RESOLUCIÓN 203 2010 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

 INVIERTE SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - A PARTIR DEL DÍA 12 DE ENERO DE 2011 DE CALLE ARENALES ARENALES DESDE BILLINGHURST HASTA AVENIDA CALLAO DE OESTE A ESTE - CALLES - MANO ÚNICA -  MODIFICA RECORRIDO DE LA  LÍNEA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS   64 - HACIA ESTACIÓN BELGRANO C POR SU RUTA - AVENIDA PUEYRREDÓN - CALLES BERUTI - LAPRIDA - AVENIDA SANTA FE - CALZADA CIRCULAR DE PLAZA ITALIA - CONTINUA SU RUTA AUTORIZADA - REGRESO SIN MODIFICACIONES - SEÑALAMIENTO VERTICAL

Publicación:

11/01/2011

Sanción:

30/12/2010

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

la Ley N° 2148, la Ley N° 2930, el Decreto N° 2075/GCBA/07, el Decreto N° 498/GCBA/08, la Resolución N° 185/SSTRANS/10, el Expediente N° 353034/10; y

CONSIDERANDO:

Que como consecuencia de las tareas que se realizarán para la segunda etapa de la doble mano de la Av. Santa Fe, se requiere la modificación del actual sentido circulatorio de la calle Arenales, entre Billinghurst y Av. Callao, con el objeto de mejorar la circulación de la zona;

Que estudiada la cuadrícula circulatoria se observó que la inversión del sentido circulatorio del tramo en cuestión de la mencionada arteria mejorará la accesibilidad local y no provocará inconvenientes a la circulación de líneas de transporte público de pasajeros y tránsito en general;

Que atento a dicha circunstancia, se considera oportuna la inversión del sentido circulatorio de la calle Arenales, desde Billinghurst hasta Av. Callao de O a E.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esa Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Inviértase, con carácter transitorio y experimental, por el término de noventa (90) días corridos, que comenzará a regir a partir del día 12 de enero de 2011, el sentido único de circulación al siguiente tramo de arteria:

ARENALES, desde Billinghurst hasta Av. Callao de oeste a este.

Artículo 2°.- Modifíquese el recorrido de la siguiente línea de Transporte Público de Pasajeros por Automotor:

Línea 64: hacia Estación Belgrano C: Por su ruta, Pueyrredón, Beruti, Laprida, Avenida Santa Fe, calzada circular de Plaza Italia, continuando por su ruta autorizada.

Regreso sin modificaciones.

Artículo 3°.- La Dirección General de Tránsito proyectará, ejecutará e instalará el pertinente señalamiento vertical.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Transporte quien procederá a comunicar esta Resolución a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a las cámaras y empresa de transporte colectivo de pasajeros número 64 y agrupaciones de taxímetros, a la Dirección General de Tránsito, a la Policía Federal Argentina, al Ente de Mantenimiento Urbano Integral, a la Dirección General de Seguridad Vial y al Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte. Cumplido, archívese. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
La Resolución N° 203-SSTRANS-10 invierte sentido único de circulación de calle Arenales
COMPLEMENTADA POR
Res. 8-SSTRANS-11 complementa disposiciones referentes a la circulación de transporte por la Av. Santa Fe- incorpora tramo doble circulaciòn entre Anchorena y Libertad , complementa Res. 203-SSTRANS-10
MODIFICADA POR
Res. 40-11, Art. 1° prorroga el plazo previsto por Art. 1° de la Res. 203-10
MODIFICADA POR
<p>Art. 13 de la Ley 4414, deja sin efecto el artículo 1 de la Resolución 203-SSTRANS-10.</p>
MODIFICA
Res. 203- SSTRANS-10 invierte sentido de circulación tramos de calles, modifica Dec. Ord. 10407-47