DECRETO ORDENANZA 5541 1944
Síntesis:
NORMA DEROGADA - APROBACIÓN CON FUERZA DE ORDENANZA - RÉGIMEN DE LICENCIAS - REGLAMENTACIÓN
Publicación:
09/12/1944
Sanción:
05/12/1944
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
DEROGADA POR
Art. 1 de la Ordenanza 34564, en su Anexo I (pp. 85), deroga totalmente el Decreto Ordenanza 5541-44.
COMPLEMENTADA POR
Art. 1 del Decreto 8243-68, establece que el personal debe hacer uso de la licencia ordinaria que le corresponde por el corriente año, antes del 31 de diciembre próximo, complementando las disposiciones del régimen de licencias aprobado por Decreto Ordenanza 5541-44. Art. 2, establece programación por parte de los Jefes antes del 15 de diciembre.
MODIFICADA POR
Art 1 de la Ord 29882 (Modificatoria de la Ord 28383) introduce la derogación del Art 5 del Dto 5541-44
COMPLEMENTADA POR
Art. 1 de Ord. 28383 establece que las inasistencias de los agentes excedidas de los plazos establecidos en el capítulo 3 del Decreto 5541-44, no son deducibles de su licencia anual ordinaria.