DECRETO 1451 2007

Síntesis:

SE PRORROGA LA PLANTA TRANSITORIA DOCENTE PARA ATENDER LOS DIFERENTES PROGRAMAS Y PROYECTOS DE LAS ÁREAS EDUCATIVAS

Publicación:

24/10/2007

Sanción:

12/10/2007

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto los Decretos N° 111/07 y N° 112/07 (B.O.C.B.A. N° 2615) y sus modificatorios Decretos Nros. 618/07 y 883/07, por el cual se crea, readecua y se amplía respectivamente, para el año 2007 la Planta Transitoria Docente y de Asistentes Celadores para atender los programas que tiene a su cargo el Ministerio de Educación, las Resoluciones Nros. 1.303-MEGC/07, 1.771-MEGC/07 y 2.736-MEGC/07 por las cuales se reasigna la dotación, y el Expediente N° 62.942/07, y

CONSIDERANDO:

Que la educación es un eje fundamental de las políticas públicas;

Que es indispensable garantizar los diferentes programas y proyectos de las áreas educativas que se vienen desarrollando a través de las Planta Transitoria Docente;

Que en tal sentido y a fin de no resentir el mecanismo dinámico y eficiente que brinda este tipo de prestación se hace necesario disponer la continuidad de los recursos humanos que permitan asegurar el normal desenvolvimiento de las actividades;

Que en virtud de lo expuesto es pertinente establecer en forma automática la prórroga anual de la planta transitoria docente del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Prorrógase anualmente, a partir del 1° de enero de 2008, la Planta Transitoria Docente para atender los diferentes programas y proyectos de las distintas áreas educativas que tiene a su cargo el Ministerio de Educación, creadas por Decretos N° 111/07 y N° 112/07 y sus modificatorios Decretos Nros. 618/07 y 883/07, las Resoluciones Nros. 1.303-MEGC/07, 1.771-MEGC/07 y 2.736-MEGC/07, conforme se detalla en los Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII, que a todos sus efectos forman parte integrante del presente decreto.

Artículo 2° - Facúltase a el/la Ministro/a de Educación a designar y cesar al personal comprendido en el presente decreto y a reasignar la Planta Transitoria Docente conforme a la política educativa.

Artículo 3° - El Ministerio de Educación deberá remitir copia autenticada de las resoluciones de designación y/o cese del personal comprendido en el presente decreto, a la Dirección General de Recursos Humanos para la liquidación de los haberes correspondientes y demás efectos.

Artículo 4° - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma, será afectado a la Jurisdicción 55, Inciso 1, Partida Principal 2 y a los Programas, Subprogramas y Actividades que se detallan en los Anexos.

Artículo 5° - El presente decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y el señor Ministro de Hacienda.

Artículo 6° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Coordinación Financiera y Contable (Ministerio de Educación) y de Recursos Humanos (Ministerio de Hacienda). Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

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ANEXO II

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ANEXO III

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ANEXO IV

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ANEXO V

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ANEXO VI

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ANEXO VII

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dec. 1451-07 Prorroga anualmente, a- p 01-01-08 la Planta Transitoria Docente, modifica Dec. 887-07
MODIFICADA POR
Dec. 236-07 Incluye entre las causales de licencias enunciadas en los Anexos del Dec. 1451-07 y sus modificatorios, la prevista en el inciso d) del art. 70 del Estatuto del Docente
MODIFICADA POR
Dto. 127-08 sustituye los Anexos I, II, III, IV, VI y VII del Dto. 1451-07
MODIFICADA POR
Dto. 206-08 sustituye los Anexos del Art. 1° del Dto. 1451-07
MODIFICADA POR
Dec. 1322-08 Prorroga la planta Docente aprobada por 1451-07
REFERENCIADA POR
Dec. 23-09 El vetado proyecto de ley 2994, refiere al Dec. 1451-07