LEY 2696 2008
Síntesis:
COLOCACIÓN DE CARTEL INFORMATIVO - OBLIGATORIEDAD DE COLOCAR EN TODOS LOS COMERCIOS Y LUGARES DE ATENCIÓN AL PÚBLICO - LEYENDA - INSCRIPCIÓN - ANTE CUALQUIER DUDA O RECLAMO DIRIGIRSE A LA DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR
Publicación:
13/06/2008
Sanción:
15/05/2008
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
06/06/2008
Artículo 1°.- Se establece la obligatoriedad de colocar en todos los comercios y lugares de atención al público, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un cartel en lugar visible, con la inscripción SR. CONSUMIDOR ANTE CUALQUIER DUDA O RECLAMO DIRIJASE A LA DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR, en el cual consten la dirección y los teléfonos de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, o el organismo que la reemplace en el futuro.
Art. 2°.- Deróguese la ordenanza 50.593 y 51.115.
Art. 3°.- El régimen procedimental aplicable es el establecido en la Ley N° 757 - Procedimiento Administrativo para la Defensa del Consumidor y del Usuario - (B.O.C.B.A. N° 1432).
Art. 4°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez.