DECRETO 2070 2000

Síntesis:

MODIFÍCA TÉRMINOS DEL ART. 5° DEL DECRETO N° 1.564-GCBA-98 - RELACIONADO AL PROGRAMA DE ESTÍMULO A LA SOLIDARIDAD Y AL TRABAJO VOLUNTARIO UNO POR OTRO DESTINADO A LA FORMACIÓN DE JÓVENES VOLUNTARIOS EN ECOCLUBES

Publicación:

04/12/2000

Sanción:

17/11/2000

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 57.502-2000, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1.564/GCBA/98 (B.O.C.B.A. N° 521), se dispuso la entrega de un fondo rotatorio con reposición contra rendición documentada de su inversión, a favor de la Secretaría de Promoción Social, con objeto de solventar los gastos que demande la implementación y desarrollo del PROGRAMA DE ESTIMULO A LA SOLIDARIDAD Y AL TRABAJO VOLUNTARIO UNO POR OTRO;

Que, asimismo, en el artículo quinto de dicho Decreto, se dispuso que toda Orden de Pago relacionada con el mencionado programa, debía ser depositada en la Cuenta Corriente de la Secretaría de Promoción Social N° 23.526/2

Que mediante Decreto N° 1.283/GCBA/99 fue modificado el artículo quinto del citado Decreto, designando como nuevos responsables de la administración y rendición de dichos fondos, a la ex-Directora General de Asistencia Comunitaria, Sra. Sara Josefina González, DNI N° 10.642.950 y la Jefa del Departamento Contable de la Subsecretaría de la Acción Social, Sra. Irene Di Rimini de García, F. C. N° 270.802;

Que por dichas actuaciones, la Subsecretaría de Promoción y Desarrollo Comunitario de la Secretaría de Promoción Social solicita la designación de nuevos responsables de la administración y rendición del fondo rotatorio aprobado por Decreto N° 1.564/GCBA/98 (B.O.C.B.A. N° 521), como así también, modificación de la Cuenta Corriente en que deberán ser depositados los fondos en cuestión;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Modifícanse los términos del artículo quinto del Decreto N° 1.564/GCBA/98 (B.O.C.B.A. N° 521), el que quedará redactado de la siguiente manera: Autorízase a la Dirección General de Contaduría, a incluir la erogación dispuesta en el artículo 4° en una Orden de Pago que deberá ser depositada en la Cuenta Corriente N° 25.903/7 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires Casa Central -, dejándose establecido que el Señor Subsecretario de Promoción y Desarrollo Comunitario, Lic. Rafael Ignacio Veljanovich, DNI N° 21.476.567 y la agente Marta Burmann, Ficha Censal N° 325.504, DNI N° 10.352.914, serán los responsables de la administración y rendición de los fondos de que se trata.

Art. 2° El presente Decreto será refrendado por los Sres. Secretarios de Promoción Social y de Hacienda y Finanzas.

Art. 3° Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese a la Secretaría de Promoción Social y remítase a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería a los fines consiguientes. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Dec. 1851-01 Modifica el art. 1ro el Dec. 2070-00
MODIFICA
Dto. 2070-00 modifica el Art. 5° del Dto. 1564-98 - Fondo Rotatorio con Reposición contra Rendición Documentada de su inversión