RESOLUCIÓN 220 2026 SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

Síntesis:

APRUEBA LAS PAUTAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL TRATAMIENTO DE REHABILITACIÓN EN SALUD MENTAL EN TALLERES PROTEGIDOS DE REHABILITACIÓN PSIQUIÁTRICA (TPRPS) - PAUTAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL TRATAMIENTO DE REHABILITACIÓN EN SALUD MENTAL EN TALLERES PROTEGIDOS DE REHABILITACIÓN PSIQUIÁTRICA - TALLERES PROTEGIDOS DE REHABILITACIÓN PSIQUIÁTRICA - PACIENTES PSIQUIÁTRICOS - ASIGNACIÓN DE PECULIO - TRABAJO TERAPÉUTICO - REINSERCIÓN SOCIAL Y LABORAL - SALUD MENTAL - SALARIO MÍNIMO VITAL Y MÓVIL - DÍA DE CONCURRENCIA - CONTROL DE PRESENTISMO - MINISTERIO DE SALUD - DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD MENTAL

Publicación:

22/09/2026

Sanción:

18/09/2026

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA


VISTO: Las leyes 955 y 6855, los Decretos 388/98, 1627/2007, 567/11 y sus

modificatorios, la Resolución 3931-MSGC/26, el Expediente EX-2026-41582980- -

GCABA-MSGC, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto 388/GCBA/98, se aprobó el Régimen de Pago de Asignación de

Peculio a pacientes psiquiátricos de Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica

que se encuentran en periodo de rehabilitación en dichos talleres dependientes de

este Ministerio de Salud.

Que la Ley 955 regula lo inherente a los Talleres Protegidos de Rehabilitación

Psiquiátrica e indica que las acciones y servicios de los Talleres tienen como objetivo

la reinserción psicológica, social y laboral de las personas con sufrimiento o malestar

psíquico por medio del trabajo terapéutico, promoviendo el desarrollo de capacidades

útiles, en un ámbito que articula las acciones terapéuticas con la producción de bienes

de consumo, a través del aprendizaje de diferentes oficios.

Que mediante el Decreto reglamentario 1627/2007 se designa como autoridad de

aplicación de la ley 955 al Ministerio de Salud.

Que por Ley 6855 se incorporó a la Ley 955 el artículo 6° bis, el cual establece que "La

Autoridad de Aplicación establecerá el monto de pago de asignaciones de peculio a

pacientes psiquiátricos de Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica, el cual no

podrá ser inferior a la treintava parte del Salario Mínimo, Vital y Móvil por día de

concurrencia".

Que por Resolución 3931-MSGC/26 se establece que, en virtud de la incorporación del

artículo 6 bis a la Ley 955 el monto de pago de asignaciones de peculio a pacientes

psiquiátricos de Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica, será equivalente a

la treintava parte del Salario Mínimo, Vital y Móvil por día de concurrencia.

Que asimismo, mediante la citada Resolución, el Ministro de Salud faculta a esta

Subsecretaría de Atención Hospitalaria a dictar los actos administrativos

complementarios, aclaratorios y operativos que resulten necesarios para la

implementación.

Que resulta pertinente establecer los lineamientos para el presentismo y demás

normas operativas necesarias para el pago de las asignaciones de peculio a los

pacientes de Talleres Protegidos.

Que en tal sentido, corresponde la aprobación de las "Pautas para la Implementación

del Tratamiento de Rehabilitación en salud mental en Talleres Protegidos de

Rehabilitación Psiquiátrica (TPRPS)".

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Resolución 3931-MSGC/26,

LA SUBSECRETARIA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar las "Pautas para la Implementación del Tratamiento de

Rehabilitación en salud mental en Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica

(TPRPS)", como Anexo I IF-2026-41805480-GCABA-DGSAM que a todos sus efectos

forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Salud Mental y

a la directora de Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica. Cordero


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7458

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Resolución 220/SSAH/26 aprueba las Pautas para la Implementación del Tratamiento de Rehabilitación en salud mental en Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica (TPRPS) complementando lo establecido en la Resolución 3931/MSGC/26.</p>
INTEGRA
<p>El artículo 1° de la Resolución 220/SSAH/26 aprueba las Pautas para la Implementación del Tratamiento de Rehabilitación en salud mental en Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica (TPRPS) en el marco de la Ley 955.</p>