LEY 2123 2006
Síntesis:
DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETOS A EXPROPIACIÓN BIENES MUEBLES - COOPERATIVA DE TRABAJO LA MOCITA LIMITADA - EX TRABAJADORES DE LA EMPRESA CARLOS RAMÓN ARIETTI - CESIÓN DE BIENES EN COMODATO
Publicación:
29/11/2006
Sanción:
26/10/2006
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
24/11/2006
Artículo 1° - Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los bienes muebles enumerados en el Anexo I hasta el monto de pesos cien mil ($ 100.000) en moneda constante.
Artículo 2° - Los mencionados bienes muebles deben ser destinados al funcionamiento de la Cooperativa de Trabajo La Mocita Limitada formada por los ex trabajadores de la empresa Carlos Ramón Arietti.
Artículo 3° - La determinación del precio de los bienes sujetos a expropiación se hará de acuerdo a lo establecido por el art. 10 de la Ley N° 238.
Artículo 4° - La Ciudad Autónoma de Buenos Aires cede en comodato a la Cooperativa de Trabajo los bienes a expropiar con la condición que la entidad continúe con la actividad que desarrollaba.
Artículo 5° - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley deben ser imputados a la partida presupuestaria correspondiente al presupuesto general de gastos y cálculos de los recursos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Ejercicio 2007.
Artículo 6° - El Poder Ejecutivo, a los treinta (30) días de promulgada la presente ley, iniciará el proceso expropiatorio.
Artículo 7° - Comuníquese, etc.de Estrada - Bello