DECRETO 257 2009

Síntesis:

SE ESTABLECE QUE EL COMICIO CONVOCADO PARA EL DÍA 28 DE JUNIO DE 2.009 SE EFECTUARÁ CON SUJECIÓN A LA LEY NACIONAL 15.262 DE SIMULTANEIDAD DE ELECCIONES - VOTO - VOTACIÓN - ELECCIÓN SIMULTÁNEA - CONVOCATORIA - LLAMADO - 28-6-09 - LEGISLADORES - DIPUTADOS

Publicación:

03/04/2009

Sanción:

31/03/2009

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: el Decreto N° 183/GCBA/2009, el Decreto 230/PEN/2009, la Ley Nacional N° 15.262, la Ley Nacional N° 19.945 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que, el Poder Ejecutivo Nacional ha dispuesto fijar por Decreto 230/2009, para el día 28 de junio de 2008, la convocatoria a elecciones de Diputados Nacionales en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 53 del Código Nacional Electoral;

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispuso por Decreto N° 183/GCBA/2009 convocar al electorado de la Ciudad para que el día 28 de junio de 2009, elija Diputados/as para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad;

Que en este marco, el Poder Ejecutivo puede disponer que la elección se realice con sujeción a la Ley Nacional N° 15.262, atento a que las fechas de ambas convocatorias resultan coincidentes;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1° - El comicio convocado para el día 28 de junio de 2009, en virtud de lo dispuesto por Decreto N° 183/GCBA/2009, se efectuará con sujeción a la Ley Nacional 15.262 de simultaneidad de elecciones.

Artículo 2° - Hágase saber a los efectos pertinentes al Poder Ejecutivo Nacional, por conducto del Ministerio del Interior de la Nación, los términos del Decreto N° 183/GCBA/2009 y del presente.

Artículo 3° - El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4° - Dése al registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1, para su conocimiento y demás efectos, y pase a la Dirección General Electoral a los fines de cumplimentar las notificaciones del caso.

NOTA: La presente norma hace referencia al Dto Nacional 230-09, publicado en el BORA 31623, del 27-3-2009

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art 1 del Dto 257-09 establece que el comicio convocado en virtud de lo dispuesto por Dto 183-09 se efectuará con sujeción a la Ley Nacional 15.262 de simultaneidad de elecciones - Art 2 hace saber al Poder Ejecutivo Nacional, por conducto del Ministerio del Interior de la Nación, los términos del Decreto N° 183-09</p>
REGLAMENTADA POR
Acordada Electoral 1-TSJ-07 aprueba pautas reglamentarias de los comicios para autoridades legislativas nacionales convocados para el 28-06-09 mediante dec. 257-09