DECRETO 769 2007
Síntesis:
APRUEBA EL TEXTO DEL CONVENIO DE MANTENIMIENTO Y MEJORAS A CELEBRARSE CON ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO Y DELEGA LA FACULTAD PARA SU SUSCRIPCIÓN A LA SUBSECRETARÍA DE DEPORTES
Publicación:
08/06/2007
Sanción:
30/05/2007
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Ordenanza N° 45.348, el Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416), el Expediente N° 47.688/02, y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza N° 45.348 se creó el programa "Convenios de Mantenimiento y Mejoras" de los Patios/Centros de Recreación Activa;
Que el referido programa se implementa mediante la suscripción de convenios de mantenimiento y mejoras con asociaciones cooperadoras e instituciones intermedias sin fines de lucro,
Que dichos convenios tienen por objeto el mantenimiento, conservación, refacción y limpieza de los Patios/Centros de Recreación Activa, y el aporte de los bienes y servicios que hagan al mejoramiento de los fines a que están destinados los mismos;
Que el Decreto N° 350/06 establece dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Deportes la de programar y desarrollar acciones integrales deportiva-recreativas dirigidas a la comunidad;
Que a su vez el precitado decreto determina que es responsabilidad primaria de la Dirección General de Coordinación de Recursos Deportivos dependiente de la Subsecretaría de Deportes, la administración de los campos deportivos y recreativos especiales asignados al ámbito de su competencia;
Que en virtud de la competencia reseñada la Subsecretaría de Deportes ha elaborado un proyecto tipo de convenio de mantenimiento y mejoras, para su celebración con las distintas entidades requirentes;
Que la Dirección General de Concesiones, dependiente del Ministerio de Hacienda intervino activamente, dentro del ámbito de competencia, en la elaboración del proyecto tipo de convenio de mantenimiento y mejoras, prestando conformidad al texto del mismo;
Que por otra parte y a fin de dar celeridad al trámite previsto en la Ordenanza N° 45.348, resulta necesario delegar en la Subsecretaría de Deportes la suscripción de los convenios de mantenimiento y mejoras de los Patios/Centros de Recreación Activa;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires tomó la intervención que le compete, aconsejando el dictado del presente acto administrativo;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1° - Apruébase el texto del convenio de mantenimiento y mejoras a celebrarse en el marco del régimen establecido por la Ordenanza N° 45.348, entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las distintas entidades sin fines de lucro, el cual como Anexo I se acompaña formando parte integrante del presente decreto.
Artículo 2° - Delégase en la Subsecretaría de Deportes, la facultad de suscribir los convenios de mantenimiento y mejoras establecidos en el artículo precedente.
Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por el señor Ministro de Hacienda.
Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Deportes y a la Dirección General de Concesiones. Cumplido, archívese.
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