RESOLUCIÓN 192 2026 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
APRUEBA EL PROTOCOLO DE GESTIÓN, SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DE EVENTOS APLICABLE A LAS UNIDADES DESTINADAS A LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS MEDIANTE BUSES ELÉCTRICOS TRAMBUS -SECRETARÍA DE TRANSPORTE - PROTOCOLO DE GESTIÓN SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DE EVENTOS - SISTEMA TRAMBUS - PRUEBA PILOTO MOVILIDAD URBANA DE BUSES ELÉCTRICOS TRAMBUS - BUSES ELÉCTRICOS - TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS - ELECTROMOVILIDAD - SINIESTROS VIALES - INCIDENTES DE TRÁNSITO - DIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE MOVILIDAD - DIRECCIÓN GENERAL TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS - SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL - MEGACAR SA - JUAN B JUSTO SATCI - TRANSPORTES LOPE DE VEGA SACI - CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - MINISTERIO DE MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURA
Publicación:
09/09/2026
Sanción:
04/09/2026
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO: Las Leyes 2.148 y 6.684, el Decreto 387/23, las Resoluciones 20/SBASE/24,
83/SBASE/24, 66/SECT/25, 97/SECT/25, 171/SECT/25, 187/SECT/25, 438/MIGC/25 y
137/MIGC/26, y el Expediente EX-2026-39712750-GCABA-DGSVI, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución 20/SBASE/24 del Directorio de Subterráneos de Buenos Aires
Sociedad del Estado aprobó el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional N°
244/2024 denominada "Adquisición de Vehículos Eléctricos - Corredor Costero con
Electromovilidad" que tiene por objeto la adquisición de vehículos eléctricos para el
transporte de pasajeros en un corredor costero con electromovilidad, con sus
respectivas baterías, su correspondiente servicio de mantenimiento, y los cargadores
de potencia;
Que posteriormente, la Resolución 83/SBASE/24 aprobó la mentada Licitación Pública
Nacional e Internacional y se adjudicó la misma a la firma MEGACAR S.A.;
Que a través de la Resolución 66/SECT/25 se definió al Sistema TRAMBUS como el
modo de transporte público de capacidad intermedia, caracterizado por la utilización
de energías limpias de bajo o nulo impacto ambiental, con una estética identitaria y
que, contando con una infraestructura dedicada de carriles exclusivos o preferenciales
que prioricen su circulación, formará parte del Sistema Integrado de Transporte de la
Ciudad de Buenos Aires, el que coadyuvará a la integración intermodal;
Que a los fines de poner en práctica la modalidad de transporte definida en la citada
Resolución 66/SECT/25, por conducto de la Resolución 97/SECT/25 se autorizó la
realización de una Prueba Piloto denominada "Movilidad Urbana de Buses Eléctricos -
TRAMBUS" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo programa de
implementación obra como anexo a la misma;
Que los principales objetivos de dicho programa consisten en: (i) brindar un adecuado
servicio de transporte automotor de pasajeros mediante la utilización de vehículos
modernos, propulsados con motorización 100% eléctrica, y que posean una estética
identitaria particular; (ii) propiciar la consolidación del Sistema Integrado de Transporte
en la Ciudad de Buenos Aires mediante la utilización de nuevas alternativas de
movilidad, que fomenten la sustentabilidad y la sostenibilidad ambiental; (iii) fomentar
la integración tarifaria y operativa con el resto del Sistema Integrado de Transporte de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; (iv) reducir los tiempos de viajes de los usuarios
mejorando la experiencia de movilidad, haciendo que el viaje mismo sea más
confortable; (v) aprovechar la infraestructura dedicada existente de carriles exclusivos
y/o preferenciales que prioricen la circulación de los vehículos afectados al Programa;
y (vi) obtener experiencia en lo que refiere a la movilidad eléctrica y evaluar nuevas
modalidades de vehículos de transporte de pasajeros, en función de la adaptabilidad,
la integración, el comportamiento de la demanda y la interacción con el resto de los
vehículos de la vía pública;
Que en ese marco, mediante la Resolución 171/SECT/25 se implementó la Prueba
Piloto denominada Movilidad Urbana de Buses Eléctricos "TRAMBUS", en el ámbito
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme los lineamientos establecidos en la
Resolución 97/SECT/25 y en los términos de lo normado en el Capítulo 1.3 del Código
de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se aprobaron sus
parámetros operativos;
Que la citada Resolución estableció que la operación del servicio de transporte
previsto en la mentada Prueba Piloto Movilidad Urbana de Buses Eléctricos
"TRAMBUS" estará a cargo de la empresa "JUAN B. JUSTO S.A.T.C.I.";
Que, mediante Resolución 187/SECT/25 se dispuso la apertura de una etapa previa a
la convocatoria para la contratación de un servicio para la operación del transporte
público de pasajeros denominado "Sistema Trambus" - Traza T1, a fin de que los
interesados en participar formularan las sugerencias y observaciones que
consideraran pertinentes, con carácter no vinculante, respecto de los textos de los
anteproyectos de Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones
Técnicas que regirían la licitación;
Que, posteriormente, por la Licitación Pública N° 3125-2088-LPU25 tramita la
contratación de un servicio para la operación integral del transporte público de
pasajeros, denominado "Sistema Trambus" - Traza T1, al amparo de lo establecido en
los artículos 32 y 33 de la Ley 2.095, su Decreto Reglamentario 129/23 y sus
modificatorios, y el Pliego de Bases y Condiciones Generales, aprobado por
Disposición 333/DGCYC/23;
Que, entre los antecedentes relevantes de dicha contratación, cabe señalar que
mediante Resolución 638/MIGC/25 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones
Particulares y de Especificaciones Técnicas, y se dispuso el pertinente llamado a
presentar ofertas, al amparo de lo establecido en los artículos 32 y 41 de la Ley 2.095
y su Decreto Reglamentario 129/23;
Que, posteriormente, mediante Resolución 137/MIGC/26 se aprobó la Licitación
Pública N° 3125-2088-LPU25, adjudicándose la misma a la firma TRANSPORTES
LOPE DE VEGA S.A.C.I.;
Que atento a las particularidades tecnológicas y operativas de los vehículos afectados
a la operación del Sistema TRAMBUS, resulta necesario establecer pautas claras y
procedimientos específicos de actuación para los casos de incidentes y/o siniestros en
aquellos vehículos que se encuentren involucrados, a fin de establecer una adecuada
coordinación entre las áreas con competencia en la materia y las empresas
intervinientes antes mencionadas;
Que la Ley 6.684 estableció los Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de Movilidad e Infraestructura;
Que por el Decreto 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a esta Secretaría de
Transporte como órgano dependiente del referido Ministerio de Movilidad e
Infraestructura;
Que el citado decreto establece, entre las responsabilidades primarias de esta
Secretaría, la de entender en la regulación y control del transporte en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la de desarrollar estrategias integrales que
promuevan un sistema de transporte público eficiente, seguro y accesible para todos
los ciudadanos y diseñar e implementar políticas para mejorar el transporte urbano,
incluyendo la gestión de planes de movilidad sostenible;
Que mediante la Resolución 438/MIGC/25 se facultó a la Secretaría de Transporte, en
el marco de sus competencias, a dictar las normas necesarias para el ejercicio de las
facultades conferidas en los artículos 1.1.4 y 1.3.1 del Código de Tránsito y Transporte
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por la Ley 2.148;
Que en función de todo lo expuesto, corresponde aprobar el "Protocolo de Gestión,
Seguimiento y Resolución de Eventos" aplicable a los vehículos afectados a la
operación de la Prueba Piloto denominada Movilidad Urbana de Buses Eléctricos
"TRAMBUS".
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el "Protocolo de Gestión, Seguimiento y Resolución de Eventos"
aplicable a los vehículos destinados a la operación del Sistema de Movilidad Urbana
de Buses Eléctricos denominado "TRAMBUS" aprobada por la Resolución
171/SECT/25 que como Anexo (IF-2026-40088240-GCABA-SECT) forma parte
integrante de la presente integrante de la presente norma.
Artículo 2°.- El Protocolo aprobado por el artículo 1° será aplicable a partir de la fecha
de firma de la presente resolución.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comunicar a la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, a la Subsecretaría
de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial, a la Dirección General Control de
Movilidad, a la Dirección General Transporte Colectivo de Pasajeros, a Subterráneos
Buenos Aires Sociedad Anónima Unipersonal. Notificar a las empresas MEGACAR
S.A, JUAN B. JUSTO S.A.T.C.I y TRANSPORTES LOPE DE VEGA S.A.C.I. Cumplido,
archivar. Krantzer