DECRETO 257 2009
Síntesis:
SE ESTABLECE QUE EL COMICIO CONVOCADO PARA EL DÍA 28 DE JUNIO DE 2.009 SE EFECTUARÁ CON SUJECIÓN A LA LEY NACIONAL 15.262 DE SIMULTANEIDAD DE ELECCIONES - VOTO - VOTACIÓN - ELECCIÓN SIMULTÁNEA - CONVOCATORIA - LLAMADO - 28-6-09 - LEGISLADORES - DIPUTADOS
Publicación:
03/04/2009
Sanción:
31/03/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: el Decreto N° 183/GCBA/2009, el Decreto 230/PEN/2009, la Ley Nacional N° 15.262, la Ley Nacional N° 19.945 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que, el Poder Ejecutivo Nacional ha dispuesto fijar por Decreto 230/2009, para el día 28 de junio de 2008, la convocatoria a elecciones de Diputados Nacionales en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 53 del Código Nacional Electoral;
Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispuso por Decreto N° 183/GCBA/2009 convocar al electorado de la Ciudad para que el día 28 de junio de 2009, elija Diputados/as para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad;
Que en este marco, el Poder Ejecutivo puede disponer que la elección se realice con sujeción a la Ley Nacional N° 15.262, atento a que las fechas de ambas convocatorias resultan coincidentes;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1° - El comicio convocado para el día 28 de junio de 2009, en virtud de lo dispuesto por Decreto N° 183/GCBA/2009, se efectuará con sujeción a la Ley Nacional 15.262 de simultaneidad de elecciones.
Artículo 2° - Hágase saber a los efectos pertinentes al Poder Ejecutivo Nacional, por conducto del Ministerio del Interior de la Nación, los términos del Decreto N° 183/GCBA/2009 y del presente.
Artículo 3° - El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4° - Dése al registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1, para su conocimiento y demás efectos, y pase a la Dirección General Electoral a los fines de cumplimentar las notificaciones del caso.
NOTA: La presente norma hace referencia al Dto Nacional 230-09, publicado en el BORA 31623, del 27-3-2009