DECRETO 7 2001

Síntesis:

CONFORMA LA UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE LA TRAZA DE LA EX AU3 - CREADA POR LA LEY N° 324 - CON ASIENTO EN LA AVENIDA CORDOBA 5652

Publicación:

18/01/2001

Sanción:

10/01/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto el Expediente N° 31.337/2000, la Ley N° 324, promulgada el 2 de Febrero del año 2000 (B.O.C.B.A. N° 876), y

CONSIDERANDO:

Que la implementación del Programa de Recuperación de la traza de la AU3 reviste cierta complejidad en virtud de las diversas problemáticas que abarca;

Que para lograr el cumplimiento de los objetivos de la citada Ley resulta indispensable el trabajo coordinado de diferentes organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que entre los organismos comprometidos debe existir una fluida relación con bases comunes de información para la planificación de acciones a realizar con, además, una adecuada programación y ejecución presupuestaria;

Que resulta de este modo imprescindible, y como punto de partida del Programa, la creación de una Unidad Ejecutora que coordine los esfuerzos de todas las áreas de este Gobierno que resulten comprometidas;

Que es de vital importancia para los vecinos contar con la localización concreta de la misma que les sirva de referencia y donde se les pueda brindar toda la información que resulte necesaria;

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA

CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Confórmese la Unidad Ejecutora del Programa de Recuperación de la traza de la ex AU3, creado por la Ley N° 324, con asiento en la Avda. Córdoba 5652.

Artículo 2° La Unidad Ejecutora estará integrada por representantes designados a tal fin de los siguientes organismos:

Secretaría de Hacienda y Finanzas

Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable

Secretaría de Planeamiento Urbano

Comisión Municipal de la Vivienda

Consejo del Plan Urbano Ambiental

Secretaría de Obras y Servicios Públicos

Secretaría de Promoción Social.

Artículo 3° Serán funciones de la Unidad Ejecutora la evaluación de alternativas y ejecución de acciones, proyectos y planes, destinados a cumplir los objetivos de la Ley N° 324, en forma coordinada entre los organismos integrantes de esta unidad, los distintos sectores de la población afectada y la Comisión definida en el artículo 3° de la mencionada ley.

Artículo 4° A los efectos del cumplimiento de sus funciones, la Unidad Ejecutora determinará su metodología de funcionamiento, distribuirá responsabilidades entre sus integrantes y solicitará a los respectivos organismos la cooperación necesaria para llevar adelante el Programa.

Artículo 5° La Comisión Municipal de la Vivienda destinará recursos propios para la financiación de la operatoria de créditos implementada en el Anexo I, inc. e) Primera Alternativa de la Ley N° 324, como así también para la construcción de viviendas nuevas y/o progresivas, en los predios transferidos por el Poder Ejecutivo mediante el procedimiento establecido en el artículo 13 de la ley mencionada.

Artículo 6° El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Hacienda y Finanzas, de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, de Planeamiento Urbano, de Obras y Servicios Públicos y de Promoción Social.

Artículo 7° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales, comuníquese a las Secretarías de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, de Planeamiento Urbano, de Obras y Servicios Públicos, y de Promoción Social, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Hacienda y Finanzas y a la Comisión Municipal de la Vivienda.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 3 del Decreto 359-10, deroga el Decreto 7/01.</p>
MODIFICADA POR
Dec 1027-01- Modifica art 2°, Dec 7-01-Integración de la Unidad Ejecutora del Programa de Recuperación de la Traza de la Ex AU3-Excluye a la Secretaría de Finanzas-Incluye a la Escribanía General
MODIFICADA POR
<p>Art. 27 de la Ley 3396, crea la Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex AU3, asumiendo las funciones desempeñadas hasta la fecha por la Unidad Ejecutora creada en virtud del Decreto 7-01, con su personal y patrimonio.</p>