RESOLUCIÓN 2695 2004 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA EL MODELO DE COMPROBANTE RECUPERO DE GASTOS PARA OPERACIONES DE VENTA DE BIENES - MERCHANDISING - SERVICIOS PRESTADOS - CONTRATOS DE LOCACIÓN DE OBRA Y SERVICIOS - TRABAJOS - BIENES VENDIDOS - RÉGIMEN DE EMISIÓN DE COMPROBANTES - CONTROL DE LA RENTA

Publicación:

30/08/2004

Sanción:

19/08/2004

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto la Resolución General N° 1.415/2003 de la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Carpeta N° 50.256/DGCG/04 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante ese Ordenamiento la Administración Federal de Ingresos Públicos con el objeto de ordenar, actualizar, unificar todas la normas vigentes que regulaban el régimen de emisión de comprobantes de ventas, servicios y locaciones y la correspondiente registración de las operaciones, aprobó el Régimen de emisión de comprobantes, registración de operaciones e información, su procedimiento, texto unificado y ordenado;

Que, en el Titulo I de la Resolución General señalada, se establece el Régimen de emisión de comprobantes, registración de operaciones e información;

Que, en el marco de los principios de dicha norma, en su Anexo I Ap. A. - Excepciones a la obligación de emisión de comprobantes. Establece que.... Las Reparticiones centralizadas, descentralizadas o autárquicas del Estado Nacional, Provincial y Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que no fueren empresas y/o entidades - pertenecientes, total o parcialmente, a dichos Estados -, comprendidas en el artículo 1° de la Ley N° 22.016; se encuentran entre los sujetos exceptuados a la obligación de emisión de comprobantes;

Que a pesar que este Gobierno se encuentra exceptuado de la emisión de documentación atento lo dispuesto por la Resolución General mencionada y por los motivos antes señalados. Y como consecuencia de un proceso de reordenamiento administrativo y a fin de propender a la unificación de criterios en lo referente a respaldo documental de las operaciones realizadas/ emisión de comprobantes por parte de este Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se propone adoptar el modelo de documento y requisitos correspondientes al tipo de documento denominado Comprobante Recupero de Gastos que se adjuNta como Anexo I que forma parte de la presente;

Por ello y en ejercicio de las facultades que le son propias según lo establecido por el Art. 1° del Decreto N° 1.000/1999 (B.O. N° 704 del 31/5/99) y el Art. 5° de la Ley N° 70,

LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Adóptase el modelo de comprobante a ser emitido por los Organismos y Dependencias de este Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el modo y forma que se establece en la presente Resolución, en su Anexo I. El mismo será reglamentado por Disposición de la Dirección General de Contaduría.

Artículo 2° - Dicho documento será aplicable y/o utilizado como documentación respaldatoria de las operaciones que a titulo enunciativo se indican a continuación: bienes vendidos, merchandising, servicios prestados, obra o servicio locado, o el trabajo efectuado, etc. El presente documento se lleva a cabo a los fines de respaldar todas las operaciones contables de manera objetiva y eficiente, permitiendo una descripción adecuada de los servicios prestados y elementos egresados de las distintas Reparticiones.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; cumplido, pase para su conocimiento y demás efectos a las distintas Secretarías que conforman la estructura orgánica de este Gobierno Autónomo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a las Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería y Rentas. Cumplido, archívese.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Art. 5 de la Disp. 342-DGTAL-DGC-04 establece que la Dirección de Prestaciones y Convenios, se deberá ajustar estrictamente a los términos establecidos por la Res. 2695-SHYF-04
REGLAMENTADA POR
Art. 1 de la Res. 280-DGC-04 Aprueba el procedimiento administrativo para implementar el modelo de Comprobante Recupero de Gastos, aprobado por la Res. 2695-SHYF-2004
COMPLEMENTADA POR
La Dispos 400-MCGC-09 autoriza a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín al traslado y utilización del sistema informático en el marco de la Res 2695-SHYF-04
INTEGRADA POR
Disp. A 39-DGCG-08 art. 2 establece que los centros culturales enunciados en art. 1 deben dar cumplimiento a lo establecido en Res. 2695-SHYF-04
COMPLEMENTADA POR
Disp. 335-DGC-07 Se autoriza la emisión del comprobante recupero de gastos de conformidad lo establece la Res. 2.695-SHyF-04
INTEGRADA POR
Res. 640-MCGC-08 establece emisión de comprobante de recupero de gastos para ventas en el marco de BAFICI según lo dispone Res. 2695-SHYF-04 reglamentada por Disp. A 280-DGC-04
COMPLEMENTADA POR
Art 2 de la Res 153-DGC-08 establece que la Directora Gral del Planetario instruirá para la cumplimentación de la Resolución 2695-SHYF-04
COMPLEMENTADA POR
Art 1 de la Disp 159-DGC-DGTES-08 autoriza a la DG CCCultural San Martín, al traslado y utilización del actual sistema informático en Complejo Cultural 25 de Mayo, a los fines de cumplimentar lo establecido por la Resolución 2.695-SHyF-04
INTEGRADA POR
Res 2695-SHYF-04-Aprueba modelo de comprobante de recupero de gastos para operaciones de venta de bienes, servicios y merchandising, a cumplimentar por la Dispo 154-DGTES-08
COMPLEMENTADA POR
Disp. 71-10 establece que para la venta de obras de arte y de libros y merchandising se deberá proceder según lo establecido por Res. 2695-04
COMPLEMENTADA POR
Disp 36-DGC-11, por carecer de valor alguno, se autoriza la destrucción del tercer talón del comprobante de recupero de gastos aprobado por Res 289-MH-06, que remiten anualmente las Áreas al Área Departamento Fiscalización
INTEGRADA POR
Dispo. 290/DGCG/11 dispone que el area Contable de la Dirección General de Docencia e Investigación deberá rendir mensualmente a la Dirección General de Contaduría, Área Departamento Fiscalización, la totalidad de los Comprobantes Recupero de Gastos utilizados conforme los términos de la Resolución 2695/SHYF/2004
INTEGRADA POR
Res. 291-DGC-12 la DG de Docencia e Investigación deberá rendir mensualmente la totalidad de los Comprobantes Recupero de Gastos utilizados conforme los términos de la Res. 2695-SHYF-04
INTEGRADA POR
Art 2 de la Disp 505-DGC-11 Establece que se dará estricto cumplimiento a lo establecido por la Resolución 2.695-SHYF-04 , implementándola
INTEGRADA POR
Art 2 dela Disp 142-DGC-12 Establece que ante una eventualidad como es la falta de energía eléctrica y/o fallas en el sistema informático que impidan la emisión e impresión de la Boleta Única, se autoriza y a modo de excepción la utilización del Comprobante Recupero de Gastos manual establecido por la Resolución 2695-SHyF-04
INTEGRADA POR
Disp. 80-DGC-09 dispone que las ventas efectuadas por la Tienda de Cultura deberá realizarse con el comprobante de recupero de gastos, establecido por la Res. 2695-SHYF-04
INTEGRA
(Ver Considerandos)Res. 2695-SHYF-04 adopta obligación de emisión de comprobantes establecida por Res. Nac. 1415-AFIP.03, a pesar de estar exceptuada de la obligación por Anexo I Ap. A. de la misma.
INTEGRADA POR
Art. 8 de la Disp. 333-DGTAL-DGC-04 establece que los Hospitales se deberán ajustar estrictamente a los términos establecidos por la Res. 2695-SHYF-04
INTEGRADA POR
Art. 7 de la Disp. 343-DGC-04 dispone que la venta de publicaciones deberá realizarse con el comprobante de recupero de gastos, establecido por la Res. 2695-SHYF-04
INTEGRADA POR
Art. 7 de la Disp. 344-DGC-04 establece que la venta de un objeto de merchandising, deberá realizarse con el Comprobante recupero de gastos, establecido por la Res. 2695-SHYF-04
EXCEPTUADA POR
Res. 4133-SHYF-04 autoriza al Centro Cult. Gral. S. Martín a emitir comprobantes de recupero de gastos por medio de un Sistema Informático, y no manual como lo establece la Res. 2695-SHYF-04
EXCEPTUADA POR
Art. 1 de la Disp. 395-DGCCSM-DGCG-04 autoriza emisión de Comprobantes de Recupero de Gastos- CC Gral. San Martín - debiéndose ajustar lo más posible, pero no con el formato que establece la Res. 2695-SHYF-04
COMPLEMENTADA POR
Art. 3 de la Disp. 68-DGC-DGT-05 establece que el Área de Fiscalización de la DG de Contaduría, podrá realizar tareas de fiscalización, verificación y arqueo del stock en lo referente a comprobantes de recupero de gastos , Res. 2695-SHYF-04.
REQUERIDA POR
Disp. 325-DGDYPAC-05 los comprobantes serán asignacdos conforme Res. 2.695-SHYF-04.
INTEGRADA POR
Res.113-SGCBA-06 establece procedimiento para recupero de gastos establecidos por la Resolución N° 2695-SHyF-04
INTEGRADA POR
Res. 897-MHGC-07 dispone que la venta de publicaciones deberá realizarse con el comprobante de recupero de gastos, establecido por la Res. 2695-SHYF-04