RESOLUCIÓN 3127 2006 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
LLAMADO A CONCURSO - CUBRIR DISTINTOS CARGOS EN EL CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA MANUEL DE FALLA - CONSERVATORIO DE MÚSICA - ESCUELA DE ARTE DRAMÁTICO
Publicación:
21/12/2006
Sanción:
28/11/2006
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
Visto el Expediente N° 56.604/06, la Ley N° 1.925 y los Decretos Nros. 350/06 y 774/06, y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación se solicitó el llamado a concurso para la cobertura de los cargos de Directores y Vicedirectores de los Institutos Superiores no Universitarios dependientes de la Dirección General de Enseñanza Artística de la Subsecretaría de Gestión Cultural de este Ministerio;
Que mediante el Decreto N° 774/06 (B.O.C.B.A. N° 2468/06) se modificaron los reglamentos de funcionamiento de los Institutos Superiores no Universitarios aprobados por los Decretos Nros. 952/97 (B.O.C.B.A. N° 357/98), 315/00 (B.O.C.B.A. N° 968/00) y 316/00 (B.O.C.B.A. N° 967/00), con el objeto de completar la adecuación a la Ley de Educación Superior N° 24.521 en lo relativo a dichos Institutos Superiores no Universitarios;
Que la mencionada Ley de Educación Superior, en su artículo 15, establece el marco normativo que deberá regir a todos los Institutos de Educación Superior no Universitaria del siguiente modo: Corresponde a las provincias y a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires el gobierno y organización de la educación superior no universitaria en sus respectivos ámbitos de competencia, así como dictar normas que regulen la creación, modificación y cese de instituciones de educación superior no universitaria y el establecimiento de las condiciones a que se ajustará su funcionamiento, todo ello en el marco de la Ley N° 24.195, de lo que establece la presente y de los correspondientes acuerdos federales.;
Que en el artículo 1° del Decreto N° 774/06 se sustituyen los artículos 8° y 11 de cada uno de los Anexos de los decretos que establecen los mencionados reglamentos de funcionamiento en el sentido que: El Director será designado por concurso de antecedentes y oposición por un período de 6 (seis) años con posibilidad de ser renovado mediante concurso. Serán requisitos indispensables para este cargo, independientemente de los que pudiesen establecerse en las reglamentaciones correspondientes: a) Ser Profesor titular o poseer un cargo titular en la institución en la que se presenta a concurso. b) No estar comprendido en las causales de inhabilitación para el desempeño de cargos públicos. (artículo 8°) y Los Vicedirectores y/o Regentes serán designados por concurso de antecedentes y oposición de acuerdo a los requisitos establecidos en el artículo 8° para la designación del Director, por un período de 6 (seis) años con posibilidad de ser renovados mediante concurso. (artículo 11);
Que en concordancia con ello, resulta pertinente y necesario el llamado a concurso de antecedentes y oposición para la designación de los Directores y Vicedirectores de los respectivos Institutos Superiores;
Que el art. 3° del Decreto N° 774/06 faculta al Ministerio de Cultura a dictar las normas complementarias necesarias para la implementación de los concursos establecidos por el artículo 1° del decreto;
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 774/06,
Artículo 1° - Llámase a concurso de antecedentes y oposición para la cobertura de 1 (un) cargo de Director en el Conservatorio Superior de Música Manuel de Falla, 1 (un) cargo de Director en el Conservatorio de Música de la Ciudad de Buenos Aires y 1 (un) cargo de Director en la Escuela de Arte Dramático, de acuerdo a lo establecido en el art. 8° del Decreto N° 774/06.
Artículo 2° - Llámase a concurso de antecedentes y oposición para la cobertura de 5 (cinco) cargos de Vicedirector en el Conservatorio Superior de Música Manuel de Falla y 1 (un) cargo de Vicedirector en la Escuela de Arte Dramático, de acuerdo a lo establecido en el art. 11 del Decreto N° 774/06.
Artículo 3° - Facúltase a la Dirección General de Enseñanza Artística a dictar las normas complementarias necesarias para la implementación de los concursos establecidos por aplicación de los artículos 1° y 2° de la presente resolución.
Artículo 4° - La presente resolución es refrendada por el Sr. Subsecretario de Gestión Cultural.
Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaría de Gestión Cultural, a la Dirección General de Enseñanza Artística y por su intermedio al Conservatorio Superior de Música Manuel de Falla, al Conservatorio de Música de la Ciudad de Buenos Aires y a la Escuela de Arte Dramático y a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.