DECRETO 59 2011

Síntesis:

  CREA PARA EL AÑO 2011 LA PLANTA TRANSITORIA DE DOCENTES PARA ATENDER LOS PROGRAMAS QUE TIENE A SU CARGO EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN -  IMPLEMENTA UN MECANISMO DE PASE A LA PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL DE LOS PROGRAMAS SOCIO-EDUCATIVOS ESTIPULADOS EN LA LEY 3623 - DESIGNA PERSONAL DE PLANTA TRANSITORIA CON CARÁCTER TRANSITORIA

Publicación:

01/02/2011

Sanción:

26/01/2011

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 3623, el Expediente N° 1586910 /10, y

CONSIDERANDO:

Que es objetivo de la Subsecretaria de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica dependiente del Ministerio de Educación, implementar los programas educativos a fin de contribuir al desarrollo individual y social de la comunidad;

Que resulta indispensable dar continuidad a la política de expansión de las acciones educativas y de formación docente con recursos de planta transitoria docente, de asistentes celadores y de asistentes para el Proyecto de Evaluación Jurisdiccional dependientes del Ministerio de Educación;

Que en virtud de ello es necesario dar continuidad, en ese ámbito a esta Planta Transitoria a fin de garantizar la prestación de los servicios en los Programas y Proyectos Educativos dependientes del Ministerio de Educación;

Que resulta menester efectuar un ordenamiento de la normativa a fin de brindar información fidedigna y actualizada referente a la precitada planta;

Que habida cuenta de lo estipulado en la Ley N° 3623 y de acuerdo con la necesidad de formalizar la situación docente del personal que revista en los Programas Socio-Educativos detallados en la citada norma, se hace necesario implementar un mecanismo de pase a la Planta Orgánico Funcional de los mismos.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1.- Créase para el año 2011 la planta transitoria de docentes, de asistentes celadores y de asistentes para el Proyecto de Evaluación Jurisdiccional para atender los programas que tiene a su cargo el Ministerio de Educación, conforme se detalla en los Anexos I, II, III; IV, V, VI y VII, que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2.- Estabécese que el personal comprendido en el presente Decreto, será designado con carácter transitorio, carecerá de estabilidad y su cese podrá disponerse sin expresión de causa.

Artículo 3.- Facúltase al señor Ministro de Educación a designar y cesar al personal comprendido en el presente Decreto y a reasignar la planta transitoria de docentes, de asistentes celadores y de asistentes para el Proyecto de Evaluación Jurisdiccional conforme a la política educativa.

Artículo 4.- Establécese que el Ministerio de Educación debe remitir copia autenticada de las Resoluciones de designación y/o cese del personal comprendido en el presente Decreto, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos para la liquidación de los haberes correspondientes y demás efectos.

Artículo 5.- Establécese que el recurso económico a liberarse en la presente Planta Transitoria como consecuencia del pase a Planta Orgánico Funcional de los Programas Socio- Educativos estipulados en la Ley N° 3623, serán transferidos a la partida presupuestaria correspondiente al personal de Planta Permanente: Jurisdicción 55, Inciso 1, Partida Principal 1.

Artículo 6.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será afectado a la Jurisdicción 55, inciso 1, Partida Principal 2 y a los programas, subprogramas y actividades que se detallan en los Anexos

Artículo 7.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Educación y de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

 Artículo 8.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica, Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las Direcciones Generales de Administración de Recursos (Ministerio de Educación), de Personal Docente y No Docente (Ministerio de Educación) y de Planeamiento de Recursos Humanos (Ministerio de Hacienda). Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 del Decreto 59-11, crea para el año 2011 la planta transitoria de docentes, de asistentes celadores y de asistentes para el Proyecto de Evaluación Jurisdiccional para atender los programas que tiene a su cargo el Ministerio de Educación, en el marco de lo dispuesto por la Ley 3623.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 241-11, incrementa el monto de la retribución mensual establecida en el Anexo IV del Decreto 59-11.</p>
INTEGRADA POR
<p>Res.9565-MEGC-11 distribuye módulos institucionales en programas y establecimientos educativos en cumplimiento a lo dispuesto por Dec.59-11</p>
INTEGRADA POR
<p>Art 3 de la Res 3618-12 Fija carga horaria de los cargos de las Plantas Orgánico Funcionalespara el año 2012 de Programas Socioeducativos (MEDIOS EN LA ESCUELA,ACTIVIDADESCIENTÍFICAS y FORMACIÓN DE ESPECTADORES)creados por Ley 3623- Art 4 Carga Horaria del Programa TEATRO ESCOLAR- Arts 5, 6, 7 y 8 designan personal transitorio respetando carga horaria actual- Art 10 determina que se les asignarán 10 puntos índices más por cada hora cátedra, remunerativos ybonificables por antigüedad, a agentes</p>