LEY 3623 2010

Síntesis:

INCORPORA TEXTOS A LA ORDENANZA 40593 - APRUEBA EL ESTATUTO DEL DOCENTE MUNICIPAL - ÁREA DE PROGRAMAS SOCIOEDUCATIVOS -   PROGRAMAS - ACTIVIDADES CIENTÍFICAS - AJEDREZ - ALFABETIZACIÓN - CENTRO DE ACTIVIDADES INFANTILES Y JUVENILES - CENTRO EDUCATIVOS - FORMACIÓN DE ESPECTADORES - TEATRO ESCOLAR - PROGRAMA DE RETENCIÓN DE ALUMNAS EMBARAZADAS - PRIMERA INFANCIA - VACACIONES EN LA ESCUELA - MEDIOS EN LA ESCUELA - INCORPORACIÓN DE TECNOLOGÍAS - BACHILLERATO A DISTANCIA ADULTOS 2000 - INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA - ESCALAFÓN - CLÁUSULAS TRANSITORIAS 

Publicación:

07/01/2011

Sanción:

04/11/2010

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

10/12/2010


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Incorpórase al Artículo 3° de la Ordenanza N° 40.593, Estatuto del Docente (E.D.D) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el inciso i) “Área de Programas Socioeducativos”.

Art. 2°.- Incorpórase como apartado X del Artículo N° 8, de la Ordenanza N° 40.593, Estatuto del Docente (E.D.D) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el siguiente texto:

“X- ÁREA DE PROGRAMAS SOCIOEDUCATIVOS”

Comprenderá los Programas que se mencionan a continuación:

A) ACTIVIDADES CIENTÍFICAS

Contarán en su planta funcional con: Maestro/a de Programa, Profesor/a, Coordinador/a Pedagógico/a, Coordinador/a de Programa y Coordinador/a.

B) AJEDREZ

Contarán en su planta funcional con: Maestro/a de la Especialidad, Profesor/a, Coordinador/a Pedagógico/a y Coordinador/a.

C) ALFABETIZACIÓN PARA LA INCLUSIÓN

1. Maestro/a + Maestro/a

Contarán en su planta funcional con: Maestro/a de Programa, Capacitador/a, Coordinador/a de Programa y Coordinador/a General.

2. Puentes Escolares

Contarán en su planta funcional con: Maestro/a de Programa, Tallerista, Profesional Complementario/a, Coordinador/a de Programa, Coordinador/a Regional y Coordinador/a.

3. Red de Apoyo a la Escolaridad

Contarán en su planta funcional con: Maestro/a de Red de Apoyo, Profesor/a, Profesional Complementario/a, Bibliotecario/a, Coordinador/a de Programa y Coordinador/a.

4. Aceleración

Contarán en su planta funcional con: Maestro/a de Programa, Maestro/a de la especialidad, Capacitador/a, Profesional Complementario/a, Coordinador/a de Programa y Coordinador/a General.

5. Nivelación

Contarán en su planta funcional con: Maestro/a de Programa, Capacitador/a, Profesional Complementario/a, Coordinador/a de Programa y Coordinador/a General.

D) CENTRO DE ACTIVIDADES INFANTILES Y JUVENILES

Contarán en su planta funcional con: Maestro/a de la Especialidad, Profesor/a, Tallerista, Profesional Complementario/a; Coordinador/a de Sede, Coordinador/a Regional, Coordinador/a y Coordinador/a General.

E) CENTROS EDUCATIVOS

Contarán en su planta funcional con: Maestro/a de la Especialidad, Profesor/a, Maestro/a de Programa, Maestro/a de Adultos, Asistente, Profesional Complementario/a, Bibliotecario/a, Coordinador/a de Programa y Coordinador/a.

F) FORMACIÓN DE ESPECTADORES

Contarán en su planta funcional con: Asistente Pedagógico/a Especializado/a, Coordinador/a de Lenguaje Artístico, Coordinador/a de Programa y Coordinador/a Regional.

G) ACCIONES SOCIOEDUCATIVAS PARA LA INCLUSIÓN:

Contarán en su planta funcional con: Maestro/a de Programa, Profesor/a, Maestro/a de la Especialidad, Tallerista, Asistente técnico/a pedagógico/a, Asistente Socio-Educativo/a, Profesional Complementario/a, Bibliotecario/a, Coordinador/a Pedagógico/a, Coordinador/a de Programa, Coordinador/a Regional, Coordinador/a y Coordinador/a General.

H) PROGRAMA DE RETENCIÓN DE ALUMNAS EMBARAZADAS, MADRES Y DE ALUMNOS PADRES

Contarán en su planta funcional con: Docente Capacitador/a y Coordinador/a.

I) TEATRO ESCOLAR

Contarán en su planta funcional con Maestro/a de la Especialidad, Profesor/a, Coordinador/a Pedagógico/a / Acompañante Pedagógico/a y Coordinador/a.

J) PRIMERA INFANCIA

Contarán en su planta funcional con: Maestro/a de Sección, Maestro/a de la Especialidad, Profesor/a, Profesional Complementario/a, Capacitador/a, Coordinador/a Pedagógico/a y Coordinador/a General

K) VACACIONES EN LA ESCUELA

Contarán en su planta funcional con: Asistente Técnico/a pedagógico/a, Coordinador/a Pedagógico/a / Acompañante Pedagógico/a, Coordinador/a y Coordinador/a General.

L) MEDIOS EN LA ESCUELA

Contarán en su planta funcional con: Maestro/a de Programa, Profesor/a, Coordinador/a Pedagógico/a, Coordinador/a de Programa y Coordinador/a General.

M) PROGRAMA DE ALFABETIZACIÓN, EDUCACIÓN BÁSICA Y TRABAJO PARA JÓVENES Y ADULTOS

Contarán en su planta funcional con: Educador/a de Adultos, Auxiliar Técnico/a Docente, Profesional Complementario/a, Orientador/a Pedagógico/a y Coordinador/a General.

N) CONTEXTO DE ENCIERRO

Contarán en su planta funcional en el nivel medio con: Profesor/a, Coordinador/a de Programa / Orientador/a y Coordinador/a.

Contarán en su planta funcional en el nivel primario con: Educador/a de Adultos, Maestro/a de la Especialidad, Profesor/a, Coordinador/a de Programa / Orientador y Coordinador/a.

O) INCORPORACIÓN DE TECNOLOGÍAS (INTEC)

Contarán en su planta funcional con: Facilitador/a Pedagógico/a Digital, Orientador/a / Asistente Pedagógico/a Digital, Coordinador/a Pedagógico/a Digital, Coordinador/a Digital y Coordinador/a General Digital.

P) CENTRO DE ACTIVIDADES CULTURALES Y ORQUESTAS JUVENILES E INFANTILES:

Contarán en su planta funcional con: Asistente, Luthier, Arreglador/a, Profesor/a, Coordinador/a de Sede, Coordinador/a y Coordinador/a General.

Q) INTENSIFICACIÓN EN UN CAMPO DEL CONOCIMIENTO

Contarán en su planta funcional con: Asistente Técnico/a pedagógico/a, Capacitador/a, Auxiliar operativo/a, asistente, Coordinador/a General de tiempo simple, Coordinador/a General de tiempo completo.

R) FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA ESCUELA MEDIA

Contarán en su planta funcional con: Asistente Técnico/a pedagógico/a, Auxiliar operativo/a, Asistente, Coordinador/a de Programa (TC), Coordinador/a General (TC).

S) BACHILLERATO A DISTANCIA ADULTOS 2000

Contarán en su planta funcional con: Profesor/a Consultor/a Profesor/a Coordinador/a de materia de 3 niveles/ Profesor/a Coordinador/a de materia de 2 niveles/ Profesor/a Coordinador/a de 1 nivel/Facilitador/a pedagógico/a / Asesor/a de alumnos/as / Asistente técnico/a pedagógico/a (de atención a alumnos/as, equivalencias y documentación, evaluación y acreditación de aprendizajes, apoyo administrativo pedagógico, centro de recursos multimediales - biblioteca, instituciones, base de datos, archivo y legajos)/Facilitador/a zonal, Profesional Complementario/a, Auxiliar operativo/a, asistente, Coordinador/a (TC) y Coordinador/a General (TC).

T) INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA

Contará en su planta funcional con: miembro de equipo (de investigación, de estadística, de carta escolar, de información y documentación, de comunicación y publicaciones, de indicadores y sistemas) y Coordinador/a.

Art. 3°.- Incorpórase como apartado X del Artículo N° 9, de la Ordenanza N° 40.593, Estatuto del Docente (E.D.D) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el siguiente texto:

“X- ÁREA DE PROGRAMAS SOCIOEDUCATIVOS”

A) ACTIVIDADES CIENTÍFICAS

a) Maestro/a de Programa / Profesor/a.

b) Coordinador/a Pedagógico/a.

c) Coordinador/a de Programa.

d) Coordinador/a.

B) AJEDREZ

a) Maestro/a de la Especialidad / Profesor/a.

b) Coordinador/a Pedagógico/a.

c) Coordinador/a.

C) ALFABETIZACIÓN PARA LA INCLUSIÓN

1.- Maestro/a + Maestro/a.

a) Maestro/a de Programa.

b) Coordinador/a de Programa.

c) Coordinador/a General.

2. No escalafonado/a.

a) Capacitador/a.

2.- Puentes Escolares.

a) Maestro/a de Programa / Tallerista.

b) Coordinador/a de Programa.

c) Coordinador/a Regional.

d) Coordinador/a.

No escalafonado/a:

a) Profesional Complementario/a.

3.- Red de Apoyo a la Escolaridad.

1. a) Maestro/a de Red de Apoyo / Profesor/a.

b) Coordinador/a de Programa.

c) Coordinador/a.

2. No escalafonado/a:

a) Profesional Complementario/a.

b) Bibliotecario/a.

4.- Aceleración

1.a) Maestro/a de Programa/ Maestro/a de la especialidad.

b) Coordinador/a de Programa.

c) Coordinador/a General.

2. No escalafonados/as:

a) Capacitador/a.

b) Profesional Complementario/a.

5.- Nivelación

1.a) Maestro/a de Programa.

b) Coordinador/a de Programa.

c) Coordinador/a General.

2. No escalafonados/as:

a) Capacitador/a.

b) Profesional Complementario/a.

D) CENTRO DE ACTIVIDADES INFANTILES Y JUVENILES

1. a) Maestro/a de la Especialidad / Profesor/a / Tallerista.

b) Coordinador/a de Sede.

c) Coordinador/a Regional.

d) Coordinador/a.

e) Coordinador/a General.

2. No escalafonado/a:

a) Profesional Complementario/a.

E) CENTROS EDUCATIVOS

1. a) Maestro/a de Programa / Maestro/a de Adultos / Maestro/a de la Especialidad / Profesor/a.

b) Coordinador/a de Programa.

c) Coordinador/a.

2. No escalafonados/as:

a) Profesional Complementario/a

b) Asistente

c) Bibliotecario/a

d) Auxiliar operativo/a

F) FORMACIÓN DE ESPECTADORES

a) Asistente Pedagógico/a Especializado/a.

b) Coordinador/a de Lenguaje Artístico.

c) Coordinador/a de Programa.

d) Coordinador/a Regional.

G) ACCIONES SOCIOEDUCATIVAS PARA LA INCLUSIÓN:

1. a) Maestro/a de Programa / Profesor/a / Tallerista / Maestro/a de la Especialidad/ Asistente Técnico/a pedagógico/a.

b) Coordinador/a Pedagógico/a.

c) Coordinador/a de Programa.

d) Coordinador/a Regional.

e) Coordinador/a.

f) Coordinador/a General.

2. No escalafonados/as:

a) Profesional Complementario/a.

b) Asistente Socioeducativo.

c) Bibliotecario/a.

H) PROGRAMA DE RETENCIÓN DE ALUMNAS EMBARAZADAS, MADRES Y ALUMNOS PADRES

a) Docente Capacitador/a.

b) Coordinador/a.

I) TEATRO ESCOLAR

a) Maestro/a de la Especialidad / Profesor/a / Profesor/a de espectáculo volante.

b) Coordinador/a Pedagógico/a / Acompañante Pedagógico/a.

c) Coordinador/a.

J) PRIMERA INFANCIA

1. a) Maestro/a de Sección / Maestro/a de la Especialidad / Profesor/a.

b) Coordinador/a Pedagógico/a.

c) Coordinador/a General.

2. No escalafonados/as:

a) Capacitador/a.

b) Profesional Complementario/a.

K) VACACIONES EN LA ESCUELA

a) Asistente Técnico/a pedagógico/a.

b) Coordinador/a Pedagógico/a / Acompañante Pedagógico/a.

c) Coordinador/a.

d) Coordinador/a General.

L) MEDIOS EN LA ESCUELA

a) Maestro/a de Programa.

b) Profesor/a.

c) Coordinador/a Pedagógico/a.

d) Coordinador/a de Programa.

e) Coordinador/a.

M) PROGRAMA DE ALFABETIZACIÓN, EDUCACIÓN BÁSICA Y TRABAJO PARA JÓVENES Y ADULTOS

1.a) Educador/a de Adultos.

b) Orientador/a Pedagógico/a.

c) Coordinador/a General.

2. No escalafonados/as:

a) Auxiliar Técnico/a Docente.

b) Profesional Complementario/a.

N) CONTEXTO DE ENCIERRO

1. Nivel Medio.

a) Profesor/a.

b) Coordinador/a de Programa / Orientador.

c) Coordinador/a.*

2. Nivel Primario

a) Educador/a de Adultos / Maestro/a de la Especialidad / Profesor/a.

b) Coordinador/a de Programa / Orientador.

c) Coordinador/a.

*Común a los niveles 1) y 2)

O) INCORPORACIÓN DE TECNOLOGÍAS (INTEC)

a) Facilitador/a pedagógico/a Digital.

b) Orientador/a Pedagógico/a / Asistente Pedagógico/a Digital.

c) Coordinador/a Pedagógico/a.

d) Coordinador/a Digital.

e) Coordinador/a General Digital.

P) CENTRO DE ACTIVIDADES CULTURALES Y ORQUESTAS JUVENILES E INFANTILES:

1. a) Profesor/a.

b) Coordinador/a de Sede.

c) Coordinador/a.

d) Coordinador/a General.

2. No escalafonados/as:

a) Asistente.

b) Luthier.

c) Arreglador/a.

d) Auxiliar operativo/a.

Q) INTENSIFICACIÓN EN UN CAMPO DEL CONOCIMIENTO

1. a) Asistente Técnico/a pedagógico/a.

b) Coordinador/a General.

2. No escalafonado/a:

a) Capacitador/a.

b) Auxiliar operativo/a.

c) Asistente.

R) FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA ESCUELA MEDIA

a) Asistente Técnico/a Pedagógico.

b) Coordinador/a de Programa.

c) Coordinador/a General.

No escalafonado/a

a) Auxiliar operativo/a.

b) Asistente.

S) BACHILLERATO A DISTANCIA ADULTOS 2000

1. a) Profesor/a consultor/a / Profesor/a Coordinador/a de materia/ Facilitador/a pedagógico/a/ Asesor/a de alumnos/as/ Asistente Técnico/a pedagógico/a / Facilitador/a zonal.

b) Coordinador/a.

c) Coordinador/a General.

2. No escalafonados/as

a) Profesional Complementario/a.

b) Auxiliar operativo/a.

c) Asistente.

T) INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA

a) Miembro de equipo.

b) Coordinador/a.

Art. 4°.- Incorpórase al Artículo 25 del Estatuto del Docente el siguiente título:

“X- ÁREA DE PROGRAMAS SOCIOEDUCATIVOS”

A) ACTIVIDADES CIENTÍFICAS

a) Coordinador/a Pedagógico/a.

b) Coordinador/a de Programa.

c) Coordinador/a.

B) AJEDREZ

a) Coordinador/a Pedagógico/a.

b) Coordinador/a.

C) ALFABETIZACIÓN PARA LA INCLUSIÓN

1. Maestro/a + Maestro/a.

a) Coordinador/a de Programa.

b) Coordinador/a General.

2. Puentes Escolares.

a) Coordinador/a de Programa.

b) Coordinador/a Regional.

c) Coordinador/a.

3. Red de Apoyo a la Escolaridad

a) Coordinador/a de Programa.

b) Coordinador/a.

4. Aceleración.

a) Coordinador/a de Programa.

b) Coordinador/a General.

5. Nivelación.

a) Coordinador/a de Programa.

b) Coordinador/a General.

D) CENTRO DE ACTIVIDADES INFANTILES Y JUVENILES

a) Coordinador/a de Sede.

b) Coordinador/a Regional

c) Coordinador/a.

d) Coordinador/a General.

E) CENTROS EDUCATIVOS

a) Coordinador/a de Programa.

b) Coordinador/a.

F) FORMACIÓN DE ESPECTADORES

a) Coordinador/a de Lenguaje Artístico.

b) Coordinador/a de Programa.

c) Coordinador/a Regional.

G) ACCIONES SOCIOEDUCATIVAS PARA LA INCLUSIÓN:

a) Coordinador/a Pedagógico/a.

b) Coordinador/a de Programa.

c) Coordinador/a Regional.

d) Coordinador/a.

e) Coordinador/a General.

H) PROGRAMA DE RETENCIÓN DE ALUMNAS EMBARAZADAS, MADRES Y ALUMNOS PADRES

a) Coordinador/a.

I) TEATRO ESCOLAR

a) Coordinador/a Pedagógico/a / Acompañante Pedagógico/a.

b) Coordinador/a.

J) PRIMERA INFANCIA

a) Coordinador/a Pedagógico/a.

b) Coordinador/a General.

K) VACACIONES EN LA ESCUELA

a) Coordinador/a Pedagógico/a / Acompañante Pedagógico/a.

b) Coordinador/a.

c) Coordinador/a General.

L) MEDIOS EN LA ESCUELA.

a) Coordinador/a Pedagógico/a.

b) Coordinador/a de Programa.

c) Coordinador/a General.

M) PROGRAMA DE ALFABETIZACIÓN, EDUCACIÓN BÁSICA Y TRABAJO PARA JÓVENES Y ADULTOS/AS

a) Orientador/a Pedagógico/a.

b) Coordinador/a General.

N) CONTEXTO DE ENCIERRO

1. Nivel Medio

a. Coordinador/a de Programa / Orientador/a.

b. Coordinador/a. *

2. Nivel Primario

a. Coordinador/a de Programa / Orientador/a.

b. Coordinador/a.*

*Común a los niveles 1) y 2)

O) INCORPORACIÓN DE TECNOLOGÍAS (INTEC)

a) Orientador/a Pedagógico/a / Asistente Pedagógico/a Digital.

b) Coordinador/a Pedagógico/a.

c) Coordinador/a Digital.

d) Coordinador/a General Digital.

P) CENTRO DE ACTIVIDADES CULTURALES Y ORQUESTAS JUVENILES E INFANTILES:

a) Coordinador/a de Sede.

b) Coordinador/a.

c) Coordinador/a General.

Q) INTENSIFICACIÓN EN UN CAMPO DEL CONOCIMIENTO

a) Coordinador/a General.

R) FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA ESCUELA MEDIA

a) Coordinador/a de Programa.

b) Coordinador/a General.

S) BACHILLERATO A DISTANCIA ADULTOS 2000

a) Coordinador/a.

b) Coordinador/a General.

T) INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA

a) Coordinador/a.

Art. 5°.- En el inciso G) del apartado X, de la Ordenanza N° 40.593, Estatuto del Docente (E.D.D.) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los artículos 8, 9, 25 y 128 del Área de Programas Socioeducativos del Estatuto del Docente están incluidos los siguientes Programas: Red - Escuela y Comunicación (REC), Cine-Zap. Educación Ambiental, Campamentos Escolares, Promotores de Educación, Becas, PIIE, Escuelas Lectoras y Salud Escolar.

Art. 6°.- Incorpórase al Título III, Capítulo I “De las Remuneraciones”, artículo 128, apartado X, de la Ordenanza N° 40.593, Estatuto del Docente (E.D.D) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el siguiente texto:

“X- ÁREA DE PROGRAMAS SOCIOEDUCATIVOS”

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Cláusulas Transitorias:

Art. 7°.- Los índices establecidos en la presente Ley serán de aplicación para las horas cátedra y cargos de planta orgánico funcional creados como resultado de la promulgación de la misma.

Art. 8°.- En todos aquellos casos en que la remuneración del docente sea superior al índice del cargo de base u horas cátedra de base a que refiere el punto 1., se garantizará la continuidad de la percepción íntegra de sus haberes, con su correspondiente equivalencia en puntos índices, en tanto el agente continúe desempeñándose en el cargo u horas cátedra en que revista en carácter de trabajador/a de planta transitoria docente, interino/a, suplente o titular, salvo los adicionales propios y exclusivos de la Planta Transitoria.

Art. 9°.- En el caso de los/las trabajadores/as del programa del inciso P) “Centro de Actividades Culturales y Orquestas Juveniles e Infantiles“, dada la especificidad del mismo, se acordarán en una mesa de trabajo integrada por el Ministerio de Educación y los/las trabajadores/as los requerimientos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido por la presente Ley.

Art. 10.- Las cláusulas precedentes no son de aplicación para los cargos de ascenso creados por la presente Ley.

Art. 11.- El Poder Ejecutivo brindará las garantías necesarias que permitan alcanzar la estabilidad de los/las actuales trabajadores/as de los programas, direcciones y proyectos cuyos cargos se incorporan en la presente ley.

A tal fin dictará las normas reglamentarias correspondientes para la aplicación de la misma, incluyendo la creación de la planta orgánico-funcional y el nombramiento como interinos/as de los/las docentes que se desempeñan enlos cargos mencionados.

Asimismo, arbitrará las medidas necesarias para que dichos/as docentes alcancen la titularidad de los cargos.

En esa dirección, se creará una junta ad-hoc, con representación de los/as trabajadores/as y el Ministerio de Educación.

Art. 12.- La Planta Orgánico-Funcional del Área de Programas Socio-Educativos será administrada por las Direcciones Operativas correspondientes. Los/las docentes afectados/as a estos programas se desempeñarán en los establecimientos y horarios que en cada caso establezcan las autoridades del programa, en función de las necesidades operativas.

Art. 13.- El gasto que demande la implementación de la presente Ley será afectado a la Jurisdicción 55, Inciso 1, Partida Principal 1, debiendo reasignarse en el primer año de la entrada en vigencia de la norma la partida de la Jurisdicción 55, Inciso 1, Partida Principal 2 correspondiente a la planta transitoria docente hacia la partida correspondiente, antes descripta.

Art. 14.- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez

Buenos Aires, 28 de diciembre de 2010

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2343/98, certifico que la Ley N° 3.623 (Expediente N° 1433542/10), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 4 de noviembre de 2010 ha quedado automáticamente promulgada el día 10 de diciembre de 2010.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese al Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 3623, incorpora el inciso i) al artículo 3 de la Ordenanza 40593.</p><p>Art. 2, incorpora texto como apartado X del artículo 8.</p><p>Art. 3, incorpora texto como apartado X del artículo 9.</p><p>Art. 4, incorpora título al artículo 25.</p><p>Art. 6, incorpora texto al Título IIII Capítulo I, artículo 128, apartado X.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 59-11, crea para el año 2011 la planta transitoria de docentes, de asistentes celadores y de asistentes para el Proyecto de Evaluación Jurisdiccional para atender los programas que tiene a su cargo el Ministerio de Educación, en el marco de lo dispuesto por la Ley 3623.</p>
INTEGRADA POR
<p>Resolución 788-SSPECD-14 reconoce la antiguedad previa por desempeño en los programas socioeducativos, en el marco de la Ley 3623.</p>