RESOLUCIÓN 2989 2007 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES NROS. 3.464-SHYF-02 Y 120-SHYF-04 - CREA LA COMISIÓN CONSULTIVA PERMANENTE INTEGRADA POR REPRESENTANTES DESIGNADOS POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y LA OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES PARA REGLAMENTAR LOS FONDOS COMPENSADORES PARA TRASPLANTES DE ÓRGANOS Y POR PRESTACIONES DE ALTA COMPLEJIDAD MÉDICA PARA EL PERSONAL DEL GCBA - DESIGNA A LOS INTEGRANTES DE DICHA COMISIÓN - BORTHAGARAY - BARRAR - STOLBIZER - TRULOS - GONZÁLEZ MÉNDEZ - KUSKA - ROMERO - CRAVELLO - GALINA

Publicación:

02/11/2007

Sanción:

26/10/2007

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


Visto el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.721/97 (B.O. N° 341), ratificado por la Resolución N° 46/98 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y modificado por la Ley N° 19 (B.O. N° 439), la Resolución N° 2.804-SHyF/98 (B.O. N° 459) y modificatorias, las Resoluciones N° 3.464-SHyF/02 (B.O. N° 1554) y N° 120-SHyF/04 (B.O. N° 1870) y el Registro N° 710-DGTALMH/07 y agregados, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° del decreto citado se instituye, en forma genérica, un fondo compensador para todo el personal dependiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando a su vez comprendidos las entidades y los funcionarios y agentes activos y pasivos indicados en su artículo 2°;

Que, en dicho contexto, en sus artículos 8° a 11 instituye sendos fondos compensadores por los siguientes conceptos, respectivamente: por fallecimiento del agente del Gobierno de la Ciudad, por fallecimiento de un familiar del agente del Gobierno de la Ciudad, por trasplante de órganos para el agente del Gobierno de la Ciudad y familiares a su cargo y para cubrir prestaciones de alta complejidad médica que requieran el agente del Gobierno de la Ciudad y familiares a su cargo;

Que por el artículo 24 del mencionado decreto se faculta a la por entonces Secretaría de Hacienda y Finanzas, hoy Ministerio de Hacienda, a dictar las normas reglamentarias y complementarias para la ejecución de la norma referida;

Que por Resolución N° 2.804-SHyF/98 se establecieron las normas reglamentarias para la determinación y eventual liquidación de los pagos de las coberturas a través de los fondos compensadores para trasplantes de órganos y por prestaciones de alta complejidad médica, previstos respectivamente en los artículos 10 y 11 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.721/97, fijándose, además, un Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad y Trasplantes;

Que sucesivas normas fueron actualizando el referido nomenclador, con fundamento en la variación de los precios testigos y en la necesidad de incorporar nuevas prestaciones y eliminar otras;

Que mediante la Resolución N° 3.464-SHyF/02 se creó una Comisión para que, sobre la base de la evaluación mensual de los precios de mercado y las modificaciones en los protocolos de tratamiento, propusiera a la entonces Secretaría de Hacienda y Finanzas los cambios y actualizaciones necesarios en el citado Nomenclador Indicativo;

Que por Resolución N° 120-SHyF/04 se disolvió la referida comisión y transfirieron sus objetivos a la ex Dirección de Medicina del Trabajo, dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos;

Que la Obra Social de la Ciudad de Buenos (Ob.SBA) ha solicitado la constitución de un equipo técnico dedicado al estudio de la problemática actual de los fondos compensadores creados por los artículos 10 y 11 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.721/97, sugiriendo sus integrantes en representación de dicha institución;

Que, compartiendo este Ministerio la indicada iniciativa, se propicia el dictado de la presente, a los efectos de crear una comisión de carácter permanente, con representantes de la Obra Social y de este Ministerio, tendiente a que, en una primera instancia y a través de un enfoque multidisciplinario, realice un análisis exhaustivo de las variables referidas a los fondos compensadores referenciados, tanto desde el punto de vista cuantitativo como cualitativo, y confeccione una propuesta concreta para su consideración por parte de esta jurisdicción;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 24 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.721/97,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1° - Déjanse sin efecto las Resoluciones N° 3.464-SHyF/02 y N° 120-SHyF/04.

Artículo 2° - Créase una Comisión Consultiva de carácter permanente integrada por representantes designados por el Ministerio de Hacienda y la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.SBA), la que se reunirá en forma obligatoria ante el requerimiento del Ministerio de Hacienda o de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.SBA).

Artículo 3° - La comisión creada por el precedente artículo 2° evaluará los precios de mercado y las modificaciones en los protocolos de tratamiento y, en su caso, propondrá por unanimidad de sus miembros los cambios y las actualizaciones necesarios que regirán sobre las prestaciones médico asistenciales, insumos y medicamentos y sus respectivos valores de referencia contenidos en las prestaciones previstas en los artículos 10 y 11 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.721/97, como así también sobre los aspectos reglamentarios que estime oportunos,

Artículo 4° - Integran la referida comisión, en representación del Ministerio de Hacienda, el Dr. Adrián Salvador Borthagaray, DNI 13.736.547, la Lic. María Jorgelina Barrar DNI 21.500.277, el Dr. Jorge Stolbizer, DNI 7.837.272, la Cont. Mónica Trulos; DNI 14.634.446, y el Dr. Luis González Méndez, DNI 11.813.561, y en representación de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, el Dr. Jorge Kuska, DNI 12.348.172, el Prof. Daniel Romero, DNI 11.574.315, el Cont. Carlos Cravello, LE 8.659.459, y el Dr. Carlos Galina, DNI 11.849.894.

Artículo 5° - Convócase a la citada comisión para que durante el mes de noviembre próximo elabore una propuesta en los términos del artículo 3° de la presente resolución.

Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Banco Ciudad de Buenos Aires y a la Dirección General de Recursos Humanos y, para su conocimiento y demás fines, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 5 de la Resolución 866-MHGC-14, deja sin efecto la Resolución 2989-MHGC-07 y sus modificatorias.</p>
MODIFICADA POR
Res. 1477-MHGC-13 en su art. 2° modifica art. 4° de la Res 2989-MHGC-07, integrantes de la Comisión Consultiva.
MODIFICADA POR
Res 3101-MHGC-08-Modifica art 4°, Res 2989-MHGC-08-Modifica integración de la Comisión Consultiva Permanente-García-Pardo-Barra-Rey-Vincent-Cravello-Fondos compensadores
MODIFICADA POR
La Resolución 102-MHGC-11 modifica el artículo 4° de la Resolución 2989-MHGC-07
DEROGA
Res. 2989-07 deja sin efecto la Res. 3464-02
INTEGRA
Res. 2989-07, Art. 3° establece que una Comisión Consultiva propondrá la determinación de precios y las modificaciones reglamentarias pertinentes a los Arts. 10 y 11 del DNYU 1721-97, reglamentados por Res. 2804-98
DEROGA
Res. 2989-07 deja sin efecto la Res. 120-04