en el lenguaje jurídico, optimización de recursos y separación de funciones
jurisdiccionales y administrativas.
Que en esa línea, corresponde avanzar con la puesta en funcionamiento de nuevos
fueros y dependencias judiciales con el mismo criterio de gestión asociada, y en tal
sentido, proceder a la selección y designación del personal que cumplirá funciones
dentro del nuevo fuero del trabajo con la misma lógica, y a través de su convocatoria
mediante la creación del Registro Interno de Personal Postulante al Fuero del Trabajo,
a cargo de la Dirección de Relaciones de Empleo, dependiente de la Dirección
General de Factor Humano de la Secretaría de Administración General y Presupuesto.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención correspondiente
mediante Dictamen DGAJ N° 15244/2026.
Que, asimismo, tomó intervención la Secretaría Ejecutiva conforme lo establecido en
los incisos c) y g) del artículo 7° del Anexo XV de la Res. Presidencia N° 1258/2015 y
sus modificatorias.
Que, mediante Resolución CM N° 1046/2011, se delegó en la Presidencia del Consejo
de la Magistratura la política de recursos humanos en cuanto a la reorganización
administrativa del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -excluido el
Tribunal Superior de Justicia-.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el inciso 4) del artículo 25 de
la Ley N° 31 (texto consolidado por la Ley N° 6.764),
Art. 1°: Crear el Registro Interno de Personal Postulante al Fuero del Trabajo, que
estará a cargo de la Dirección de Relaciones de Empleo, dependiente de la Dirección
General de Factor Humano de la Secretaría de Administración General y Presupuesto.
Art. 2°: Aprobar el Procedimiento del Registro Interno de Personal Postulante al Fuero
del Trabajo, que como Anexo I forma parte de la presente Resolución.
Art. 3°: Designar al Comité de Evaluación de Postulantes al Fuero del Trabajo, que
estará conformado por los/as Consejeros/as integrantes de la Comisión de Selección
de Jueces, Juezas e Integrantes del Ministerio Público junto a la Secretaria de
Administración General y Presupuesto del Poder Judicial.
Art. 4°: Disponer la puesta en funcionamiento del Registro Interno de Personal
Postulante al Fuero del Trabajo a partir del 1° de septiembre de 2026.
Art. 5°: Convocar a todo el personal de planta permanente y planta interina del Poder
Judicial, con excepción al personal dependiente del Tribunal Superior de Justicia y del
Ministerio Público de esta Ciudad Autónoma, interesado en postularse para alguno de
los cargos disponibles para las futuras Oficinas de Gestión Asociada del Fuero del
Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a inscribirse de forma voluntaria a
partir del 1° de septiembre de 2026 y hasta el 18 de septiembre de 2026.
Art. 6°: Encomendar a la Dirección de Relaciones de Empleo y a la Dirección General
de Informática y Tecnología a implementar las herramientas informáticas necesarias
para instrumentar el funcionamiento del Registro Interno de Personal Postulante al
Fuero del Trabajo.
Art. 7°: Encomendar a la Dirección de Desarrollo Profesional y Capacitación
Administrativa el diseño y desarrollo de las capacitaciones obligatorias para los/as
postulantes del Registro que sean preseleccionados por el Comité de Evaluación de
Postulantes al Fuero del Trabajo.
Art. 8°: Establecer que, a partir del análisis de las inscripciones registradas, su
evaluación y la respectiva selección efectuada por el Comité de Evaluación de
Postulantes al Fuero del Trabajo, se designará a cada agente seleccionado/a con la
recategorización inmediata superior a la que ostente, según la estructura de las futuras
Oficinas de Gestión Asociada del Fuero del Trabajo y sin saltearse el tramo que sea
superior a su categoría actual, todo ello según se detalla en el Procedimiento del
Registro Interno de Personal Postulante al Fuero del Trabajo aprobado en el artículo
2° de la presente Resolución.
Art. 9°: Regístrese, comuníquese a los/las Sres./Sras. Consejeros/as, a la Secretaría
de Administración General y Presupuesto, a la Secretaría Legal y Técnica,
comuníquese a todas las dependencias, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad
de Buenos Aires, a la Dirección General de Factor Humano y a la Dirección General
de Programación y Administración Contable, publíquese en la página de Internet del
Poder Judicial de la CABA consejo.jusbaires.gob.ar y, oportunamente, archívese.
Leguizamón