RESOLUCIÓN 354 2010 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
SE PRORROGA PERÍODO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN 207-AGC-10 - PRÓRROGA - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - REGISTRO DE FABRICANTES, REPARADORES Y RECARGADORES DE EXTINTORES MATAFUEGOS Y EQUIPOS CONTRA INCENDIOS - REGISTRO DE FABRICANTES, REPARADORES E INSTALADORES DE INSTALACIONES FIJAS - SISTEMA INFORMÁTICO DE ADMINISTRACIÓN DE TARJETAS
Publicación:
23/09/2010
Sanción:
10/09/2010
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ordenanza N° 40.473, las Leyes N° 2.231 y N° 2.624, el Decreto N° 3.793/1985; el Decreto N° 579/2009, la Resolución N° 483-AGC/2009, 5-AGC/2010, 143-AGC/2010, 207-AGC/2010 y la Disposición N° 105-DGCG/2010
CONSIDERANDO:
Que mediante N° Decreto 579/2009 se transfirió a esta Agencia Gubernamental de Control el ÃÂRegistro de Fabricantes, Reparadores y Recargadores de Extintores (Matafuegos) y equipos contra IncendiosÃÂ y el ÃÂRegistro de Fabricantes, Reparadores e Instaladores de Instalaciones FijasÃÂ;
Que el mencionado Decreto N° 579/2009, en su artículo 7°, encomendó a esta Agencia reglamentar el régimen al que se sujetará la fabricación, reparación y recarga de extintores y equipos contra incendio e instalaciones fijas contra incendio, de conformidad con la Ordenanza N° 40.473;
Que por Resolución N° 483-AGC/2009 -y en atención a los plazos que este importante proceso de modernización que se aporta al Registro- este organismo aprobó un régimen transitorio para la adquisición de las tarjetas previstas en la Ordenanza N° 40.473, sus modificatorias y reglamentarias, que regirá hasta la entrada en vigencia del nuevo régimen a establecerse en la reglamentación del Registro;
Que mediante la Resolución N° 5-AGC/2010, se aprobó el Sistema de Administración de Tarjetas de Identificación de Extintores establecido en el Anexo I de esa norma, aprobándose a tal efecto un nuevo modelo de tarjeta, y un nuevo régimen de adquisición de las mismas;
Que mediante la Resolución 143-AGC/2010, se prorrogó la vigencia de las tarjetas pertenecientes al régimen anterior al establecido en Resolución N° 5-AGC/2010 hasta el día 31 de mayo de 2010, y que las tarjetas que se emitan hasta esa fecha no podrán contener una fecha de vencimiento posterior al día 1 de junio de 2011;
Que mediante la Disposición 105-DGCG/2010 se actualizó el procedimiento Administrativo, Contable y de Recaudación del sistema de administración de tarjetas de identificación de extintores;
Que mediante la Resolución 207-AGC/2010 se prorrogó el período de convivencia establecido en la Disposición N° 105-DGCG/2010 entre el régimen anterior al previsto por la Resolución N° 5-AGC/2010 y el sistema informático de administración de tarjetas establecido en dicha Resolución, por un periodo máximo de sesenta (60) a partir del 10 de septiembre.
Que siendo conveniente lograr una transición ordenada al nuevo sistema instaurado, de modo que no afecte el normal desenvolvimiento de la actividad, resulta propicio el dictado de un acto administrativo, mediante el cual se prorrogue el período de convivencia oportunamente establecido, por 60 días a partir de la fecha de publicación del mentado acto;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2.624 y el Decreto N° 579/09,
Artículo 1°.-Prorrogase el periodo de convivencia establecido en la Resolución N° 207-AGC/2010 entre el régimen anterior al previsto por la Resolución N° 5-AGC/2010 y el sistema informático de administración de tarjetas establecido en dicha Resolución, el cual tendrá una duración máxima de sesenta (60) días a partir de la fecha de publicación de la presente.-.
Artículo 2°.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y pase para su conocimiento al Departamento de Registro de Servicios de Prevención contra Incendios, de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, de esta Agencia Gubernamental de Control. Cumplido, archívese. Ibáñez