DECRETO 1887 2006

Síntesis:

SE TRANSFIERE LA ACTIVIDAD SERVICIOS DE SANEAMIENTO - DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL A LA SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN AMBIENTAL - ACTIVIDAD 12 DEL PROGRAMA 44 - SE MODIFICA PARCIALMENTE EL ANEXO II - 15 DEL DECRETO N° 350 - 06

Publicación:

13/11/2006

Sanción:

03/11/2006

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley N° 1.925 -Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- (B.O.C.B.A. N° 2407), los Decretos Nros. 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416) y el 681/06 (B.O.C.B.A. N° 2466), el Expediente N° 33.071/06, y

CONSIDERANDO:

Que conforme surge de las normas de raigambre constitucional imperantes en el orden local, el Poder Ejecutivo debe velar por la preservación del medio ambiente, disponiendo las medidas necesarias para el cumplimiento de esos fines;

Que el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su inciso 9) dispone entre las atribuciones y facultades del Jefe de Gobierno que: Establece la estructura y organización funcional de los organismos de su dependencia. Nombra a los funcionarios y agentes de la administración y ejerce la supervisión de su gestión;

Que por otra parte, el Título III de la Ley N° 1.925 de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dispone en su artículo 8°, inciso b), apartado 8 como funciones comunes a todos los Ministros: Coordinar con los demás Ministerios los asuntos de interés compartido de modo que las propuestas resultantes constituyan soluciones integradas que armonicen con la política general y sectorial del gobierno;

Que la norma mencionada le asigna al Ministerio de Medio Ambiente entre sus objetivos el Diseñar e implementar las políticas destinadas a mejorar la calidad ambiental...;

Que luego de promulgada la Ley de Ministerios, por el Decreto N° 350/06 se aprobó la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, atribuyéndose a la Subsecretaría de Política y Gestión Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, entre otros objetivos, el de formular políticas y diseñar planes, programas y proyectos tendientes a mejorar la calidad del medio ambiente e impulsar acciones destinadas a mejorar las condiciones medioambientales de la ciudad, favoreciendo una adecuada calidad de vida de los habitantes de la misma;

Que asimismo, en virtud del citado decreto se asigna la Dirección General de Política y Evaluación Ambiental dependiente de la Subsecretaría de Política y Gestión Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, entre sus responsabilidades primarias, la elaboración de propuestas y programas necesarios para la prevención de enfermedades derivadas de vectores y plagas;

Que por otra parte, la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental dependiente de la Subsecretaría de Control Comunal del Ministerio de Gobierno, tiene entre sus responsabilidades primarias, la elaboración y fiscalización de los planes tácticos de control de la calidad ambiental de la Ciudad, así como el contralor y el poder de policía en materia de calidad ambiental, contaminación, higiene y salubridad;

Que en otro orden de ideas, cabe mencionar, que mediante el Decreto N° 681/06 se delega en la Subsecretaría de Higiene Urbana la facultad de encomendar las órdenes necesarias a fin de que se realicen las tareas de higienización, desratizacion y saneamiento de inmuebles del dominio privado que no cumplan con las condiciones de higiene y salubridad previstas en la normativa vigente;

Que sin perjuicio de lo expresado, se advierte que en los hechos, la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental dependiente de la Subsecretaría de Control Comunal del Ministerio de Gobierno, está a cargo del Programa Control y Prevención de Plagas, que se viene desarrollando como un servicio a la comunidad;

Que, asimismo, la citada Dirección General es quien, juntamente con áreas dependientes del Ministerio de Medio Ambiente, y otras reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según el caso, ejecuta en representación de la Administración los trabajos necesarios para el saneamiento de la vía pública y de inmuebles que no cumplen con las condiciones antes mencionadas, debido a que cuenta con la capacidad técnica y operativa para tales fines;

Que en consecuencia, de la estructura organizativa aprobada por el Decreto N° 350/06 y lo descripto precedentemente, se desprende que áreas dependientes de diferentes Ministerios del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ejercen funciones de naturaleza semejante, en materias específicas como la higiene, preservación del medio ambiente y la calidad ambiental;

Que en dicha inteligencia resulta menester la adopción de herramientas técnico-operativas capaces de asignar a cada área de gobierno, responsabilidades específicas en asuntos determinados, en pos de una mayor eficiencia en la gestión, propiciándose en este caso la transferencia de la Actividad Servicios de Saneamiento del Programa de Control y Prevención de Plagas de la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental, con su presupuesto, patrimonio y personal, a la Subsecretaría de Política y Gestión Ambiental dependiente del Ministerio de Medio Ambiente;

Que en este sentido, se persigue concentrar bajo la órbita de una única instancia administrativa, Ministerio de Medio Ambiente, la ejecución de aquellas funciones de naturaleza semejante, en materias específicas, tales como la higienización, desratización y saneamiento de inmuebles, el control y prevención de plagas, contando de este modo con un soporte administrativo centralizado;

Que, la transferencia que se propicia por los presentes, coadyuvará a una reorganización administrativa en pos de los objetivos de bien público que se persiguen conseguir, lo que redundará en una mayor eficiencia de respuesta a las demandas sociales en las materias enumeradas precedentemente;

Por ello, y en uso de sus facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Transfiérase la Actividad Servicios de Saneamiento que forma parte del Programa de Control y Prevención de Plagas de la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental, dependiente de la Subsecretaría de Control Comunal del Ministerio de Gobierno, cuya partida presupuestaria se identifica como Actividad 12 del Programa 44, con su presupuesto, patrimonio y personal, a la Subsecretaría de Política y Gestión Ambiental dependiente del Ministerio de Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2° - Modifícase parcialmente el Anexo II/15 del Decreto N° 350/06, en lo que respecta a los objetivos de la Subsecretaría de Política y Gestión Ambiental dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en el Anexo I que se adjunta al presente y que forma parte integrante del mismo.

Artículo 3° - El Ministerio de Hacienda a través de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto arbitrará las medidas pertinentes a fin de realizar la adecuación presupuestaria que corresponda, para dar cumplimiento a lo establecido en el art. 1° del presente decreto.

Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Gobierno, de Medio Ambiente y de Hacienda.

Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental dependiente de la Subsecretaría de Control Comunal del Ministerio de Gobierno, a la Subsecretaría de Política y Gestión Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, a la Dirección General Adjunta de Innovación de la Gestión de la Subsecretaría de Gestión Pública dependiente del Ministerio de Gestión Pública y Descentralización y al Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del citado Ministerio de Medio Ambiente. Cumplido, archívese.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dec.1887-06 modifica parcialmente el anexo II-15 del Dec.350-06, objetivos de la Subsecretaría de Política y Gestión Ambiental
REFERENCIA