RESOLUCIÓN 5561 2026 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
APRUEBA EL VALOR DE LAS POSTALES PROMOCIÓN CULTURAL Y DE LOS CUADERNOS DOBLES DESTINADOS A ESPACIOS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO, MUSEOS Y CASCO HISTÓRICO, ESTABLECIENDO SU COMERCIALIZACIÓN Y DISTRIBUCIÓN - VALORIZACIÓN DE BIENES CULTURALES - POSTALES PROMOCIÓN CULTURAL - CUADERNOS DOBLES - PRECIO DE VENTA - COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS CULTURALES - DISTRIBUCIÓN DE STOCK - ENTREGA DE CORTESÍA - DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO MUSEOS Y CASCO HISTÓRICO - SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO Y DESARROLLO CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
04/09/2026
Sanción:
31/08/2026
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: El Código Fiscal, las Resoluciones 897/MHGC/07 y 9001/MCGC/23, la
Disposición 80/DGCG/09, el Expediente EX-2026-38707958-GCABA-DGPMYCH, y
CONSIDERANDO:
Que el Código Fiscal vigente, Ley 6.505, faculta al Poder Ejecutivo a establecer los
precios de entradas a los espectáculos, visitas guiadas y actividades especiales que
organice, incluidos los aranceles por los servicios complementarios que se presten en
los complejos, salas, locales o espacios donde aquellos se realicen;
Que mediante la Resolución 897/MHGC/07 en su Artículo 1° establece que "Es
exclusividad de todas las áreas, dependencias y/ o reparticiones del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la venta en sus espacios físicos de libros,
postales, guías, almanaques, pines, artículos de merchandising, etc., que promuevan y
difundan las distintas actividades que se desarrollan en el ámbito de este Gobierno";
Que por su parte, la Disposición 80/DGCG/09 aprobó el Circuito Administrativo,
Contable y de Recaudación, para centralizar en la Tienda de Cultura, todo el stock en
existencia y de producción propia referente a artículos de Merchandising, Libros y
Obras de Arte de todas las Áreas, Dependencias y Reparticiones que dependen de
este Ministerio;
Que la Resolución 9001/MCGC/23 procede al cierre de la Tienda Cultural, desvaloriza
y distribuye el stock en existencia real de los libros y productos de merchandising y
faculta a las reparticiones dependientes vender, distribuir en carácter de cortesía y/o
promoción, y a tener en custodia y/o guarda de más del diez por ciento (10%) del stock
en existencia real de los libros y productos de merchandising;
Que mediante IF-2026-38704985-GCABA-DGPMYCH, el Director General de
Patrimonio, Museos y Casco Histórico, dependiente de la Subsecretaría de Patrimonio
y Desarrollo Cultural del Ministerio de Cultura, solicita la aprobación del valor de las
postales "Promoción Cultural" y de los cuadernos dobles que han sido adquiridos
mediante el sistema BAC por la Órden de Compra 525-20502-OC24, detallando en el
Informe Anexo IF-2026-38660040-GCABA-DGPMYCH los valores de venta por
unidad, el espacio al que será destinado el stock, las cantidades consignadas a la
venta y las reservadas para su entrega en carácter de cortesía;
Que conforme lo establece el Anexo de la Disposición 80/DGCG/09, las Unidades de
Organización que componen la estructura orgánica del Ministerio de Cultura, que
quieran valorizar y vender, libros, revistas, etc., deberán ser autorizados a través de
una Resolución emanada del Ministro, que será publicada en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires con una antelación no inferior a los 10 (diez) días hábiles;
Que mediante IF-2026-38746834-GCABA-SSPDC, el señor Subsecretario de
Patrimonio y Desarrollo Cultural presta conformidad a la solicitud planteada.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el valor de las postales "Promoción Cultural" y de los cuadernos
dobles solicitados por la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico,
dependiente de la Subsecretaría de Patrimonio y Desarrollo Cultural del Ministerio de
Cultura, detallando el precio de venta por unidad, el espacio al que será destinado el
stock, las cantidades para la venta y las reservadas para entrega de cortesía, en el IF-
2026-38660040-GCABA-DGPMYCH que, como Anexo, pasa a formar parte de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y,
comunicar a la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico
dependiente de la Subsecretaría de Patrimonio y Desarrollo Cultural del Ministerio de
Cultura. Fecho, girar a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda
y Finanzas. Cumplido, archivar. Ricardes