DISPOSICIÓN 9 2006 DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO
Síntesis:
IMPLEMENTA NUEVOS CÓDIGOS PARA EL SUME - CARATULACIÓN Y REGISTRACIÓN DE MOVIMIENTOS DE ACTUACIONES Y EXPEDIENTES - CÓDIGOS DE ACTUACIONES -
Publicación:
09/08/2006
Sanción:
04/08/2006
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO
Visto, el Decreto N° 2.006/03, y
CONSIDERANDO:
Que, por la citada norma se aprobó el sistema informático denominado Nuevo SUME, como sistema integrado de caratulación y registración de movimientos de actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, juntamente con la Dirección General de Sistemas de Información, dependiente del Ministerio de Gestión Pública y Descentralización, se ha optimizado la versión de producción y realizado las pruebas pertinentes para su implementación;
Que, el nuevo sistema recepta las funcionalidades requeridas por las reparticiones del Gobierno de la Ciudad, en especial a los procesos de pases de presentaciones a agregar, copia digital, parámetros de búsquedas y seguimiento de expedientes y actuaciones reconstruidas;
Que, por el artículo 7°, la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo es la Administradora Central del Sistema Nuevo SUME y le compete administrar en forma integral el mismo, así como actualizar el nomenclador de tratas, entre otras atribuciones;
Que, en consecuencia deviene necesario con vista a su implementación establecer nuevos códigos de actuaciones a efecto de su registración y definir sus características para un mejor manejo de la información disponible en el sistema, como así también incorporar al nomenclador las tratas sugeridas por las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias,
Artículo 1° - Incorpórese en el sistema integrado de caratulación y registración de movimientos de actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Nuevo SUME, los códigos de actuaciones cuya descripción obra en el Anexo I, el que a todos sus efectos forma parte de la presente.
Artículo 2° - Incorpórese al nomenclador de tratas las descriptas en el Anexo II, el que a todos sus efectos forma parte de la presente.
Articulo 3° - Modifícase el nomenclador de tratas conforme lo establecido en el Anexo III, el que a todos sus efectos forma parte de la presente.
Artículo 4° - Regístrese. Publíquese en Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por 5 días. Cumplido, archívese.