RESOLUCIÓN 221 2026 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

APRUEBA LOS PARÁMETROS OPERATIVOS DE LA LÍNEA N.° 102 DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR OPERADA POR LINEA 102 - SARGENTO CABRAL S.A. Y DISPONE SU REGISTRACIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS (RUTAP) - TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS - TRANSPORTE AUTOMOTOR - LÍNEAS DE COLECTIVOS - PARÁMETROS OPERATIVOS - MODIFICACIÓN DE SERVICIOS - EMPRESAS TRANSPORTISTAS - PERMISIONARIOS - REGISTRO ÚNICO DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS - REGISTRACIÓN - PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Publicación:

14/10/2026

Sanción:

13/10/2026

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO: La Ley Nacional 26.740; las Leyes 2.148, 2.930 y 6.851; el Decreto 387/23; las

Resoluciones 305/LCABA/24, 41/SECT/25, 53/SECT/25, 60/SECT/25, y 198/SECT/26

y el Expediente EX-2026-37619516-GCABA-SECT, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional 26.740 ratificó la transferencia de los servicios de transporte

subterráneo y el premetro a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al Acta

Acuerdo del 3 de enero de 2012, por la que se determinó que le corresponde a la

Ciudad ejercer en forma exclusiva la competencia y fiscalización de los servicios

públicos de transporte de pasajeros, a nivel subterráneos y premetro; de transporte

automotor y de tranvía cuya prestación corresponda al territorio de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que, en cumplimiento de la normativa nacional, el 3 de septiembre de 2024, el Estado

Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscribieron un Acta Acuerdo con el

objeto de transferir a esta última las competencias sobre las líneas de colectivos cuyo

recorrido se desarrolla íntegramente dentro del territorio de la Ciudad,

correspondientes al Grupo Tarifario Distrito Federal;

Que la transferencia implicó el traspaso de la regulación, control y fiscalización del

servicio público de transporte automotor de pasajeros de las líneas: 4, 6, 7, 12, 23, 25,

26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 90, 99, 102, 106, 107, 108, 109,

115, 118, 132, 151;

Que asimismo, corresponde a la Ciudad la fijación de las tarifas, compensaciones y/o

subsidios; la planificación, implementación y ejecución de los servicios; el

otorgamiento o renovación de los permisos de explotación; la determinación de los

recorridos, frecuencias, horarios, modalidades, parque móvil y cualquier otro

parámetro operativo que implique una modificación en la oferta del servicio;

Que la citada Acta Acuerdo fue aprobada mediante la Resolución 305/LCABA/24 de la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la CLÁUSULA SEGUNDA del Acta Acuerdo expresa que "... LA CIUDAD podrá

modificar de forma unilateral los parámetros operativos vigentes";

Que esta Secretaría de Transporte creó el Registro Único del Transporte Automotor de

Pasajeros (RUTAP) mediante la Resolución 41/SECT/25, con el objeto de inscribir a

las empresas operadoras de los servicios y los parámetros operativos de los servicios

prestados, entre otros datos relevantes;

Que la empresa LINEA 102 - SARGENTO CABRAL S.A., permisionaria de la línea N°

102, registró su actividad en el RUTAP en cumplimiento de dicha normativa;

Que esta Secretaría aprobó el procedimiento para la modificación de parámetros

operativos de los servicios de transporte público colectivo de pasajeros por automotor

de jurisdicción local a través de la Resolución 53/SECT/25;

Que la Resolución 60/SECT/25 estableció el Reglamento General para la participación

en el Foro de Participación Ciudadana del Transporte Público Colectivo de Pasajeros

por Automotor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de garantizar la

participación ciudadana;

Que este marco normativo promueve la participación activa de los sectores

interesados y de la ciudadanía, quienes pueden emitir opiniones y sugerencias sobre

los proyectos normativos sometidos a consulta;

Que, en este marco, corresponde mencionar que las opiniones, propuestas y/o

comentarios expresados durante el período de convocatoria no poseen carácter

vinculante;

Que la Secretaría habilitó el Foro de Participación Ciudadana respecto de la línea 102

en el marco de la Resolución 60/SECT/25, con el propósito de recabar

consideraciones ciudadanas antes de emitir la medida;

Que mediante la Resolución 198/SECT/26 se efectuó la correspondiente convocatoria

al "Foro de Participación Ciudadana del Transporte Público de Pasajeros por

Automotor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" respecto del proyecto de

modificación de parámetros operativos de la línea N° 102;

Que el 7 de octubre de 2026 concluyó el plazo fijado en el artículo 2° de la Resolución

198/SECT/26, y la Gerencia Operativa Planificación de Servicios de la Dirección

General Transporte Colectivo de Pasajeros elaboró el pertinente informe de cierre con

los resultados obtenidos;

Que la Dirección General Transporte Colectivo de Pasajeros evaluó las

presentaciones recibidas y dio por finalizado el procedimiento a través del informe de

clausura Nro. IF-2026-45656033-GCABA-DGTCP;

Que la Ley 6.851 estableció los Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de Movilidad e Infraestructura;

Que el Decreto 387/23 aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a esta Secretaría de Transporte

como órgano dependiente del referido Ministerio;

Que el citado Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de esta

Secretaría, la de entender en la regulación y control del transporte en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la de entender en los aspectos relacionados con

el transporte, la circulación peatonal y vehicular, con base en las políticas de desarrollo

económico, ambiental y social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras;

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe los

parámetros operativos de la línea N° 102 operada por la empresa LINEA 102 -

SARGENTO CABRAL S.A. (CUIT N° 30-54622520-4).

Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar los parámetros operativos para la línea N° 102 del transporte

público colectivo de pasajeros por automotor operada por la empresa LINEA 102 -

SARGENTO CABRAL S.A. (CUIT N° 30-54622520-4), conforme surge del Anexo (IF-

2026-45758651-GCABA-SECT) de la presente resolución.

Artículo 2°.- Instruir a la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad para que

proceda a la registración de la presente medida en el Registro Único del Transporte

Automotor de Pasajeros (RUTAP).

Artículo 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su firma.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial, a la

Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, a la Dirección Nacional de Gestión

de Fondos Fiduciarios, a la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía de la

Nación, a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a Nación Servicios

Sociedad Anónima, al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, a las Juntas Comunales 13 y 14 y notificar a la empresa

LINEA 102 - SARGENTO CABRAL S.A. Cumplido, archivar. Krantzer


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7473

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Resolución 221/SECT/26 aprueba los parámetros operativos de la línea 102 con posterioridad a la convocatoria al Foro de Participación Ciudadana efectuada por la Resolución 198/SECT/26.</p>
COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Resolución 221/SECT/26 aprueba los parámetros operativos de la línea 102 tras la participación ciudadana desarrollada conforme al Reglamento General aprobado por la Resolución 60/SECT/25.</p>
COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Resolución 221/SECT/26 aprueba los parámetros operativos de la línea 102 en el marco del procedimiento para la modificación de parámetros operativos establecido por la Resolución 53/SECT/25.</p>
COMPLEMENTA
<p>El artículo 2° de la Resolución 221/SECT/26 instruye la registración de la medida en el Registro Único del Transporte Automotor de Pasajeros (RUTAP), creado por la Resolución 41/SECT/25.</p>
COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Resolución 221/SECT/26 aprueba los parámetros operativos de la línea 102 conforme al régimen de competencias derivado del Acta Acuerdo aprobada por la Resolución 305/LCABA/24.</p>