RESOLUCIÓN 1 2001 F/N UPE - FERIAS DE LA CIUDAD

Síntesis:

ESTABLECE UN SISTEMA DE INTEGRACIÓN DE PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES EN LAS FERIAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - ENCOMIENDA LA ENTREGA DE PERMISOS DE USO PRECARIO SEGUN LAS VACANTES FIJADAS SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Publicación:

20/09/2001

Sanción:

18/08/2001

Organismo:

F/N UPE - FERIAS DE LA CIUDAD


Visto los artículos Nros. 32 y 42 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Decretos N° 831/GCBA/97 y N° 871/GCBA/01, la Ley Marco de las Políticas para la Plena Participación e Integración de las Personas con Necesidades Especiales, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 32 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires asegura la libre expresión artística, propicia la superación de las barreras comunicacionales, e impulsa la formación artística y artesanal de sus ciudadanos.

Que el artículo 42 de dicha Constitución garantiza a las personas con necesidades especiales el derecho a su integración, información y equiparación de oportunidades.

Que la Ley Marco de las Políticas para la Plena Participación e Integración de las Personas con Necesidades Especiales, establece un esquema tendiente a la participación de las personas con necesidades especiales en la actividad social y política de la Ciudad. En su artículo 2° garantiza la igualdad de oportunidades y posibilidades en diversos campos, entre ellos el laboral.

Que por los Decretos N° 831/GCBA/97 y 871/GCBA/01 corresponde a la Unidad de Proyectos Especiales Ferias de la Ciudad la aplicación y control de la normativa vigente para el funcionamiento de las ferias y la celebración de los convenios de permisos de uso precario y entrega de credenciales a los permisionarios de las Ferias de la Ciudad.

Que es de interés de esta Unidad de Proyectos Especiales la incorporación en la actividad ferial de las personas con necesidades especiales.

Por ello, en uso de facultades que le son propias;

LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES

FERIAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1° Establécese en las Ferias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un Sistema de Integración de personas con necesidades especiales.

Artículo 2° Desígnase una vacante por cada diez permisionarios para ser ocupada por personas con necesidades especiales.

Artículo 3° Encomiéndase la entrega de los permisos respectivos de los postulantes con necesidades especiales a los representantes de las Secretarías de Cultura, y de Desarrollo Económico en forma conjunta.

Artículo 4° Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, pase a la Secretaría de Promoción Social. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res. 1-UPE-01 Establece la obligatoriedad de incluir vacante por cada diez permisionarios para ser ocupada por personas con necesidades especiales - Reglamenta Ord. 46075
REGLAMENTA
Res. 1-UPE-01 Establece la obligatoriedad de incluir vacante por cada diez permisionarios para ser ocupada por personas con necesidades especiales - Reglamenta Ord. 47046
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