RESOLUCIÓN 329 2009 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
CREA EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD EL PROGRAMA DE IDENTIFICACIÓN Y ALOJAMIENTO PROVISORIO DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES - PROCEDIMIENTOS A OBSERVAR EN LOS CASOS DE DETENCIÓN DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES IMPUTADOS DE LA COMISIÓN DE UN DELITO - APRUEBA EL MANUAL OPERATIVO OBLIGATORIO DEL PROGRAMA - DETENCIÓN - ENCARCELAMIENTO - PRISIÓN - NIÑO - DERECHOS HUMANOS - MENORES DE EDAD - PROTECCIÓN - JUZGAMIENTO - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD- IMPUTADOS EN DELITOS - POLICÍA METROPOLITANA - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA - MISIONES Y FUNCIONES - PERSONAL - CÁRCEL
Publicación:
16/04/2009
Sanción:
14/04/2009
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO: La Convención de los Derechos del Niño (Ley 23.849), la Constitución de la Nación Argentina, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño, la Declaración de los Derechos del Niño, las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores (Reglas de Beijing), las Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil, las Reglas mínimas de las Naciones Unidas sobre las medidas no privativas de la libertad (Reglas de Tokio), la Ley de Protección Integral de Niños y Adolescentes (Ley 114 y 26.061), el Régimen Penal Juvenil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley 2.146), la Ley 2.506, los Decretos Nos. 2.075/07 y 2077/07, y
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 2.506 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se ha previsto que dentro de las funciones del Ministerio de Justicia y Seguridad se encuentran la de elaborar e implementar políticas que garanticen las condiciones para el ejercicio de los derechos de las personas y la de coordinar y articular las relaciones con el Poder Judicial, respectivamente;
Que, mediante el Decreto N° 2.075/07 se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.077/07 se designó al Dr. Daniel Agustín Presti (DNI N° 20.174.124), a partir del 10 de diciembre de 2007, como Subsecretario de la Subsecretaría de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que, el Artículo 37 de la Convención de los Derechos del Niño establece que la detención, encarcelamiento o la prisión de un niño se llevará a cabo de conformidad con la ley;
Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha contextualizado que la forma en que se trata a un detenido debe estar sujeta al escrutinio más estricto, tomando en cuenta la especial vulnerabilidad de aquél, función estatal de garantía que reviste de particular importancia cuando el detenido es un menor de edad;
Que, la Fiscalía General del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la Resolución FG N° 337/08, reflejó la preocupación por elevar el estándar de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes;
Que, con fecha 29 de diciembre de 2008, el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 7 dictó sentencia en el caso judicial N° 42117/08 caratulado âMinisterio Público Fiscal, Justicia Penal, Contravencional y de Faltas s/ inf. Art. 23.098 L.N. (habeas corpus) ordenando el cese de la restricción de libertad en sede policial, de niños, niñas y adolescentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, en este contexto se estima conveniente implementar un Programa tendiente a la Identificación y Alojamiento Provisorio de Niños, Niñas y Adolescentes, el que respete el paradigma de la protección integral de la niñez y la adolescencia, y promueva y proteja el cumplimiento de los Derechos de todos los niños, niñas y adolescentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el presente Programa es creado a fin de contribuir a un mejor sistema de juzgamiento de los jóvenes a los que se le imputa la comisión de algún delito, en atención a que la detención de los mismos debe ser practicada sin dejar de lado el respeto por los derechos de las personas objeto de la imputación;
Que, dicho Programa resulta necesario a efectos de la adecuada implementación del conjunto de normas que regulan la protección integral señalada, ello, en el marco de derechos y garantías de los menores tutelados;
Que, deviene asimismo necesaria la aprobación de un Manual Operativo Obligatorio para la puesta en práctica del referido Programa, el cual tendrá por finalidad disponer la operatividad y debida capacitación de las personas encargadas en el desempeño de su cometido.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley 2.506 y el Decreto N° 2.075-GCBA/07,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1°.- Créase en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad el Programa de Identificación y Alojamiento Provisorio de Niños, Niñas y Adolescentes, para la implementación de los procedimientos a observar en los casos de detención de niños, niñas y adolescentes imputados de la comisión de un delito en la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Apruébase el Manual Operativo Obligatorio del Programa creado en el Artículo 1°, que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 3°.- Apruébanse los formularios de Carátula, Ficha de Ingreso, Ficha de Egreso y Modelo de Informe Médico, que como Anexo II forma parte de la presente
Artículo 4°.- Delégase en el Subsecretario de Justicia la supervisión del cumplimiento del Programa y la designación de los responsables del mismo.
Artículo 5°.- Señálase que la ejecución del Programa creado por el Artículo 1° estará a cargo de la Subsecretaría de Justicia hasta tanto la Policía Metropolitana se encuentre en condiciones operativas de asumir la misma.
Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Justicia. Cumplido, archívese.
ANEXOS
NOTA: El Anexo de la presente puede consultarse en el BO 3155, del 16-4-2009