CONVENIO 27 2001

Síntesis:

CONVENIO DE COLABORACIÓN CELEBRADO CON EL INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACIÓN (IRAM) REFERENTE AL ESTUDIO DE NORMAS Y CERTIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL G.C.B.A.

Publicación:

24/07/2001

Sanción:

17/07/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


CONVENIO N° 27

CONVENIO CELEBRADO CON EL INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACION (IRAM) REFERENTE AL ESTUDIO DE NORMAS Y CERTIFICACION DE BIENES Y SERVICIOS DEL G.C.B.A.

Entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante GCBA con domicilio en Avenida de Mayo 525 de esta ciudad, representada por el señor Jefe De Gobierno, Doctor Aníbal Ibarra, por una parte, y el Instituto Argentino de Normalización, en adelante IRAM, con domicilio en la calle Perú 552/556 de esta ciudad, representado por el Señor Presidente, Ingeniero Mario Giadorou, por la otra parte, acuerdan celebrar el presente Convenio que se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El objeto de este Convenio es la cooperación entre las instituciones arriba mencionadas en temas de interés común. Las partes se comprometen a concretar acciones conjuntas tendientes al estudio de normas y la certificación de los bienes y servicios, de uso común y repetitivo utilizados por los distintos organismos dependientes del GCBA.

SEGUNDA: Dicho Convenio se suscribe dentro del marco de la Ordenanza N° 40.361/85 y del Decreto N° 2.120/99.

TERCERA: El IRAM se compromete a:

a) Asesorar a organismos del GCBA, por intermedio de la Dirección de Control y Normatización dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones, en todo lo relacionado con la Normalización y Certificación de Sistemas de Gestión, Productos y Servicios.

b) Estudiar normas IRAM de Productos y Servicios, en caso de que estas no existan, y sean requeridas por el GCBA.

c) Actualizar normas IRAM a sugerencia del GCBA.

d) Facilitar las normas IRAM de Productos y Servicios certificados por el IRAM y adquiridos por dependencias del GCBA.

e) Informar periódicamente al GCBA sobre las empresas y productos que tengan Sello IRAM o Certificación IRAM.

f) Realizar charlas y conferencias sobre Normalización y Certificación en dependencias del GCBA, a sugerencia de éstas.

g) Organizar cursos de Capacitación sobre Sistemas de Gestión y Evaluación de la Conformidad a sugerencia del GCBA.

h) Estudiar en forma conjunta con el GCBA guías de compra específicas de productos y servicios cuando sean requeridas.

i) Entregar al GCBA el Catálogo de Normas IRAM y sus actualizaciones periódicamente.

j) Mantener informado al GCBA sobre las actividades del IRAM relacionadas con áreas de su interés.

CUARTA: El GCBA se compromete a:

a) Promover a través de las licitaciones de compra y contrataciones del GCBA, la utilización de las normas y certificaciones del IRAM de Productos, Procesos, Servicios y Sistemas de Gestión, con el objeto de:

- salvaguardar la salud, seguridad y la protección del medio ambiente para beneficio de los consumidores;

- estimular la competencia leal entre los proveedores, al establecer bases comunes para evaluar la calidad de los Productos, Procesos, Servicios y Sistemas de Gestión de las ofertas;

- utilizar el poder de compra del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para generar condiciones con vistas a mejorar la calidad y competitividad de la industria nacional.

b) Comunicar al IRAM las distintas normas legales del GCBA.

c) Mantener informado periódicamente al IRAM sobre la actualización del Catálogo General de Efectos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

d) Propiciar el pedido del estudio de normas IRAM, en el caso de Productos y Servicios que no cuenten con las mismas, y resulten necesarias o requeridas.

e) Gestionar la actualización de normas IRAM de acuerdo a necesidades actuales.

f) Organizar charlas, conferencias o cursos conjuntamente con el IRAM sobre los beneficios de utilización y aplicabilidad de las normas dentro del circuito de compras.

QUINTA: La coordinación y el seguimiento del presenta Convenio, estará a cargo de un organismo denominado �Comité de Coordinación GCBA-IRAM, el que estará integrado por cuatro representantes titulares designados a tal efecto, dos por cada una de las instituciones, y, cuatro suplentes, también dos de cada institución; teniendo en cuenta el Decreto N° 2.120/99.

SEXTA: El presente Convenio no obliga económicamente a ninguna de las partes y sus respectivos aportes se limitarán a los compromisos asumidos.

SEPTIMA: El presente Convenio no dará lugar a ningún reclamo judicial o administrativo y las diferencias que pudieran existir, si no han podido ser salvadas por el Comité de Coordinación, serán elevadas a las autoridades correspondientes de cada institución para su dilucidación.

OCTAVA: El presente convenio tendrá una duración de 2 (dos) años a partir de su firma. A su término se renovará automáticamente por períodos iguales, a menos que una de las partes comunique su voluntad en contrario a la otra, en forma fehaciente y con una anticipación mínima de 60 (sesenta) días a su vencimiento original o de cualquiera de sus prorrogas. Sin perjuicio de lo expresado precedentemente cualquiera de la partes podrá rescindirlo en cualquier momento y sin expresión, causa, debiendo comunicar tal circunstancia a la otra parte, en forma fehaciente y con una antelación mínima de 60 (sesenta) días corridos, sin que ello genere derecho a resarcimiento o indemnización de ningún tipo.

En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 17 días del mes de julio de 2001. IBARRA (por G.C.A.B.A.) Giadorou (por IRAM)

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DESIGNADA POR
Res. 2.574-SHYF-01 designa representantes del GCBA ante el IRAM conforme Convenio 27-01.
REFERENCIA
INTEGRA
Convenio 27-GCABA-01 integra Ord. 40361-CJD-84 convenio de colaboración entre el GCBA y el IRAM.
REFERENCIADA POR
Dto. 477-01 aprueba Proyecto de Convenio a suscribirse, aprobado con N° 37-01.
INTEGRADA POR
Res 134-SECLYT-07-Aprueba programa de Capacitación en el Sistema de Gestión de Calidad destinado al personal de la Dirección General de Coordinación Legal en el marco del Convenio 27-01 con el Instituto Argentino de Normalización, IRAM