DISPOSICIÓN 290 2011 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

Síntesis:

APRUEBA EL CIRCUITO ADMINISTRATIVO CONTABLE Y DE RECAUDACIÓN PARA LA IDENTIFICACIÓN Y RENDICIÓN DE APORTES PRIVADOS EN HOSPITALES - DIRECCIÓN GENERAL DE DOCENCIA E INVESTIGACIÓN - FONDO CARRERA DE INVESTIGADO - AREA CONTABLE - IMPUTACIÓN CONCILIACIÓN Y RENDICIÓN DE INGRESOS - COMPROBANTES RECUPERO DE GASTOS - FISCALIZACIÓN -SANCIONES DISCIPLINARIAS

Publicación:

13/02/2012

Sanción:

29/09/2011

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA


VISTO:

Los términos de la Ley 70 de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público, en su Título II, Artículos 11°, 12°, 13° y con los atributos conferidos por el Capítulo V del Sistema de Contabilidad, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley 153 rige todo lo concerniente al sistema de salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Ley 3.301 sobre protección de Derechos de Sujetos en Investigaciones en Salud, establece el régimen para la regulación de la actividad de investigación clínica en salud con seres humanos, de conformidad con la Ley Básica de Salud 153;

Que el Decreto 58-GCBA/2011 aprueba la reglamentación de la Ley 3.301 y faculta al titular del Ministerio de Salud a dictar las normas complementarias y reglamentarias, y a suscribir los convenios que sean necesarios para la aplicación del presente decreto.

Que la Resolución 485-MSGC/2011 establece que en todas las investigaciones realizadas en los efectores dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con patrocinio privado el CEI, perteneciente al efector, percibirá una retribución por su tarea de evaluación y seguimiento.

Que la Resolución 2.695-SHYF/2004 aprueba el Comprobante Recupero de Gastos como un proceso de reordenamiento administrativo, con el objeto de propender a la unificación de criterios, en lo referente a la emisión de respaldo documental de las operaciones realizadas por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Que la Disposición A 280-DGC/2004, aprueba el procedimiento administrativo para implementar el modelo de Comprobante Recupero de Gastos y que será emitido por las Áreas, Dependencias y Reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Que la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires es el Órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental y responsable de dictar normas, poner en funcionamiento y mantener dicho sistema en todo el ámbito del Sector Público.

Que el Área Departamento Fiscalización se encuentra abocada al relevamiento de todos los ingresos no tributarios que se perciben en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Que atento las necesidades operativas detectadas y el análisis de la información relevada se hace necesario dictar una norma a los fines de establecer un Circuito Administrativo, Contable y de Recaudación, para que la Dirección General de Docencia e Investigación del Ministerio de Salud cuente con una herramienta para la percepción e identificación de los ingresos no tributarios que se generen.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCION GENERAL DE CONTADURÍA,

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébese el Circuito Administrativo, Contable y de Recaudación para la identificación y rendición de los aportes privados por las investigaciones que se realizan en los Hospitales y Centros de Salud que dependen del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Articulo 2°.- La Dirección General de Docencia e Investigación deberá emitir un Comprobante Recupero de Gastos por cada uno de los depósitos que se acrediten en la cuenta recaudadora con reflejo escritural 210178/7 denominada "Fondo Carrera de Investigador" del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Centro, según el cronograma de pagos fijados por la Resolución 485-MSGC/2011 y Anexos.

Artículo 3°.- El Área Contable de la Dirección General de Docencia e Investigación del Ministerio de Salud será quien se encargara de efectuar la imputación, conciliación y rendición de todos los ingresos, así como también de existir un rechazo de cheque se deberá contactar de manera sumarísima con la Dirección General de Tesorería a los fines de gestionar el recobro del valor denunciado.

Articulo 4°.- El Área Contable de la Dirección General de Docencia e Investigación deberá rendir mensualmente a la Dirección General de Contaduría, Área Departamento Fiscalización, la totalidad de los Comprobantes Recupero de Gastos utilizados conforme los términos de la Resolución 2695-SHYF/2004 y las Disposiciones A 280-DGC/2004, A 47-DGC/2005 y A 48-DGC/2005 y sus modificatorias.

Artículo 5°.- El Área Departamento Fiscalización de la Dirección General de Contaduría, se encuentra autorizada a realizar todas las tareas de fiscalización cuando se lo considere necesario.

Artículo 6°.- El incumplimiento de lo establecido en la presente norma faculta a los Señor Director General de la Dirección General de Contaduría a solicitar las sanciones disciplinarias previstas por el Art. 51. De la Ley 471.

Artículo 7°.- La presente entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 8°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento comuníquese a la Dirección General de Docencia e Investigación del Ministerio de Salud, Dirección General de Tesorería y al Área Departamento Fiscalización de la Dirección General de Contaduría y a la Sindicatura General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese en la Dirección Técnica, Legal y de Control de la Dirección General de Contaduría. Messineo

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Dispo. 290/DGCG/11 dispone que el area Contable de la Dirección General de Docencia e Investigación deberá rendir mensualmente a la Dirección General de Contaduría, Área Departamento Fiscalización, la totalidad de los Comprobantes Recupero de Gastos utilizados conforme los términos de Disposición 48/DGCG/2004
INTEGRA
Dispo. 290/DGCG/11 dispone que el area Contable de la Dirección General de Docencia e Investigación deberá rendir mensualmente a la Dirección General de Contaduría, Área Departamento Fiscalización, la totalidad de los Comprobantes Recupero de Gastos utilizados conforme los términos de Disposición 280/DGCG/2004
INTEGRA
Dispo. 290/DGCG/11 dispone que el area Contable de la Dirección General de Docencia e Investigación deberá rendir mensualmente a la Dirección General de Contaduría, Área Departamento Fiscalización, la totalidad de los Comprobantes Recupero de Gastos utilizados conforme los términos de la Resolución 2695/SHYF/2004
INTEGRA
Dispo. 290/DGCG/11 dispone que el area Contable de la Dirección General de Docencia e Investigación deberá rendir mensualmente a la Dirección General de Contaduría, Área Departamento Fiscalización, la totalidad de los Comprobantes Recupero de Gastos utilizados conforme los términos de Disposición 47/DGCG/2004