DISPOSICIÓN 1205 2001 SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO

Síntesis:

PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE PERMISOS DE EJECUCIÓN DE INSTALACIONES SANITARIAS. FORMULARIOS

Publicación:

19/07/2001

Sanción:

11/07/2001

Organismo:

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO


Visto el Decreto N° 718-2001 por el cual se reglamenta la aplicación de las Leyes Nros. 160 y 292 de Instalaciones Sanitarias en los edificios de la Ciudad, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario definir procedimientos de administración que posibiliten la aplicación de las Leyes Nros. 160 y 292 y su Decreto Reglamentario N° 718-2001 estableciendo con claridad tiempos, modalidades y documentación a presentar para su cumplimiento;

Que la Dirección Control de Instalaciones de esta Dirección General es el área técnica de competencia en el proceso de fiscalización de este tipo de instalaciones;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL

DE FISCALIZACION DE OBRAS Y CATASTRO DISPONE:

Artículo 1° - Para obtener permiso de ejecución de las instalaciones sanitarias para un edificio nuevo, o uno existente a ampliarse o modificarse total o parcialmente, deberá presentarse ante la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo la siguiente documentación:

1. Solicitud de permiso rubricada por Profesional y Propietario.

2. Encomienda de Tareas expedida por el Consejo Profesional respectivo.

3. Comprobante del Pago de los Derechos de Registro y Fiscalización correspondientes a las instalaciones proyectadas.

4. La documentación técnica del proyecto se conformará de la siguiente manera:

a) Plano del proyecto en film polyester o tela parafinada y 4 (cuatro) copias.

El primero y al menos 1 (una) copia de las solicitadas debe rán dibujarse con los colores convencionales.

b) En el rótulo deberán constar las rúbricas del Propietario,

Director de Obra y del Instalador interviniente.

Artículo 2° - Cuando se presente documentación correspondiente a modificaciones de las Instalaciones Sanitarias de un legajo ya iniciado ante la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, podrá incorporarse ésta al legajo respectivo en forma directa, de acuerdo al procedimiento establecido en el Artículo 45 del Decreto N� 1.510 de Procedimientos Administrativos.

La documentación requerida se conformará del nuevo proyecto y la nota de solicitud de registro respectiva.

Artículo 3° - La documentación Final de Obra correspondiente a las Instalaciones Sanitarias de un edificio se conformará de la siguiente manera:

a) Plano de la instalación ejecutado en film polyester o tela parafinada y 4 (cuatro) copias; el primero y al menos 1 (una) copia de las solicitadas deberán dibujarse con colores convencionales.

b) Declaración Jurada de Finalización de Obra por duplicado.

Artículo 4° - Para la aplicación del Artículo 16 del Decreto N� 718-2001 se considerarán obras en ejecución aquellas cuyos propietarios, a la fecha de su vigencia, no hayan efectuado la Declaración Jurada de Finalización de Obra ante la Dirección General de Rentas y Empadronamiento Inmobiliario, según Resolución N� 4.644-DGRyEI/97 - B.O.C.B.A. N� 344).

En estos casos la documentación referente a las Instalaciones Sanitarias realizadas se presentarán por Expediente ante la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3° de la presente Disposición, aclarándose que dicha presentación se realiza en cumplimiento del Artículo 16 del Decreto N� 718-2001.

Artículo 5° - Establécense como ANEXOS a la presente Disposición los formularios tipo correspondientes a:

a) Solicitud de Visado previo, y

b) Solicitud de Permiso de Instalación, ambas con el timbre respectivo.

c) Aviso de Registro de planos de obra civil.

d) Liquidación de Derechos de Registro y Fiscalización de Instalaciones Sanitarias.

e) Aviso de Instalaciones Sanitarias a soterrarse.

f) Declaración Jurada de Finalización de Instalaciones Sanitarias.

Artículo 6° - Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial y para su conocimiento gírese por nota a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. D'Andrea


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 1236

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Disposición 1205-SPU-01 establece procedimiento para obtener permiso de ejecución de las instalaciones sanitarias para un edificio nuevo, en el marco de lo reglamentado por Decreto 718-01.</p>
REFERENCIADA POR
Procedimiento para la obtención de permisos de instalaciones sanitarias