RESOLUCIÓN 2228 2006 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
APRUEBA PROGRAMAS - PROGRAMA DE PREVENCIÓN COMUNITARIA DE ACCIDENTES - PROGRAMA DE DOCENCIA E INSTRUCCIÓN PERMANENTE - PROGRAMA FACTORES HUMANOS - PROGRAMA DE DISPOSITIVO PARA EVENTOS ESPECIALES
Publicación:
29/11/2006
Sanción:
20/11/2006
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
Vista la Nota N° 4.915-DGSAME/06, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la Dirección General de Sistema de Atención Médica de Emergencia eleva a la consideración de este Ministerio, programas relacionados con actividades emergentes de su especialización en materia de urgencias y emergencias;
Que dichos programas resultan prioritarios para el sistema de salud, toda vez que permiten la intervención de equipos multidisciplinarios altamente capacitados para dar respuesta integral acorde con los cambios que se han observado y experimentado en la Ciudad de Buenos Aires, tanto en la acción inmediata como en la prevención de ocurrencias;
Que la implementación de programas permite brindar conocimientos a la sociedad en materia de prevención tanto de accidentes hogareños, institucionales (escuelas, clubes, hogares geriátricos) y vía pública;
Que resulta asimismo, prioritario contribuir en el proceso de formación y desarrollo de capacitación laboral permanente del recurso humano del Ministerio de Salud en el ámbito del Sistema de Atención Médica de Emergencia;
Que en este orden de ideas, y en materia de prevención resulta necesaria la intervención de profesionales capacitados en situaciones de emergencia o desastre, en las que es frecuente la presencia de síntomas psíquicos de diversa índole a fin de prevenir las posibles secuelas psíquicas que se deriven de aquéllas y a fin de proveer de asistencia psicológica al paciente traumatizado;
Que los programas elevados a consideración de este Ministerio por parte del Sistema de Atención Médica de Emergencia (Factores Humanos, Docencia e Instrucción Permanente, Prevención Comunitaria y Dispositivo para Eventos Especiales), responden a las demandas mencionadas ut supra;
Que la implementación de dichos programas no implica erogación de recursos económicos, toda vez que los mismos son financiados mediante recursos propios de la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia;
Que la puesta en marcha y desarrollo de los programas de que se trata serán coordinados por profesionales de dicha unidad de organización que cuentan con una aquilatada experiencia en cada una de las materias que nutren a dichos programas;
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Apruébense los programas que como Anexos forman parte integrante de la presente:
- Programa de Prevención Comunitaria de Accidentes -Anexo I-
- Programa de Docencia e Instrucción Permanente -Anexo II-
- Programa Factores Humanos -Anexo III-
- Programa de Dispositivo para Eventos Especiales -Anexo IV-
Artículo 2° - Nomínanse como coordinadores de los programas aprobados por el artículo precedente a los siguientes agentes:
- Lic. Luis Chantres, F.C. N° 322.019 coordinador.
Programa de Prevención Comunitaria de Accidentes.
- Dr. Daniel L. Mosca, F.C. N° 379.232 coordinador.
Programa Factores Humanos.
- Dr. Carlos Russo, F.C. N° 218.424 coordinador.
Programa Docencia e Instrucción Permanente Recurso Humano.
Dr. Alberto F. Crescenti, F.C. N° 272.943 coordinador.
Programa de Dispositivo para Eventos Especiales.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, gírese a la Dirección General de Sistema de Atención Médica de Emergencia para su conocimiento y notificación a los mencionados en el artículo precedente. Cumplido, archívese.
ANEXOS
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