RESOLUCIÓN 89 2026 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

DEROGA LAS RESOLUCIONES 42-SGCBA/09 APRUEBA EL MANUAL DE ESTILO DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL INTERNO Y 71-SGCBA/11 APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIONES Y DOCUMENTACIÓN DE LA SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - DEROGACIÓN DE RESOLUCIÓN - MANUAL DE AUDITORIA

Publicación:

10/09/2026

Sanción:

07/09/2026

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), las Leyes N°

70 (BOCBA N° 539), N° 2.751 (BOCBA N° 2.971), N° 3.304 (BOCBA N° 3.335), N°

4.736 (BOCBA N° 4.299) y N° 6.367 (BOCBA N° 6.020), los Decretos N° 2.007/03

(BOCBA N° 1.818), N° 589/09 (BOCBA N° 3.206), N° 429/13 (BOCBA N° 4.264), N°

396/25 (BOCBA N° 7.222) y N° 55/26 (BOCBA N° 7.305), las Resoluciones Conjuntas

N° 128-MJGGC-SECLYT/09 (BOCBA N° 3.280) y N° 1-MJGGC-SECLYT/21 (BOCBA

N° 6.243), las Resoluciones N° 42-SGCBA/09 (BOCBA N° 3.210), N° 71-SGCBA/11

(BOCBA N° 3.746), N° 130-SECLYT/14 (BOCBA N° 4.371), N° 56-SGCBA/14 (BOCBA

N° 4.386), N° 118-SECLYT/16 (BOCBA N° 4.883), N° 191-SGCBA/16 (BOCBA N°

5.017), N° 215-SGCBA/16 (BOCBA N° 5.037), N° 16-SECLYT/19 (BOCBA N° 5.548),

N° 330-SECLYT/24 (BOCBA N° 7.029) y N° 280-SECLYT/25 (BOCBA N° 7.273), las

Disposiciones N° 16-MGEYA/16 (BOCBA N° 4.890) y N° 56-MGEYA/20 (BOCBA N°

5.984), la Circular N° 6-SGCBA/26 (BOCBA N° 7.395), el Expediente Electrónico N°

39.684.261-GCABA-GGTALSGCBA/26, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que la

Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el órgano rector de

las Normas de Control Interno, con personería jurídica propia y autarquía

administrativa y financiera;

Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que

es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;

Que la calidad de órgano rector de las Normas de Control Interno que el citado artículo

de la Constitución de la Ciudad ha otorgado a esta Sindicatura General, comporta la

facultad de dictar las normas que permitan la estructuración y mantenimiento de un

eficiente y eficaz Sistema de Control Interno;

Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.764) fija los Sistemas de Gestión,

Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, y establece la organización y funcionamiento de sus órganos;

Que el artículo 130 inciso 2) de la Ley citada establece, entre las atribuciones del/de la

Síndico/a General de la Ciudad, la de "Organizar y reglamentar el funcionamiento

interno de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires en sus aspectos

operativos, funcionales y de administración de personal";

Que la Ley N° 3.304 (texto consolidado por Ley N° 6.764) crea el Plan de

Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, con el objeto de promover la modernización administrativa mediante la

incorporación de nuevas tecnologías, la simplificación de procedimientos, el

fortalecimiento institucional y el mejoramiento de la calidad de los servicios que brinda

la Administración Pública;

Que por la Ley N° 2.751 (texto consolidado por Ley N° 6.764), el Gobierno de la

Ciudad adhiere a la Ley Nacional N° 25.506 de Firma Digital que reconoce la eficacia

jurídica del empleo del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital;

Que mediante el Decreto N° 589/09 se aprueba la implementación del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos (SADE) como un sistema integrado de

caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las

actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad;

Que la Resolución Conjunta N° 128-MJGGC-SECLYT/09 establece que el sistema

SADE es el único medio de caratulación, numeración, seguimiento y registración de

expedientes del Gobierno de la Ciudad, reemplazando a los tradicionales libros

rubricados en papel;

Que la Ley N° 4.736 (texto consolidado por Ley N° 6.764) reconoce la utilización de

Expedientes Electrónicos, Documentos Electrónicos, firma electrónica, firma digital,

Comunicaciones Electrónicas, Notificaciones Electrónicas y domicilios electrónicos

constituidos en procedimientos administrativos y procesos judiciales, para el sector

público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la misma eficacia jurídica y valor

probatorio que sus equivalentes en soporte papel o cualquier otro soporte que se

utilice a la fecha de entrada en vigencia de dicha Ley;

Que la Disposición N° 56-MGEYA/20 aprueba el Procedimiento administrativo para la

tramitación de Oficios Judiciales provenientes del Sistema de Diligenciamiento

Electrónico de Oficios con Entidades Externas al Poder Judicial -DEOX-;

Que el Decreto N° 429/13 crea la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD), como

medio de interacción del ciudadano con la administración y a través de la cual se

permite la recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones

y comunicaciones, entre otros, que sean propiciados por aquella plataforma;

Que la Resolución N° 130-SECLYT/14 y su modificatoria, Resolución N° 16-

SECLYT/19, aprueba el "Reglamento para la Gestión de Actuaciones Administrativas",

que regula el inicio, ordenamiento, registro y circulación de actuaciones administrativas

tanto en soporte papel como electrónico gestionadas por el SADE;

Que el Decreto N° 2.007/03, modificatorios y complementarios, establece los

procedimientos de archivo y los plazos de guarda de la documentación y actuaciones

administrativas del Gobierno de la Ciudad;

Que por Resolución N° 118-SECLYT/16 se crea el Sistema Único de Archivo del

Gobierno de la Ciudad, extendiendo el uso del módulo Archivo - ARCH - a la

digitalización de los Expedientes y actuaciones administrativas en soporte papel;

Que la Disposición N° 16-MGEYA/16 establece que todas las jurisdicciones y/o

entidades del Poder Ejecutivo deben adecuarse al Sistema Único de Archivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creado por la Resolución N° 118-

SECLYT/16;

Que la Resolución Conjunta N° 1-MJGGC-SECLYT/21 aprueba el Reglamento del

"Sistema de Notificaciones Electrónicas (SNE)" del Gobierno de la Ciudad, aplicable

para la notificación de aquellos actos previstos en el artículo 60 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o de aquellos

que por las normas y procedimientos especiales deban realizarse al domicilio

electrónico constituido ante el Poder Ejecutivo, y los modelos de cédulas electrónicas

a utilizarse en todos los procesos administrativos y especiales en que el Gobierno de

la Ciudad deba practicar una notificación electrónica;

Que la Resolución N° 330-SECLYT/24 aprueba las "Pautas de publicación del Boletín

Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que la Ley N° 6.367 promueve el uso del Lenguaje Claro en los actos y documentos

del Sector Público de la Ciudad para garantizar a los ciudadanos la transparencia de

los actos de gobierno, el derecho a comprender los mismos y el acceso a la

información pública;

Que por el Decreto N° 55/26 se aprueban las "Buenas Prácticas para la Regulación,

Simplificación y Mejora de las Actividades y de los Procedimientos Administrativos en

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", estableciéndose, entre sus principios rectores,

la simplificación normativa y procedimental, la digitalización, la automatización de los

procesos administrativos y la mejora continua de la gestión pública;

Que el artículo 2° del mencionado Decreto establece que dichas Prácticas deberán

aplicarse en todas las áreas de la administración centralizada y descentralizada del

Poder Ejecutivo;

Que mediante la Resolución N° 42-SGCBA/09 se aprueba el "Manual de Estilo de los

Organismos de Control Interno", con la finalidad de establecer criterios uniformes en

materia de redacción y estilo;

Que posteriormente, mediante la Resolución N° 71-SGCBA/11 se aprueba el

Procedimiento de Comunicaciones y Documentación de la Sindicatura General de la

Ciudad de Buenos Aires, dejándose sin efecto el Manual aprobado por la Resolución

N° 42-SGCBA/09, con excepción del Capítulo III de su Anexo I;

Que por Resolución N° 215-SGCBA/16 se aprueba el Manual de Auditoría aplicable a

la Sindicatura General y a las Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción y

entidad dependiente del Poder Ejecutivo, en el cual se incorporan las pautas referidas

a la estructura y formato de los informes de auditoría ya previstas en el Capítulo III del

Anexo I de la Resolución N° 42-SGCBA/09;

Que mediante las Resoluciones N° 56-SGCBA/14 y N° 191-SGCBA/16 se establece la

utilización obligatoria del Sistema Integral de Gestión y Control Interno (SIGECI) para

la elaboración y gestión de la documentación e informes producidos por esta

Sindicatura General y por las Unidades de Auditoría Interna, consolidando un modelo

de producción documental estandarizado;

Que la Circular N° 6-SGCBA/26 establece la validez del formato de las plantillas que

se encuentran habilitadas en el SIGECI para la elaboración de productos de control

interno emitidos por la Sindicatura General y las Unidades de Auditoría Interna;

Que por Decreto N° 396/25 se encomienda a la Secretaría Legal y Técnica dictar las

pautas, lineamientos y normativa que resulten necesarias para promover un estilo de

comunicación uniforme en el ámbito de la Administración Pública de la Ciudad,

orientado a la claridad, la eficiencia, la transparencia y la cercanía con la ciudadanía;

Que mediante la Resolución N° 280-SECLYT/25 la Secretaría Legal y Técnica

aprueba el "Manual de Estilo. Normas de Redacción para los Documentos Oficiales del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", de aplicación obligatoria para la

administración centralizada y descentralizada del Poder Ejecutivo, estableciendo

pautas uniformes destinadas a garantizar una comunicación institucional clara,

precisa, coherente y accesible;

Que el citado Manual también regula las "Pautas de Estilo Normativo" aplicables a la

cita de normas, actos administrativos y otros documentos oficiales en el ámbito del

Gobierno de la Ciudad;

Que, en el marco de las políticas y objetivos del Gobierno de la Ciudad orientadas a la

implementación de un lenguaje claro, preciso, coherente y accesible, así como al

fortalecimiento de las buenas prácticas de regulación, simplificación y mejora continua

de los procedimientos administrativos, resulta indispensable la sistematización y

ordenamiento de las normas vigentes en esta Sindicatura General;

Que, a fin de evitar contradicciones normativas y en atención a los principios de

simplificación normativa y procedimental, de digitalización y automatización de los

procesos administrativos, deviene necesario derogar las Resoluciones N° 42-

SGCBA/09 y N° 71-SGCBA/11;

Que la derogación de las normas citadas no altera la vigencia de las disposiciones

técnicas y metodológicas contenidas en el Manual de Auditoría aprobado por

Resolución N° 215-SGCBA/16;

Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta

de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 40.059.865-GCABA-

GGTALSGCBA/26.

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por el artículo 130 inciso

2) de la Ley N° 70,

LA SÍNDICA GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Derogar las Resoluciones N° 42-SGCBA/09 y N° 71-SGCBA/11.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comunicar a las Gerencias Generales Auditoría Jurisdicción I y II, a la Gerencia

General Auditoría de Comunas, a la Gerencia Operativa Relaciones Institucionales,

al/a la Síndico/a General Adjunto/a de la Sindicatura General de la Ciudad y a las

Unidades de Auditoría Interna de cada una de las jurisdicciones y entidades

dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad y, para su conocimiento y demás

efectos, remitir a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido,

archivar. Freda

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>El artículo 1° de la Resolucion 89/SGCBA/26 deroga la Resolucion 71/SGCBA/11 </p>
DEROGA
<p>El artículo 1° de la Resolucion 89/SGCBA/26 deroga la Resolucion 42/SGCBA/09 </p>
COMPLEMENTA
<p>El artículo 1 de la Resolución 89/SGCBA/26 deroga las Resoluciones 42/SGCBA/09 y 71/SGCBA/11, considerando que la Resolución 280/SECLYT/25 aprobó el Manual de Estilo. Normas de redacción clara para los documentos oficiales del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p>
COMPLEMENTA
<p>El artículo 1 de la Resolución 89/SGCBA/26 deroga las Resoluciones 42/SGCBA/09 y 71/SGCBA/11, considerando que la derogación de las normas citadas no altera la vigencia de las disposiciones técnicas y metodológicas contenidas en el Manual de Auditoría aprobado por Resolución 215-SGCBA/16.</p>