RESOLUCIÓN 4203 2009 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
SE ESTABLECE LA CONTINUIDAD A PARTIR DEL 01 DE ENERO DE 2010 DE LA PRESTACION DE SERVICIOS DE PERSONAL BAJO LA MODALIDAD DE RELACION DE DEPENDENCIA POR TIEMPO DETERMINADO VIGENTE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2.009
Publicación:
12/01/2010
Sanción:
30/12/2009
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO: La Nota N° 1.564.244-SUBRH/09, y
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto N° 948/05 y sus normas reglamentarias y complementarias y la Resolución N ° 1.924-MHGC/07, se adecuan a lo establecido en la primera parte del artículo 39 de la Ley N° 471 aquellos contratos de locación de servicios vigentes al 31 de diciembre de 2007;
Que, por el artículo 3 de la Resolución N° 3.206-SHyF/05, reglamentaria del citado Decreto y modificatorias, se prevé la delegación en los Subsecretarios o Directores Generales de cada jurisdicción, de la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes;
Que, el Acta Paritaria N° 11/09, de fecha 29 de octubre de 2.009, en su artículo primero, establece instrumentar el proceso administrativo necesario para proceder a incorporar a la Planta Permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al personal bajo la modalidad encuadrada en el Decreto N° 948/05 y en la Resolución N° 1.924-MHGC/07;
Que, el artículo 3° de la aludida acta paritaria, establece que la incorporación del personal abarcará a aquellos empleados que habiendo sido evaluados respecto de su desempeño anual, no hubieran sido calificados con dos (2) o menos de dos (2);
Que, atento lo expresado y hasta tanto se dicte la norma legal respectiva para proceder a dar cumplimiento a lo prescripto por la precitada Acta, y finalice el proceso de las evaluaciones a que se hizo mención, resulta necesario establecer la continuidad a partir del 01 de enero de 2.010, de los contratos bajo la Modalidad de Relación de Dependencia por Tiempo Determinado, vigentes al 31 de diciembre de 2.009;
Que, es de hacer notar que todos los organismos dependientes del Poder Ejecutivo de esta Administración Central, deberán comunicar a la Dirección General de Administración, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, a través del aplicativo sito en la Intranet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, las novedades emergentes de lo antedicho;
Que, por lo expuesto se fija como plazo para la comunicación de dichas novedades el 13 de enero de 2.010;
Que, como consecuencia procede dictar la norma legal pertinente.
Por ello, y conforme las facultades conferidas,
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE
Artículo 1°.- Establécese la continuidad, a partir del 01 de enero de 2010, de la prestación de servicios de los agentes con contrato bajo la Modalidad de Relación de Dependencia por Tiempo Determinado vigente al 31 de diciembre de 2.009, dispuesta porlos Organismos dependientes del Poder Ejecutivo de esta Administración, los que procederán a informar tales casos a la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Dicha información deberá instrumentarse a través del aplicativo sito en la Intranet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, como, asimismo, deberá ser remitida ensoporte papel suscripto por autoridad competente, con rango no inferior a Director General.
Artículo 2°.- La continuidad establecida en el artículo precedente se regirá por las mismas condiciones que las fijadas en los contratos oportunamente celebrados.
Artículo 3°.-Fijase como plazo para la información referida en el artículo 1° de la presente Resolución el 13 de enero de 2.010, con el objeto de no generar pagos indebidos de haberes, destacándose que las personas que revisten en Organismos que no informen las novedades en la fecha establecida, no percibirán los haberes correspondientes al mes de enero de 2.010.
Artículo 4°.-Se deberá comunicar a la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, el listado
de los agentes que en el aplicativo referido figuren bajo las categorías de no continuidad o situación de incompatibilidad a los fines de su liquidación final.
Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías y a las Direcciones Generales Técnicas, Administrativas y Legales u organismos equivalentes de cada jurisdicción y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Grindetti