DECRETO 59 2011
Síntesis:
CREA PARA EL AÑO 2011 LA PLANTA TRANSITORIA DE DOCENTES PARA ATENDER LOS PROGRAMAS QUE TIENE A SU CARGO EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN - IMPLEMENTA UN MECANISMO DE PASE A LA PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL DE LOS PROGRAMAS SOCIO-EDUCATIVOS ESTIPULADOS EN LA LEY 3623 - DESIGNA PERSONAL DE PLANTA TRANSITORIA CON CARÁCTER TRANSITORIA
Publicación:
01/02/2011
Sanción:
26/01/2011
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 3623, el Expediente N° 1586910 /10, y
CONSIDERANDO:
Que es objetivo de la Subsecretaria de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica dependiente del Ministerio de Educación, implementar los programas educativos a fin de contribuir al desarrollo individual y social de la comunidad;
Que resulta indispensable dar continuidad a la política de expansión de las acciones educativas y de formación docente con recursos de planta transitoria docente, de asistentes celadores y de asistentes para el Proyecto de Evaluación Jurisdiccional dependientes del Ministerio de Educación;
Que en virtud de ello es necesario dar continuidad, en ese ámbito a esta Planta Transitoria a fin de garantizar la prestación de los servicios en los Programas y Proyectos Educativos dependientes del Ministerio de Educación;
Que resulta menester efectuar un ordenamiento de la normativa a fin de brindar información fidedigna y actualizada referente a la precitada planta;
Que habida cuenta de lo estipulado en la Ley N° 3623 y de acuerdo con la necesidad de formalizar la situación docente del personal que revista en los Programas Socio-Educativos detallados en la citada norma, se hace necesario implementar un mecanismo de pase a la Planta Orgánico Funcional de los mismos.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1.- Créase para el año 2011 la planta transitoria de docentes, de asistentes celadores y de asistentes para el Proyecto de Evaluación Jurisdiccional para atender los programas que tiene a su cargo el Ministerio de Educación, conforme se detalla en los Anexos I, II, III; IV, V, VI y VII, que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2.- Estabécese que el personal comprendido en el presente Decreto, será designado con carácter transitorio, carecerá de estabilidad y su cese podrá disponerse sin expresión de causa.
Artículo 3.- Facúltase al señor Ministro de Educación a designar y cesar al personal comprendido en el presente Decreto y a reasignar la planta transitoria de docentes, de asistentes celadores y de asistentes para el Proyecto de Evaluación Jurisdiccional conforme a la política educativa.
Artículo 4.- Establécese que el Ministerio de Educación debe remitir copia autenticada de las Resoluciones de designación y/o cese del personal comprendido en el presente Decreto, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos para la liquidación de los haberes correspondientes y demás efectos.
Artículo 5.- Establécese que el recurso económico a liberarse en la presente Planta Transitoria como consecuencia del pase a Planta Orgánico Funcional de los Programas Socio- Educativos estipulados en la Ley N° 3623, serán transferidos a la partida presupuestaria correspondiente al personal de Planta Permanente: Jurisdicción 55, Inciso 1, Partida Principal 1.
Artículo 6.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será afectado a la Jurisdicción 55, inciso 1, Partida Principal 2 y a los programas, subprogramas y actividades que se detallan en los Anexos
Artículo 7.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Educación y de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 8.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica, Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las Direcciones Generales de Administración de Recursos (Ministerio de Educación), de Personal Docente y No Docente (Ministerio de Educación) y de Planeamiento de Recursos Humanos (Ministerio de Hacienda). Cumplido, archívese.