RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 971 2026 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

CREA EL REGISTRO INTERNO DE PERSONAL POSTULANTE AL FUERO DEL TRABAJO, APRUEBA SU PROCEDIMIENTO DE FUNCIONAMIENTO, DESIGNA UN COMITÉ DE EVALUACIÓN Y CONVOCA AL PERSONAL DEL PODER JUDICIAL A POSTULARSE PARA LA COBERTURA DE CARGOS EN LAS FUTURAS OFICINAS DE GESTIÓN ASOCIADA, ESTABLECIENDO EL RÉGIMEN DE SELECCIÓN, CAPACITACIÓN Y DESIGNACIÓN CORRESPONDIENTE - REGISTRO INTERNO DE PERSONAL POSTULANTE - FUERO DEL TRABAJO - OFICINAS DE GESTIÓN ASOCIADA - COMITÉ DE EVALUACIÓN DE POSTULANTES - CONVOCATORIA INTERNA - PERSONAL DEL PODER JUDICIAL - REQUISITOS DE POSTULACIÓN - CAPACITACIÓN OBLIGATORIA - ORDEN DE MÉRITO - RECATEGORIZACIÓN DE AGENTES

Publicación:

02/09/2026

Sanción:

28/08/2026

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO: El Artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las

Leyes N° 7 y N° 31 (texto consolidado según Ley N° 6.764) y la actuación TAE: ACT-

01-00027835-8/2026; y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo

116, entre las funciones del Consejo de la Magistratura, la de seleccionar mediante

concurso público de antecedentes y oposición a los candidatos a la magistratura y al

Ministerio Público que no tengan otra forma de designación prevista por esta

Constitución, como también la de reglamentar el nombramiento, la remoción y el

régimen disciplinario de los funcionarios y empleados, entre otras.

Que el artículo 1° de la Ley N° 31 (texto consolidado por la Ley N° 6.764) determina:

"El Consejo de la Magistratura es un órgano permanente de selección de magistrados,

gobierno y administración del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

con la función de asegurar su independencia, garantizar la eficaz prestación del

servicio de administración de justicia, promover el óptimo nivel de sus integrantes, y

lograr la satisfacción de las demandas sociales sobre la función jurisdiccional del

Estado".

Que la Ley N° 7, modificada según Ley N° 6.789, estipula en su artículo 32 la

composición y competencia de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, integrada por

seis (6) jueces y juezas y funciona dividida en dos (2) salas, de tres (3) jueces y juezas

cada una, mientras que en su artículo 39, dispone la composición y competencia de

los Juzgados de Primera Instancia del Trabajo, integrados por diez (10) juzgados que

entienden en todas las cuestiones contenciosas de conflictos individuales de derecho

del trabajo.

Que el Plenario del Consejo de la Magistratura, a través de su Resolución CM N°

234/2025, incorporó al "Reglamento General de Organización y Funcionamiento del

Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", oportunamente aprobado por

Resolución CM N° 152/1999, la figura de las Secretarías Judiciales de Gestión

Asociada, como un órgano especializado que consolidará las tareas de apoyo para la

actividad jurisdiccional, que funcione, de forma moderna y transformadora, como

herramienta idónea para organizar la tramitación de causas, la agenda de audiencias,

las notificaciones y otros servicios, aplicando criterios de innovación, calidad, claridad

en el lenguaje jurídico, optimización de recursos y separación de funciones

jurisdiccionales y administrativas.

Que en esa línea, corresponde avanzar con la puesta en funcionamiento de nuevos

fueros y dependencias judiciales con el mismo criterio de gestión asociada, y en tal

sentido, proceder a la selección y designación del personal que cumplirá funciones

dentro del nuevo fuero del trabajo con la misma lógica, y a través de su convocatoria

mediante la creación del Registro Interno de Personal Postulante al Fuero del Trabajo,

a cargo de la Dirección de Relaciones de Empleo, dependiente de la Dirección

General de Factor Humano de la Secretaría de Administración General y Presupuesto.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención correspondiente

mediante Dictamen DGAJ N° 15244/2026.

Que, asimismo, tomó intervención la Secretaría Ejecutiva conforme lo establecido en

los incisos c) y g) del artículo 7° del Anexo XV de la Res. Presidencia N° 1258/2015 y

sus modificatorias.

Que, mediante Resolución CM N° 1046/2011, se delegó en la Presidencia del Consejo

de la Magistratura la política de recursos humanos en cuanto a la reorganización

administrativa del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -excluido el

Tribunal Superior de Justicia-.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el inciso 4) del artículo 25 de

la Ley N° 31 (texto consolidado por la Ley N° 6.764),

LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Crear el Registro Interno de Personal Postulante al Fuero del Trabajo, que

estará a cargo de la Dirección de Relaciones de Empleo, dependiente de la Dirección

General de Factor Humano de la Secretaría de Administración General y Presupuesto.

Art. 2°: Aprobar el Procedimiento del Registro Interno de Personal Postulante al Fuero

del Trabajo, que como Anexo I forma parte de la presente Resolución.

Art. 3°: Designar al Comité de Evaluación de Postulantes al Fuero del Trabajo, que

estará conformado por los/as Consejeros/as integrantes de la Comisión de Selección

de Jueces, Juezas e Integrantes del Ministerio Público junto a la Secretaria de

Administración General y Presupuesto del Poder Judicial.

Art. 4°: Disponer la puesta en funcionamiento del Registro Interno de Personal

Postulante al Fuero del Trabajo a partir del 1° de septiembre de 2026.

Art. 5°: Convocar a todo el personal de planta permanente y planta interina del Poder

Judicial, con excepción al personal dependiente del Tribunal Superior de Justicia y del

Ministerio Público de esta Ciudad Autónoma, interesado en postularse para alguno de

los cargos disponibles para las futuras Oficinas de Gestión Asociada del Fuero del

Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a inscribirse de forma voluntaria a

partir del 1° de septiembre de 2026 y hasta el 18 de septiembre de 2026.

Art. 6°: Encomendar a la Dirección de Relaciones de Empleo y a la Dirección General

de Informática y Tecnología a implementar las herramientas informáticas necesarias

para instrumentar el funcionamiento del Registro Interno de Personal Postulante al

Fuero del Trabajo.

Art. 7°: Encomendar a la Dirección de Desarrollo Profesional y Capacitación

Administrativa el diseño y desarrollo de las capacitaciones obligatorias para los/as

postulantes del Registro que sean preseleccionados por el Comité de Evaluación de

Postulantes al Fuero del Trabajo.

Art. 8°: Establecer que, a partir del análisis de las inscripciones registradas, su

evaluación y la respectiva selección efectuada por el Comité de Evaluación de

Postulantes al Fuero del Trabajo, se designará a cada agente seleccionado/a con la

recategorización inmediata superior a la que ostente, según la estructura de las futuras

Oficinas de Gestión Asociada del Fuero del Trabajo y sin saltearse el tramo que sea

superior a su categoría actual, todo ello según se detalla en el Procedimiento del

Registro Interno de Personal Postulante al Fuero del Trabajo aprobado en el artículo

2° de la presente Resolución.

Art. 9°: Regístrese, comuníquese a los/las Sres./Sras. Consejeros/as, a la Secretaría

de Administración General y Presupuesto, a la Secretaría Legal y Técnica,

comuníquese a todas las dependencias, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad

de Buenos Aires, a la Dirección General de Factor Humano y a la Dirección General

de Programación y Administración Contable, publíquese en la página de Internet del

Poder Judicial de la CABA consejo.jusbaires.gob.ar y, oportunamente, archívese.

Leguizamón


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7443

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Resolución de Presidencia 971/PJCABA/CMCABA/26 crea el Registro Interno de Personal Postulante al Fuero del Trabajo en el ámbito del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en ejercicio de las funciones de administración y régimen de personal atribuidas al Consejo de la Magistratura por la Ley 31.</p><p>El artículo 3° designa un Comité de Evaluación de Postulantes al Fuero del Trabajo en el marco de las competencias de gobierno y administración del Poder Judicial establecidas por la Ley 31.</p>
COMPLEMENTA
<p>El artículo 5° de la Resolución de Presidencia 971/PJCABA/CMCABA/26 convoca al personal del Poder Judicial a postularse para cargos de las futuras Oficinas de Gestión Asociada del Fuero del Trabajo vinculadas a la estructura judicial prevista en la Ley 7.</p>