DECRETO 2345 2006

Síntesis:

PROGRAMA DE GESTIÓN DE RIESGO HIDRÍCO DE LA CABA - APRUEBA PRECALIFICACIÓN PARA LLAMADO A LICITACIÓN DE LAS OBRAS DE LOS TÚNELES ALIVIADORES DEL ARROYO MALDONADO - CONVENIO DE PRÉSTAMO BIRF 7.289-AR

Publicación:

11/01/2007

Sanción:

28/12/2006

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Ley N° 1.660, el Decreto N° 951/05 y el Expediente N° 29.812/05, y;

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 1.660 se autorizó al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir un convenio de préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) para financiar el Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, el cual consiste en las obras de readecuación de la red de desagües pluviales de la Cuenca del Arroyo Maldonado y medidas complementarias resultantes del Proyecto de Protección Contra Inundaciones, obras que se describen en el Anexo I de la citada ley;

Que con fecha 18 de mayo de 2006 el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscribió con el BIRF el Convenio de Préstamo N° 7.289-AR para financiar el programa mencionado;

Que la ley citada establece que las contrataciones y adquisiciones que se realicen en el marco del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires se regirán por las normas, condiciones y procedimientos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento relativas a adquisición de bienes y contratación de obras y por las normas de la misma institución relativas a contratación de servicios de consultoría, ambas de mayo de 2004;

Que en vista de las obras a ejecutarse y de las normas a aplicarse para seleccionar al contratista y adjudicar la contratación, es necesario llamar a licitación pública internacional;

Que las normas a las que remite la Ley N° 1.660 aconsejan la conveniencia de instrumentar un procedimiento en dos (2) etapas, en el cual, en la primera etapa se invita a las empresas interesadas a presentar antecedentes a fin de precalificar a los posibles licitantes en base a su capacidad y recursos para ejecutar satisfactoriamente las obras a contratarse, teniendo en cuenta su experiencia, antecedentes de cumplimiento respecto a contratos similares anteriores y la situación financiera de las firmas; y la segunda etapa mediante la cual se procede a licitar las obras únicamente entre quienes se encuentren precalificados por contar con la capacidad y recursos necesarios para la mejor ejecución de las obras;

Que en su oportunidad, mediante el Decreto N° 951/05, reglamentario de la Ley N° 1.660, se aprobó el documento de precalificación para la licitación de las obras de los túneles aliviadores del emisario principal del Arroyo Maldonado y obras complementarias y su respectivo anuncio específico de adquisiciones, autorizándose a la Dirección General de Compras y Contrataciones a realizar el pertinente llamado a precalificación sobre el documento aprobado, destinado a precalificar y preseleccionar a los licitantes, como procedimiento previo y obligatorio para participar de la licitación de las obras mencionadas, estableciéndose mediante dicho decreto que la mencionada Dirección General coordinara su actuación con la UECBA (Unidad Ejecutora de la Ciudad de Buenos Aires), de acuerdo a las funciones delegadas a ese organismo en virtud del artículo 2°, inciso a.1) del Decreto N° 35/02, consistentes en las atribuciones previstas por la Ley N° 93 y el Decreto N° 1.960/99 en su Anexo II, estableciéndose la misma delegación de atribuciones para dicha unidad respecto del programa aprobado por la Ley N° 1.660;

Que formando parte del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, por el expediente arriba citado, tramita el procedimiento de precalificación para la licitación de las obras de los túneles aliviadores del emisario principal del Arroyo Maldonado y obras complementarias y que en esas actuaciones consta el documento de precalificación, la aprobación del mismo, el llamado a precalificación, la realización de la correspondiente audiencia pública de conformidad a lo establecido por la Ley N° 123 y la concurrencia al acto de apertura de las solicitudes de precalificación por parte de las empresas o grupos de empresas que respondieron al llamado;

Que la Comisión de Evaluación y Seguimiento de los Procedimientos Licitatorios creada por Resolución conjunta N° 732-SHyF-SIyP/05, mediante su Acta N° 12 de fecha 24 de julio de 2006, se expidió proponiendo elevar al BIRF y remitir a consideración de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires el listado de empresas precalificadas;

Que el Decreto N° 403/06 creó la Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial (DGRBCOM), dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda, asignándole entre sus responsabilidades primarias la de ejercer las facultades previstas por la Ley N° 93 y su reglamentación para el Programa de Gestión del Riesgo Hídrico aprobado por la Ley N° 1.660 (Préstamo BIRF N° 7.289-AR) y que, en forma concordante con la norma anterior, el Decreto N° 1.149/06 aprobó el manual operativo del Programa de Gestión del Riesgo Hídrico de la Ciudad, el cual detalla las funciones, facultades, atribuciones y competencias de la mencionada Dirección;

Que dicho organismo cumplimentó el primero de los dos últimos actos administrativos mediante Nota DGRBCOM N° 66/06, recibiendo como respuesta del BIRF la no objeción solicitada mediante nota del 7 de agosto de 2006;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado debida intervención conforme lo establecido en la Ley N° 1.218;

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase la precalificación con la cual se llamará a la licitación de las obras de los túneles aliviadores del emisario principal del Arroyo Maldonado y obras complementarias, Convenio de Préstamo BIRF N° 7.289-AR, según el listado de empresas o grupos de empresas que se encuentran identificadas en el Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente.

Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Planeamiento y Obras Públicas y de Hacienda.

Artículo 3° - Dése a Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de internet de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a los Ministerios de Hacienda y de Planeamiento y Obras Públicas, a la Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial (DGRBCOM) para la prosecución de su trámite y notificación de la precalificación a las empresas o grupos de empresas que participaron del procedimiento.

ANEXO


ANEXOS

ANEXO
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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Dto. 2345-06 integra Dto. 951-05 Aprueba precalificación
INTEGRADA POR
Dto. 599-07 aprueba los pliegos de bases y condiciones e invita a las empresas precalificadas por Dto. 2345-06 a la presentación de ofertas en el marco de la Licitación Pública Internacional LPI-N° 1-07