RESOLUCIÓN 1160 2011 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
NORMA DEROGADA - APRUEBAN NORMAS DE PROCEDIMIENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES REALIZADAS POR EL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES PORTAL BUENOS AIRES COMPRAS -BAC.
Publicación:
10/08/2011
Sanción:
14/07/2011
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
Estado:
No vigente
VISTO:
Lo dispuesto por el Artículo N° 83 de la Ley N° 2095, reglamentada por el Decreto N° 754/GCABA/2008 y modificado por Decreto N° 232/GCABA/2010, lo normado por el Decreto N° 1145/GCABA/2009, por la Resolución N° 596/MH/2011, la Disposición N° 115/DGCYC/2011, la Disposición N° 119/DGCYC/2011 y el Expediente 950.243/2011, y;
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 83 de la Ley N° 2.095 establece que Todos los procesos de compras, ventas y contrataciones que efectúen los órganos contratantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o digitales que establezca el órgano rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos del proceso.
Que el artículo antes citado prescribe que la reglamentación establecerá la regulación integral de las contrataciones informatizadas.
Que por el Decreto N° 1145/GCABA/2009 se aprobó la reglamentación del Art. 83° de la Ley N° 2095 y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones creando el portal www.buenosairescompras.gob.ar de acceso público y gratuito para todos los usuarios, medio a través del cual la Administración activa, difunde sus llamados y efectúa los procesos de las contrataciones de bienes y servicios regulados en la Ley N° 2.095.
Que todo proceso de compras y contrataciones, se trate de bienes o servicios, ha de ser respetuoso de los derechos y principios y contar con las garantías que inspiran la gestión a realizar por el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que de cara a la implementación de las compras y contrataciones electrónicas, se presenta necesario profundizar la reglamentación del Art. 83 de la Ley N° 2095 que se iniciara en el Decreto N° 1145/DGCYC/2009 en su Anexo I, al que se ha de complementar mediante la elaboración de normativa que recepte la nueva modalidad.
Que el cuerpo legal citado ha incorporando modalidades propias de contratación, como ser el Convenio Marco y la Subasta Inversa.
Que en el estado actual, de incipiente experiencia práctica en materia de compras electrónicas, se presenta cardinal la profundización de cada una de las instancias que conforman el procedimiento de compras y contrataciones que instaura la Ley N° 2095 y que delineara para las compras informatizadas el Decreto N° 1145/DGCYC/2009, adaptadas a las modalidades de contratación electrónica, coherentes con las particularidades propias del BAC.
Que por el mentado Decreto se ha designado a este Ministerio de Hacienda como Autoridad de Aplicación del mismo, facultándose a su titular a dictar las normas complementarias que resulten necesarias a fin de implementar el Sistema Electrónico de compras y contrataciones.
Que atento a la cuestión de que se trata ha tomado intervención la Agencia de Sistemas de Información en su carácter de órgano técnico y la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su carácter de órgano legal de consulta permanente.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1145/GCABA/2009,
Artículo 1°. Apruébense las Normas de Procedimiento de Compras y Contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires Compras (BAC), complementarias del Anexo I del Decreto N° 1.145/GCABA/09 Procedimiento Buenos Aires Compras, y que como ANEXO I forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal Buenos Aires Compras (BAC); comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones. Cumplido; archívese. Grindetti
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3724