DECRETO ORDENANZA 5541 1944

Síntesis:

NORMA  DEROGADA - APROBACIÓN CON FUERZA DE ORDENANZA - RÉGIMEN DE LICENCIAS - REGLAMENTACIÓN

Publicación:

09/12/1944

Sanción:

05/12/1944

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Art. 1 de la Ordenanza 34564, en su Anexo I (pp. 85), deroga totalmente el Decreto Ordenanza 5541-44.
COMPLEMENTADA POR
Art. 1 del Decreto 8243-68, establece que el personal debe hacer uso de la licencia ordinaria que le corresponde por el corriente año, antes del 31 de diciembre próximo, complementando las disposiciones del régimen de licencias aprobado por Decreto Ordenanza 5541-44. Art. 2, establece programación por parte de los Jefes antes del 15 de diciembre.
MODIFICADA POR
Art 1 de la Ord 29882 (Modificatoria de la Ord 28383) introduce la derogación del Art 5 del Dto 5541-44
COMPLEMENTADA POR
Art. 1 de Ord. 28383 establece que las inasistencias de los agentes excedidas de los plazos establecidos en el capítulo 3 del Decreto 5541-44, no son deducibles de su licencia anual ordinaria.