DECRETO 589 2010

Síntesis:

APRUEBA   REGLAMENTOS -   FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA METROPOLITANA DE ARTE DRAMÁTICO -   REGLAMENTO ELECTORAL PARA CONSTITUIR EL CONSEJO DIRECTIVO -   REGLAMENTO PARA   ELECCIONES DE OTRAS AUTORIDADES - DELEGA FACULTADES A  LA  DIRECCIÓN GENERAL DE ENSEÑANZA ARTÍSTICA A DICTAR LAS NORMAS COMPLEMENTARIAS - GOBIERNO - CLAUSTROS - DOCENTES - GRADUADOS - ALUMNOS - ESTUDIANTES -  NO DOCENTES - JUNTA ELECTORAL - MIEMBROS - PLAZOS - PADRONES -    REQUISITOS - RECTORADO - REGENCIA - SECRETARÍA - DEPARTAMENTOS - COORDINADORES -   DEROGA REGLAMENTACIONES   -

Publicación:

06/08/2010

Sanción:

29/07/2010

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

el Expediente N° 2885/2010, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado expediente se solicitó la aprobación de un nuevo Reglamento Orgánico de la Escuela Metropolitana de Arte Dramático dependiente de la Dirección General de Enseñanza Artística de la Subsecretaria de Cultura del Ministerio de Cultura;

Que dicho reglamento sustituye al aprobado por el Decreto N° 316-2000 y modificado por el Decreto N° 774-2006;

Que el contenido de las Resoluciones N° 3327-MCGC-2007 y N° 1943-MCGC-2007 no se adecuan al espíritu del nuevo Reglamento;

Que el nuevo Reglamento es el producto de un trabajo realizado en conjunto con la comunidad educativa en diferentes instancias, y aprobado por el Consejo Directivo de la Escuela;

Que la organización institucional planteada en el Reglamento vigente (Decretos N° 316-2000 y N° 774-2006) no responde a la estructura real y actual de la Escuela, lo cual conlleva un daño institucional al no estar definidas las misiones y funciones de los responsables de cada una de las áreas;

Que en el Decreto N° 316-2000 se limitan las funciones del Consejo Directivo, estableciendo que “El Consejo Directivo tendrá por función asesorar y asistir a la Dirección del establecimiento en todos los eventos relacionados con la marcha del Instituto. No tendrá atribuciones ejecutivas, sino de asesoría y consejo“, en contradicción con los criterios actuales de democratización de las Instituciones de Educación Superior;

Que los requisitos para acceder al Consejo Directivo, en el caso del Claustro de Estudiantes, limitan las posibilidades de participación a una minoría no representativa de la población estudiantil total de la Escuela;

Que todo lo expuesto afecta de forma negativa al desempeño institucional, y que es decisión de la Dirección General de Enseñanza Artística implementar una urgente modificación en cuanto a la conformación del Consejo Directivo;

Que la Ley Nacional de Educación Superior N° 24.521. en su Artículo 15, establece el marco normativo que deberá regir a todos los Institutos de Educación Superior no Universitaria, del siguiente modo: “Corresponde a las provincias y a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires el gobierno y organización de la educación superior no universitaria en sus respectivos ámbitos de competencia, así como dictar normas que regulen la creación, modificación y cese de instituciones de educación superior no universitaria y el establecimiento de las condiciones a que se ajustará su funcionamiento, todo ello en el marco de la Ley N° 24.195, de lo que establece la presente y de los correspondientes acuerdos federales“;

Que se han tomado como modelo para la elaboración del presente, los contenidos y procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la elaboración de los Reglamentos de Funcionamiento de los Institutos de Enseñanza Superior (I.E.S.);

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en los términos de la Ley 1.218.

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los Articulas 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Articulo 1°.- Derógase el Reglamento de Funcionamiento de la Escuela Metropolitana de Arte Dramático, aprobado por el Decreto N° 316-2000, y las modificaciones dispuestas a este último mediante el Decreto N° 774-06.

Articulo 2°.- Exclúyese a [a Escuela Metropolitana de Arte Dramático de los alcances de la Resolución 1943-MCGC-2007 que aprueba el Reglamento de Concurso para la Provisión de Cargos Directivos en los Institutos Superiores no Universitarios dependientes de la Dirección General de Enseñanza Artística.

Articulo 3°.- Exclúyese a la Escuela Metropolitana de Arte Dramático de los alcances de la Resolución 3327-MCGC-2007 que aprueba el Reglamento Electoral para constituir los Consejos Directivos de los Institutos Superiores no Universitarios dependientes de la Dirección General de Enseñanza Artística.

Articulo 4°.- Apruébase el Reglamento de Funcionamiento de la Escuela Metropolitana de Arte Dramático, el que obra como Anexo I, y a todos sus efectos, forma parte integrante del presente Decreto.

Articulo 5°.- Apruébase el Reglamento Electoral para constituir el Consejo Directivo en la Escuela Metropolitana de Arte Dramático, el que obra como Anexo II, y a todos sus efectos, forma parte integrante del presente Decreto.

Articulo 6°.- Apruébase el Reglamento para la Elección de otras Autoridades de la Escuela Metropolitana de Arte Dramático, el que obra como Anexo III, y a todos sus efectos, forma parte integrante del presente Decreto.

Articulo 7°.- Facúltase a la Dirección General de Enseñanza Artística a dictar las normas complementarias necesarias para la aplicación de los reglamentos aprobados en los artículo 40, 50 y 60.

Articulo 8°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Articulo 9°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Cultura y, para su conocimiento, notificación y demás efectos remítase a la Dirección General de Enseñanza Artística y, por intermedio, a la Escuela Metropolitana de Arte Dramático. Cumplido, archívese


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3477

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 2° incorpora a la Planta Orgánica Funcional de la Escuela Metropolitana de Arte Dramático diez cargos de Preceptor/a - Bedel, en el marco del Decreto 589/10,a partir del ciclo lectivo 2022. </p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 2º de la Resolucion N° 101-MHFGC/22 incorpora un (1) cargo de Secretaría Docente a la Planta Orgánica Funcional de la Escuela Metropolitana de Arte Dramático, cuyo reglamento aprobó el  Decreto N° 589/10, a partir del ciclo lectivo 2022.</p>
EXCEPTUA
Dec. 589-10 Excluye a la Escuela Metropolitana de Arte Dramático de los alcances de la Res.1943-MCGC-07
INTEGRA
<p>Dec. 589-09 aprueba el reglamento para la EMAD con los las previsiones para el personal directivo, incompatiblidadesprevisto en la Ord. 36432</p>
DEROGA
Dec. 589-10 Art. 1 deroga el Dec. 316-00
EXCEPTUA
Dec. 589-10 Excluye a la Escuela Metropolitana de Arte Dramático de los alcances de la Res. 3327-MCGC-07
DEROGA
Dec. 589-10 Art. 1 deroga el reglamento Reglamento de Funcionamiento de la Escuela Metropolitana de Arte Dramático Dec. 774-06