RESOLUCIÓN 3965 2026 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

MODIFICA LA DENOMINACIÓN DE LA RESIDENCIA SALUD INTEGRAL DEL ADOLESCENTE POR LA DE SALUD INTEGRAL EN LA ADOLESCENCIA, APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE SU PROGRAMA DOCENTE GENERAL E INCORPORA LA RESIDENCIA CLÍNICA MÉDICA COMO ESPECIALIDAD BÁSICA HABILITANTE - MINISTERIO DE SALUD - SISTEMA DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD - RESIDENCIA SALUD INTEGRAL EN LA ADOLESCENCIA - PROGRAMA DOCENTE GENERAL - CAMBIO DE DENOMINACIÓN - CLINICA MEDICA - RESIDENCIA BÁSICA HABILITANTE - DIRECCIÓN GENERAL DE DOCENCIA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL - CAPACITACIÓN DE POSGRADO - ADOLESCENCIA - SALUD INTEGRAL - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Publicación:

21/09/2026

Sanción:

16/09/2026

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: La Ordenanza 40.997 (texto consolidado por Ley 6.764), la Ordenanza 43.316,

los Decretos 193/05 y 399/13, Resolución 2670/08 y el Expediente EX-2025-

53511976-GCABA-DGDIYDP, y

CONSIDERANDO:

Que las Residencias del Equipo de Salud, aprobadas por la Ordenanza 40.997,

constituyen un sistema remunerado de capacitación de posgrado a tiempo completo,

con actividad asistencial programada y supervisada.

Que, mediante la Ordenanza 43.316, se facultó al Departamento Ejecutivo a crear

nuevas residencias, a la modificación de las existentes y a establecer su tiempo de

desarrollo, manteniendo de esta manera actualizado el Sistema de Residencias.

Que, mediante el Decreto 193/05, se creó la Residencia "Salud Integral del

Adolescente", para profesionales médicos con residencia completa en "Clínica

Pediátrica" y "Medicina General".

Que por Decreto 399/13 se facultó al/a la titular del Ministerio de Salud a crear y

modificar las residencias del Sistema de Residencias del Equipo de Salud, de Apoyo al

Equipo de Salud y de Enfermería del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, con la previa intervención del Ministerio de Modernización.

Que los objetivos a cargo del Ministerio de Modernización en la época del dictado del

Decreto 399/13, respecto al diseño e implementación de las políticas de gestión y

administración de los recursos humanos, se encuentran, en virtud del Decreto 387/23

y modificatorios, en cabeza del Ministerio de Hacienda y Finanzas, correspondiendo

entonces su intervención.

Que el Programa Docente General de la Residencia de Salud Integral del Adolescente,

aprobado por Resolución 2670/MS/08, tiene por objetivo pautar las competencias que

serán adquiridas por el/la residente a lo largo de su trayecto formativo, reconoce

ámbitos y niveles de responsabilidad y establece el perfil común esperado para

todos/as los/as residentes de la misma especialidad.

Que la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional propicia

la actualización del Programa Docente General de la Residencia de Salud Integral del

Adolescente.

Que, a los fines de reflejar con mayor especificidad la formación elegida y en virtud de

criterios conceptuales, disciplinares y de inclusión que fortalecen la precisión y

actualidad del programa, se considera necesario modificar la denominación histórica

de la residencia de "Salud Integral del Adolescente" a "Salud Integral en la

Adolescencia"

Que el diseño curricular del mencionado Programa Docente de la Residencia de Salud

Integral en la Adolescencia pretende, a través de un proceso estructurado y formal, la

adquisición de competencias que avalen el ejercicio de la especialidad contemplando

los avances científicos tecnológicos y los problemas del sistema de salud,

constituyendo la herramienta esencial para cumplimentar los extremos de la

Ordenanza 40.997 y la Ley Básica de Salud 153.

Por ello, y en uso de las facultades delegadas por el Decreto 399/13,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar la denominación de la Residencia "Salud Integral del

Adolescente" a "Salud Integral en la Adolescencia".

Artículo 2°.- Incorporar la Residencia "Clínica Médica" como residencia básica

habilitante de la Residencia "Salud Integral en la Adolescencia".

Artículo 3°.- Aprueba la actualización del Programa Docente General de la Residencia

de Salud Integral en la Adolescencia, el que como Anexo (IF-2026-39952273-GCABA-

DGDIYDP) forma parte integrante de la presente.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,

para su conocimiento y demás efectos, pasar a la Dirección General Docencia,

Investigación y Desarrollo Profesional. Cumplido, archivar. González Bernaldo de

Quirós


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7456

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>El artículo 1° de la Resolución 3965/MSGC/26 modifica la denominación de la Residencia Salud Integral del Adolescente a Salud Integral en la Adolescencia creada por el Decreto 193/05.</p><p>El artículo 2° incorpora la Residencia Clínica Médica como residencia básica habilitante de la Residencia Salud Integral en la Adolescencia en el marco del Decreto 193/05.</p>
MODIFICA
<p>El artículo 1° de la Resolución 3965/MSGC/26 modifica la denominación de la Residencia Salud Integral del Adolescente a Salud Integral en la Adolescencia, aprobada por Ordenanza 40.997.</p><p>El artículo 2° incorpora la Residencia Clínica Médica como residencia básica habilitante de la Residencia Salud Integral en la Adolescencia a la Ordenanza 40.997.</p>