DECRETO 1535 2007
Síntesis:
SE INCLUYEN CAUSALES DE LICENCIAS EN EL DECRETO N° 236-01 Y SUS MODIFICATORIOS - PLANTAS TRANSITORIAS - PROGRAMAS Y PROYECTOS DE ÁREAS EDUCATIVAS - EDUCACIÓN - LICENCIAS POR ADOPCIÓN
Publicación:
07/11/2007
Sanción:
02/11/2007
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 36.533/02, y
CONSIDERANDO:
Que por las mencionadas actuaciones tramita la propuesta de incorporación del inciso d), del artículo 70 del Estatuto del Docente a las disposiciones de creación y prórroga de las plantas transitorias destinadas a programas y proyectos de Áreas educativas;
Que en los Anexos del Decreto N° 236/01 se omitió consignar la causal de licencia contemplada por el citado inciso y, por lo tanto, la misma permanece excluida en las prórrogas, modificatorias y/o ampliatorias dispuestas mediante los Decretos N° 2.188/01, N° 57/04, N° 948/04, N° 1.432/04, N° 120/05, N° 457/05, N° 1.681/05 y N° 73/06;
Que ante la circunstancia indicada, la Dirección General de Planeamiento se ha expedido propiciando la incorporación del inciso d) del artículo 70 del Estatuto del Docente a las demás causales de licencia que forman parte de las reglas aplicables a tales plantas transitorias;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, en uso de las facultades conferidas mediante los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1° - Inclúyese a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, entre las causales de licencias enunciadas en los Anexos del Decreto N° 236/01 y sus prórrogas, modificatorios y ampliatorios, la prevista en el inciso d) del artículo 70 del Estatuto del Docente (Ordenanza N° 40.593).
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y por el señor Ministro de Hacienda.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Subsecretarías de Educación y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria y a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, de Planeamiento y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese.