RESOLUCIÓN 4271 2008 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
SE ESTABLECE LA METODOLOGÍA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS DE CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA Y DE SERVICIOS - ACTAS - RÉGIMEN - PROVISORIA - DEFINITIVA - PROCEDIMIENTO - REQUISITOS - CONTRATACIÓN - SERVICIOS PÚBLICOS
Publicación:
31/12/2008
Sanción:
24/12/2008
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
la Ley N° 2.809, los Decretos N° 948/08, N° 1.123/08 y N° 1.312/08 y la Nota N° 8146-MHGC-08 y;
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.809 se establece el régimen de redeterminación de precios aplicable a los contratos de obra pública regidos por la Ley N° 13.064 y sus modificatorias y a los contratos de locación de servicios y de servicios públicos que expresamente lo establezcan;
Que el Decreto N° 948/08 facultó a los/as Ministros/as y Secretarios/as del Poder Ejecutivo y titulares de reparticiones con rango o nivel equivalente de las respectivas Jurisdicciones comitentes, para aprobar las redeterminaciones de precios que deban efectuarse en los contratos de obra pública y servicios de mantenimiento regidos por la Ley N° 13.064, cualquiera sea el monto de la adjudicación y la autoridad que la hubiera autorizado o aprobado los pliegos respectivos, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2/03 y en el Decreto N° 70/03, su reglamentación o normativa que en el futuro los reemplace;
Que, en tal contexto, por el Decreto N° 1.123/08 se delegó en los mismos funcionarios, la competencia para aprobar las redeterminaciones provisorias de precios que deban ser efectuadas en los contratos de locación de servicios públicos y de servicios que tuvieran previsto un coeficiente de variación de referencia o locución de contenido semejante que habiliten el procedimiento de redeterminación de los precios en ellos estipulados;
Que mediante el artículo 2° del Decreto N° 1.312/08, reglamentario de la citada Ley, se encomendó al titular de este Ministerio la aprobación de una Metodología de Redeterminación de Precios acorde a lo legalmente aprobado y a las pautas generales expresamente establecidas para la elaboración de dicha tarea.
Por ello y conforme lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 1.312/08,
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1°.- Establécese la âMetodología de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Serviciosâ, aplicable a los precios de los contratos de acuerdo con las pautas dispuestas por la Ley N° 2.809 y su reglamentación.
Artículo 2°.- A los efectos del procedimiento de redeterminación provisoria de precios, conforme el artículo 6° del Anexo del Decreto N° 1.312/08, deberán cumplimentarse los requisitos establecidos en el ANEXO I que se adjunta a la presente y, como tal, forma parte integrante de la misma.
Artículo 3°.- A los efectos del procedimiento de redeterminación definitiva de precios, deberán cumplimentarse los requisitos establecidos en al ANEXO II que se adjunta a la presente y, como tal, forma parte integrante de la misma.
Artículo 4°.- A los efectos de la aplicación de las Cláusulas Transitorias 1° y 2° de la Ley N° 2.809, deberán cumplimentarse los requisitos establecidos en al ANEXO III que se adjunta a la presente y, como tal, forma parte integrante de la misma.
Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Subsecretaría de Gestión Operativa y a la Dirección General de Redeterminación de Precios, ambas dependientes de este Ministerio. Cumplido, archívese.
NOTA: El Anexo de la presente puede verse en la Separata del BO 3087