DISPOSICIÓN 153 2008 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

Síntesis:

SE APRUEBA CIRCUITO ADMINISTRATIVO, CONTABLE Y DE RECAUDACIÓN EN EL PLANETARIO GALILEO GALILEI - INGRESOS - CUENTAS - CESIÓN - LOCACIÓN - CONCESIÓN - ALQUILER - SISTEMA DE CONTABILIDAD - TARIFAS - ENTRADAS - COMPROBANTE RECUPERO DE GASTOS - VENTAS - PUBLICACIONES - MERCHANDISING - RENDICIÓN - ESPACIOS - OCUPACIÓN - FACULTADES - AUTORIZACIÓN

Publicación:

07/11/2008

Sanción:

09/10/2008

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA


VISTO: Los términos de la Ley N° 70 de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público, Título II, Artículos 11°,12°, 13° y con los atributos conferidos por el Capítulo V del Sistema de Contabilidad, y;

CONSIDERANDO:

Que el Dirección General de Contaduría a través del Área de Fiscalización, se constituyo en el Planetario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de realizar el relevamiento de todos los ingresos que se producen en la mencionada Repartición;

Que analizada la el Área de Fiscalización de la Dirección General de Contaduría, se constituyó en la mencionada Repartición a los fines de recabar la información inherente a las actividades aranceladas que se desarrollan en el mismo y que en algunos casos los ingresos son percibidos a través de Buena Ciencia Social Club Asociación Civil;

Que una vez de realizada la compulsa pertinente, se hace necesario reglamentar un Circuito Administrativo, Contable y de Recaudación, para que la totalidad de los ingresos sean depositados en la Cuenta Recaudadora 210163/3 GCBA. "Planetario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Centro;

Que la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, es el Órgano Rector del sistema de Contabilidad Gubernamental y responsable de dictar normas, poner en funcionamiento y mantener dicho sistema en todo el ámbito del sector público;

Que el Área de Fiscalización de la Dirección General de Contaduría se encuentra abocada al relevamiento de todos los ingresos no tributarios que se perciben en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, como así también, la fiscalización de los circuitos preexistentes y de ser necesaria la reestructuración de los mismos;

Que para tales fines se deberá tener en cuenta en un futuro la implementación del sistema único para la expenduría de papel oficial de actuaciones y de valores oficiales el cual regirá para todo el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA Y EL DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE LA DIRECCION GENERAL DE TESORERIA

DISPONEN:

Artículo 1°.- Apruébase el Circuito Administrativo, Contable y de Recaudación para la verificación y fiscalización de los ingresos no tributarios que se producen en el Planetario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo procedimiento se detalla en el Anexo I el cual forma parte de la presente norma.

Artículo 2°.- La Directora General del Planetario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, instruirá al responsable a cargo del Área Contable, quien será el encargado de hacer cumplimentar lo establecido por la Disposiciones: A 310-DGC/2003, A 343- DGC/2004, A 344-DGC/2004, A 47-DGC/2005, A 48-DGC/2005, Resolución 2.695- SHyF/2004, Disposición Reglamentaria A 280-DGC/2004, Resolución 289- MHGC/2006, Disposición Reglamentaría A 131-DGC/2006, Resolución 2.202- MHGC/2006, Resolución 897-MHGC/2007.

Artículo 3°.- El Área de Fiscalización de la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, se encuentra autorizada a realizar todas las tareas de control pertinentes a sus funciones, conforme lo establecen las normas que regulan su accionar.

Artículo 4°.- Para toda cesión u ocupación de un espacio perteneciente al Planetario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, su autorización y llamado a concesión, se tramitará a través de la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. En todos los casos, los locatarios o concesionarios deberán cumplir con los requisitos impositivos y de facturación que establecen las normas de la Ciudad y de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Artículo 6°.- El incumplimiento de lo establecido en la presente facultará a los Señores Directores Generales de la Dirección General de Contaduría, Tesorería y Planetario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a tramitar las sanciones disciplinarias previstas por el Art. 51 de la Ley 471.

Artículo 7°.- El presente Circuito Administrativo, Contable y de Recaudación entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, Dirección General del Planetario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dirección General de Contaduría y Tesorería del Ministerio de Hacienda, Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al Área de Fiscalización de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la Dirección Técnica, Legal y de Control de la Dirección General de Contaduría

NOTA: El Anexo de la presente puede verse en la Separata del BO 3052.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Art 2 de la Res 153-DGC-08 establece que la Directora Gral del Planetario instruirá para la cumplimentación de la Disp 131-DGC-06
COMPLEMENTA
Art 2 de la Res 153-DGC-08 establece que la Directora Gral del Planetario instruirá para la cumplimentación de la Dispo 48-DGC-05
COMPLEMENTA
Art 2 de la Res 153-DGC-08 establece que la Directora Gral del Planetario instruirá para la cumplimentación de la Dispo 280-DGC-04
COMPLEMENTA
Art 2 de la Res 153-DGC-08 establece que la Directora Gral del Planetario instruirá para la cumplimentación de la Dispo 310-DGC-03
COMPLEMENTA
Art 2 de la Res 153-DGC-08 establece que la Directora Gral del Planetario instruirá para la cumplimentación de la Resolución 2695-SHYF-04
COMPLEMENTA
Art 2 de la Res 153-DGC-08 establece que la Directora Gral del Planetario instruirá para la cumplimentación de la Dispo 343-DGC-04
COMPLEMENTA
Art 2 de la Res 153-DGC-08 establece que la Directora Gral del Planetario instruirá para la cumplimentación de la Dispo 344-DGC-04
COMPLEMENTA
Art 2 de la Res 153-DGC-08 establece que la Directora Gral del Planetario instruirá para la cumplimentación de la Dispo 47-DGC-05
COMPLEMENTA
Art 2 de la Res 153-DGC-08 establece que la Directora Gral del Planetario instruirá para la cumplimentación de la Res 289-MH-06
COMPLEMENTA
Art 2 de la Res 153-DGC-08 establece que la Directora Gral del Planetario instruirá para la cumplimentación de la Res 2202-MH-06
COMPLEMENTA
Art 2 de la Res 153-DGC-08 establece que la Directora Gral del Planetario instruirá para la cumplimentación de la Res 897-MH-07