RESOLUCIÓN 197 2008 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
ESTABLECE PROCEDIMIENTO EN EL RÉGIMEN DEL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS EN LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - PUNTUALIDAD - RÉGIMEN DE CONTROL DE AUSENTISMO - HORARIO DE INGRESO Y EGRESO - PRESENTISMO - AGENTES - PLANTA PERMANENTE - CONTRATADOS - EMPLEO PÚBLICO - RELACIÓN DE DEPENDENCIA - LOCACIÓN DE SERVICIOS - APRUEBA MODELO DE PLANILLA DE ASISTENCIA - PLANILLA DE FIRMAS - JUSTIFICACIÓN DE FALTAS - LLEGADAS TARDE - COMPENSACIÓN
Publicación:
18/11/2008
Sanción:
12/11/2008
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO:
La Ley N° 471 (BOCBA N° 1026) y sus normas reglamentarias y complementarias, el Decreto N° 710/GCABA/97, el Decreto N° 2141/GCABA/99, el Expediente N° 66.453/08, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley 471 implementa procedimientos en materia de relaciones laborales para el ámbito de la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y entre sus principios generales se establece la asignación de funciones adecuadas a los recursos disponibles, el ejercicio de éstas sobre las base de objetivos acordados, eficiencia y eficacia en la prestación del servicio, el establecimiento de programas de capacitación laboral y profesional integrales y específicos para la función;
Que, el Decreto N° 710/GCABA/97 estableció el régimen de control de presentismo, la firma de planillas de asistencia, el control del ausentismo, la planilla de registro de firmas, y la justificación de faltas, y determinó que cada una de las Secretarías y Entes del Poder Ejecutivo debe establecer un mecanismo destinado al control de presentismo, puntualidad y permanencia del personal con desempeño en cada una de las dependencias que conforman las mismas y que resulte adecuado a las propias modalidades de trabajo de cada una de ellas;
Que, mediante el Decreto N° 2141/GCABA/99, se estableció que los funcionarios que desempeñan niveles de Dirección o responsabilidades similares, tienen a su cargo el control de asistencia y puntualidad de los agentes que les dependen jerárquicamente.
Por ello,
EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO
RESUELVE:
Artículo 1°.- Apruébase el modelo de planilla de asistencia, que como Anexo forma parte integrante de la presente, para todo el ámbito de la Secretaría Legal y Técnica, en la cual deberá consignarse el horario de ingreso y egreso de los agentes al lugar de desempeño, en forma correlativa y por orden de llegada. En caso de ausentarse momentáneamente, los agentes deberán registrar el egreso y posterior reingreso a efectos de tener un control en función de la seguridad del personal, en razón de evitar inconvenientes con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo ART.-
Artículo 2°.- Desígnase al Área de Personal de la Dirección General Técnica y Administrativa como la unidad de control de asistencia y puntualidad del personal.
Artículo 3°.- Establécese en quince (15) minutos el margen de tolerancia para el horario de ingreso; superado ese margen, y hasta los treinta (30) minutos, se considerará la posibilidad de compensar, una vez finalizada la jornada laboral. Pasados los treinta (30) minutos, y sin haber compensado, se considerará medio día de ausentismo, y transcurridos sesenta (60) minutos, la unidad de organización, de no existir comunicación del agente, considerará ausente para dicha jornada.-
Artículo 4°.- La unidad de control de asistencia y puntualidad designada por el artículo 2°, elevará un informe asistencial a la Dirección General Técnica y Administrativa, detallando los ausentes, llegadas tardes y justificativos del personal que se encuentre en relación de dependencia, contratos de tiempo determinado (Decreto N° 948/GCABA/05 y Resolución N° 959/MHGC/07) y contratos de locación de servicios.
Artículo 5°.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica y Administrativa. Cumplido, archívese.