RESOLUCIÓN 2830 2010 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES N° 1489-MHGC-09 Y N° 1674-MHGC-09, QUE ESTABLECIERON REQUISITOS PARA SOLICITUDES DE PLANES ESPECIALES DE FACILIDADES DE PAGO DE DEUDAS VENCIDAS DE IMPUESTOS, TASAS, DERECHOS, CONTRIBUCIONES, SERVICIOS ESPECIALES Y SUS INTERESES

Publicación:

15/11/2010

Sanción:

01/11/2010

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

el artículo N° 117 del Código Fiscal vigente (T.O. 2010) y las Resoluciones N° 1489-MHGC-09 y N° 1674-MHGC-09, la Carpeta N° 1.182.419/DGANFA/2010 y,

CONSIDERANDO:

Que el citado artículo faculta a este Ministerio para acordar facilidades para el pago de deudas vencidas de impuestos, tasas, derechos, contribuciones, servicios y servicios especiales y sus intereses con las modalidades y garantías que estime corresponder;

Que esta vía especial se aplica en general a personas físicas y jurídicas que por dificultades económico-financieras les resulte imposible acceder a los planes de facilidades generales vigentes;

Que atento la magnitud de las solicitudes de planes especiales de facilidades de pago que se presentaron, se dictaron las Resoluciones N° 1.489-MHGC-09 y N° 1.674-MHGC-09 por las que se establecieron una serie de requisitos previos a cumplir por parte de los peticionantes;

Que mediante la Ley N° 3.461 se creó un Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias en Mora de amplio alcance, al que se acogieron numerosos contribuyentes, inclusive aquéllos que habían iniciado actuaciones para tramitar planes especiales de facilidades de pago en el marco del artículo N° 117 del Código Fiscal y las Resoluciones citadas;

Que asimismo se encuentra vigente un Plan General de Regularización de Obligaciones Fiscales dispuesto mediante la Resolución N° 2.722-SHyF-2004;

Que en consecuencia, corresponde dejar sin efecto las Resoluciones N° 1489-MHGC-09 y N° 1674-MHGC-09, estableciéndose que las actuaciones administrativas iniciadas en el marco de las mismas con anterioridad a la vigencia de la presente Resolución, continuarán refiriéndose bajo los términos de las Resoluciones precitadas.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE

Artículo 1°.- Déjanse sin efecto las Resoluciones N° 1.489-MHGC-09 y N° 1.674-MHGC-09.

Artículo 2°.- Establécese que las actuaciones administrativas por solicitudes de planes especiales de facilidades de pago, iniciadas con anterioridad al dictado de la presente continuarán rigiéndose bajo las condiciones normadas en las Resoluciones mencionadas por el Artículo 1°.

Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia al momento de su firma.

Artículo 4°.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Rentas y de Análisis Fiscal dependientes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda.- Grindetti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Res. 2830-10 establece que las solicitudes de planes de facilidades de pago encuadradas según las Res. 1674-09 y 1489-09, seguirán vigentes a pesar de su derogación, como parte del Plan de Facilidades aprobado por la Res. 2722-04
DEROGA
Res. 2830-10, Art. 1° deja sin efecto la Res. 1489-09
DEROGA
Res. 2830-10, Art. 1° deja sin efecto la Res. 1674-09