RESOLUCIÓN 1154 2006 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

ESTABLECE REGULACIONES PARA LOS MONTOS BRUTOS DE LOS CONTRATOS ENCUADRADOS EN EL RÉGIMEN DEL DECRETO 948-05

Publicación:

09/08/2006

Sanción:

03/08/2006

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


Visto el Decreto N° 948/05 (B.O. N° 2238), las Resoluciones Nros. 3.206-SHyF/05 (B.O. N° 2308) y 3.907-SHyF/05 (B.O. N° 2357) y el Expediente N° 68.322/05 e incorporado N° 33.560/05, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° del referido decreto estableció que los contratos de locación de servicios vigentes al 31 de diciembre de 2004 que hubieran sido renovados durante el Ejercicio 2005, se encontraran en curso de ejecución y no encuadraran dentro de las excepciones previstas en el artículo 3° de dicho acto administrativo, debían adecuarse al régimen establecido en la primera parte del artículo 39 de la Ley N° 471;

Que, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 4° del Decreto N° 948/05, mediante la Resolución N° 3.206-SHyF/05 se dictaron las normas necesarias para la plena ejecución del referido decreto y se adoptaron las medidas tendientes a realizar las adecuaciones crediticias originadas en la aplicación de la misma, en los términos de las autorizaciones acordadas por la Ley N° 1.792 (B.O. N° 2289), a través de la cual se modificó el Presupuesto de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2005 y se otorgaron al Poder Ejecutivo las autorizaciones necesarias al efecto;

Que, en el mismo marco, se dictó la Resolución N° 3.907-SHyF/05, mediante la cual se dispuso que todas las contrataciones que, dentro del presente régimen, tuvieran una remuneración mensual bruta menor a los $ 830, fueran incrementadas a este último valor a partir del 1° de enero de 2006;

Que, en esta oportunidad, se entiende menester precisar lo establecido en el segundo párrafo del artículo 7° de la Resolución N° 3.206-SHyF/05, en cuanto a la eventual celebración de cláusulas modificatorias de los montos de los contratos vigentes;

Que, a su vez, resulta conveniente instruir a la Dirección General de Recursos Humanos para que arbitre los medios necesarios con el fin de obtener un relevamiento de las personas que se desempeñan en este Gobierno dentro de lo previsto en la primera parte del artículo 39 de la Ley N° 471 y como locación de servicio desde el 1° de enero del corriente año, en tanto no se encuentren comprendidas, en este último caso, dentro del artículo 3° del Decreto N° 948/05 y del artículo 17 de la Resolución N° 3.206-SHyF/05;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° del Decreto N° 948/05,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1° - A partir del 1° de agosto de 2006, los montos brutos de los contratos vigentes encuadrados dentro del régimen instaurado por Decreto N° 948/05 y su reglamentación sólo pueden incrementarse mediante resolución conjunta del Ministerio de Hacienda y el Ministerio o Secretaría de destino del contratado, en aquellos casos en que dentro del respectivo Ministerio o Secretaría exista crédito presupuestario suficiente para compensar dicho aumento y éste se encuentre directamente vinculado con las mayores funciones y responsabilidades del contratado cuya remuneración se pretende incrementar, debidamente justificadas por el/la titular de la jurisdicción correspondiente.

Artículo 2° - A los efectos del cumplimiento de lo previsto en el último párrafo del precedente artículo 1°, el/la Ministro/a o Secretario/a debe encuadrar tales funciones y responsabilidades en alguna de las tareas descriptas en el Anexo I del Decreto N° 583/05, de manera que el salario total quede adecuado a los valores fijados en el Anexo II del citado acto administrativo y modificatorios.

Artículo 3° - No se dictarán resoluciones modificando montos contractuales sin la previa conformidad de las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Recursos Humanos y en aquellos casos en que la remuneración total mensual bruta supere los pesos tres mil ($ 3.000).

Artículo 4° - Instrúyese a la Dirección General de Recursos Humanos para que arbitre los medios necesarios con el fin de obtener un relevamiento de las personas que se desempeñan en este Gobierno bajo las siguientes modalidades contractuales:

a) los contratados en el marco de la primera parte del artículo 39 de la Ley N° 471; y

b) los contratados desde el 1° de enero de 2005 bajo el régimen de locación de servicios, que no se encuentren comprendidos dentro del artículo 3° del Decreto N° 948/05 y del artículo 17 de la Resolución N° 3.206-SHyF/05.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango y/o nivel equivalente y a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Recursos Humanos. Cumplido, resérvense en la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Res. 2404-MHGC-07 deja sin efecto la Res. 1154-MHGC-06
REGLAMENTA
Res. 1.154-MH--06 encuadra responsabilidades y montos de los contratos régimen Dto. 948-05 a las responsabilidades y salarios aprobados por Dto. 583-05 -Escalafón General.
EXCEPTUA
Res. 1.154-MH-06 exceptúa de esta regulación los bajo el régimen de locación de servicios que se encuentren comprendidos dentro del Art. 3° del Dto. N° 948-05
EXCEPTUA
Res. 1.154-MH-06 exceptúa de esta regulación los contratos bajo el régimen de locación de servicios que se encuentren comprendidos dentro del art. 17 de la Res. N° 3.206-SHyF-05.
INTEGRADA POR
Res. 959-MHGC-07 Instruye a la DG de Recursos Humanos para que realice un censo de las personas que se desempeñan en el GCABA bajo el régimen de locación de servicios, con contratos vigentes en la actualidad y el 31-12-07 - integra al Art. 4to Res. 1154-MHGC-06